2º Juzgado Civil de Valdivia

GROB/GROB Y OTRO

Rol

C-1522-2022

Fecha

28 de mayo de 2024

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En el folio 1, Pablo Errázuriz Montes y Víctor Manuel Araya Anchia, abogados, ambos con domicilio en Vicente Carvallo 740 departamento C-13, en representación de SANDRA VERÓNICA GROB ANGELBECK, secretaria, domiciliada en Fundo Quitacalzón Lote B6 Comuna de Valdivia, dedujeron demanda en contra de JUAN CARLOS GROB ANGELBECK, agricultor, domiciliado en Fundo San Miguel, comuna de Mariquina; y en contra de la SUCESIÓN QUEDADA AL FALLECIMIENTO DE DON ERWIN GROB HEINRICH, formada esta última además del primer demandado, por la cónyuge sobreviviente doña MARGOT ANGELBECK STOLZENBACH, jubilada, domiciliada en Avenida Alemania 220 piso 8, Valdivia, y también por su representada ya singularizada, a objeto que se declare la simulación relativa y nulidad absoluta de contrato de cesión de derechos sociales y renta vitalicia por el que ERWIN GROB HEINRICH cedió a su hijo JUAN CARLOS GROB ANGELBECK el 100% de los derechos, cuotas e intereses sociales de que era titular en la Sociedad Agrícola y Ganadera San Miguel Limitada, y que correspondían al 41,135% del capital social, a cambio de constituir una renta vitalicia a su favor por un monto de $18.000.000.- anuales; pidiendo también que se declare la nulidad absoluta del acto encubierto o real, que sería una donación entre vivos carente de un requisito de validez, consistente en la previa insinuación judicial; solicitando finalmente, que el demandado JUAN CARLOS GROB ANGELBECK sea condenado a indemnizar los perjuicios que el acto simulado ilícito ha provocado a su representada, reservando a las partes el derecho a discutir acerca de la naturaleza y cuantía de dicha compensación en la fase de ejecución del fallo , o en juicio separado, con base en los siguientes hechos: Don Erwin Grob Heinrich (Q.E.P.D.), padre de la demandante, era titular del 41,135% del capital social de la Sociedad Agrícola y Ganadera San Miguel Limitada, cuya constitución se encuentra inscrita en extracto a Fojas 65 Vuelta N° 52 del Registro de Comerci

Fundamentos

considerando los bienes raíces que formaban parte de la sociedad, ésta tendría un patrimonio inmobiliario superior a los ocho mil millones de pesos y que en efecto, la referida sociedad poseería y seguiría poseyendo varios inmuebles contiguos que forman un paño de más de mil hectáreas en una zona de altísima plusvalía, como son los alrededores del aeródromo Pichoy de Valdivia. Señalan que el valor de estos terrenos quedaría fielmente reflejado en el hecho que el año 2012, el Fisco de Chile procedió a efectuar dos expropiaciones parciales que afectaron a la Sociedad Agrícola y Ganadera San Miguel Limitada. En una expropió una superficie de 24.397 metros cuadrados y pagó un precio de $21.662.600.- pesos, lo que implica que el valor de una hectárea se valorizó en $8.879.206.-, y en la otra expropió una superficie de 14.555 metros cuadrados pagando un precio de $11.831.500.-, esto es, $8.128.821.- la hectárea. Puntualizan que, además de bienes raíces, la sociedad era titular de una serie de instalaciones, equipo y maquinaria agrícola, ganado y muchos otros no considerando los inmuebles, el valor de la sociedad y de los derechos sociales cedidos, sería superior al precio asignado a la renta vitalicia. Continúan aseverando que no sólo el precio o valor asignado a los derechos sociales cedidos sería irrisorio y carente de seriedad, prueba irrefutable de lo simulado del acto, sino que también lo sería el monto anual de la renta vitalicia, que se fijó en $18.000.000.-, con reajuste IPC cada tres años y que sería varias veces inferior a la rentabilidad anual que el cedente podría haber percibido por concepto de utilidades de la compañía en que era socio, lo que sería un indicio de la simulación. En este mismo sentido, señalan que cabría considerar que al momento de ceder los derechos y constituir la renta vitalicia, don Erwin Grob Heinrich, nacido el 9 Agosto 1942, tenía casi 74 años de edad, y por consiguiente, aun cuando el precio real de sus derechos hubiera sido el que se indica en la escritura, se advertiría que el acto no consideró un elemento de la esencia en este Código: DDXLXNVTCYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tipo de contratos, como es su carácter aleatorio, que se traduce en la contingencia incierta de ganancia o pérdida, ya que para que el señor Erwin Grob Heinrich hubiese salido ganancioso, tendría que haber estimado vivir casi 21 años más, hasta los 95 años, lo que excedería cualquier expectativa razonable, lo que a juicio de la parte demandante evidenciaría que la cesión de los derechos sociales no fue negociada como lo habría sido si las partes hubiesen tenido verdaderamente la intención de celebrar un contrato aleatorio, sino que más bien denota que se trataría de una mera figura jurídica escogida para aparentar que se trababa de un contrato oneroso, siendo que en realidad lo que se perseguiría era efectuar una donación. Indican que el vínculo filial entre el ceden

Fallo

fallo , o en juicio separado, con base en los siguientes hechos: Don Erwin Grob Heinrich (Q.E.P.D.), padre de la demandante, era titular del 41,135% del capital social de la Sociedad Agrícola y Ganadera San Miguel Limitada, cuya constitución se encuentra inscrita en extracto a Fojas 65 Vuelta N° 52 del Registro de Comercio de Valdivia del año 2002. Código: DDXLXNVTCYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Mediante escritura pública de fecha 07 de enero de 2016, repertoriada bajo el número 0065-2016 de la Notaría Carmen Podlech Michaud de Valdivia, don Erwin Grob Heinrich cedió a su hijo y demandado Juan Carlos Grob Angelbeck, el 100% de los derechos, cuotas e intereses sociales de que era titular en la Sociedad Agrícola y Ganadera San Miguel Limitada y que correspondían al 41,135% del capital social, a cambio de constituir una renta vitalicia a su favor por un monto de $18.000.000.- anuales, dejándose constancia que el valor en que ambos tasan el 100% de los derechos sociales de don Erwin Grob Heinrich en la sociedad, es la suma de $372.221.262. Indican que el verdadero valor de los derechos sociales que fueron cedidos por don Erwin Grob Heinrich, sería al menos 10 veces superior, por cuanto sólo considerando los bienes raíces que formaban parte de la sociedad, ésta tendría un patrimonio inmobiliario superior a los ocho mil millones de pesos y que en efecto, la referida sociedad poseería y seguiría poseyendo va

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-1522-2022 CARATULADO : GROB/GROB Y OTRO Valdivia, veintiocho de Mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: En el folio 1, Pablo Errázuriz Montes y Víctor Manuel Araya Anchia, abogados, ambos con domicilio en Vicente Carvallo 740 departamento C-13, en representación de SANDRA VERÓNICA GROB ANGELBECK, secretaria, domici

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica