4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

VILLEGAS/

Rol

V-74-2024

Fecha

28 de mayo de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, en folio 1, con fecha 4 de abril de 2024, comparece doña CLAUDIA PAMELA ZUANIC CAMPOS, abogada, con domicilio en esta ciudad en calle Sucre 220 Of. 406, actuando en representación de: don WALDO GEOVANNI VILLEGAS ARAYA, chileno, soltero, empleado, C.I. 17.436.857-0, con domicilio en calle Huasco 1170, casa D, Antofagasta; don WILLIAM ÁNGELO VILLEGAS ARAYA, chileno, soltero, empleado, C.I. 17.723.324-2, con domicilio en calle Aysén 5181, de esta ciudad; doña MARÍA ELVIRA DE LA LUZ DÍAZ DÍAZ, chilena, viuda, dueña de casa, C.I. 8.082.296-0, con domicilio en calle Taltal 577, Antofagasta; doña MARISOL DE LAS MERCEDES VILLEGAS DÍAZ, chilena, casada, dueña de casa, C.I. 10.960.455-0 con domicilio en calle Achao 5181, de esta ciudad; don RODRIGO MARCELO GUENCHUMAN VILLEGAS, chileno, divorciado, empleado, C.I. 10.975.787-k, con domicilio en calle Taltal 917, Antofagasta; y don SERGIO PATRICIO ANTONIO VILLEGAS DIAZ, chileno, soltero, empleado, C.I. 6.909.879-7, con domicilio en Hijuela Los Rosales parcela 1 Valle del Elqui, La Serena; quien expresa: Que viene en solicitar se declare abandonada la propiedad de dominio de sus representados, la que se encuentra ubicada en esta ciudad, en Pasaje Loa Nº5245, de conformidad a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Código: TXXHXNXSTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N°18.101, sobre arrendamiento de propiedades urbanas y en atención a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que expone. Manifiesta que el matrimonio habido entre don Delfín Segundo Villegas Diaz, chileno, comerciante, C.I. 3.458.119- 3, y doña Oriana de las Mercedes Diaz, chilena, dueña de casa, C.I. 3.610.256-k, adquirió el inmueble ubicado en Pasaje Loa Nº5245, que corresponde al Sitio número 17 de la manzana Nº20, de la Población Barrio Norte, cuyo dominio fue inscrito a fojas 4671 vta. bajo Nro. 5278 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad del año 2008, rol avalúo 1555-8 de Antofagasta. Explica que don Delfín en el año 2008 conoció a don Carlos Rene Díaz Godoy, C.I. 8.700.130-k, con quien entabló una amistad; y entregó en arrendamiento la propiedad ya individualizada, por medio de un acuerdo de palabra, que no fue escriturado en atención a la relación de confianza que existía entre ellos. Señala que ambos cónyuges, don Delfín y doña Oriana, fallecieron y sus herederos -comparecientes en autos- efectuaron la tramitación de la posesión efectiva testada de don Delfín ante el Primer Juzgado de Letras de esta ciudad, quedando sus derechos inscritos en el Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, a fojas 1182, N°1220 del Registro de Propiedad del año 2016; y a fojas 2568, N°3648 del Registro de Propiedad del año 2021. Alega que sus representados concurrieron a administrar los bienes dejados por sus padres y abuelos, encontrándose que el inmueble objeto de esta solicitud se encontraba deshabitado, tomando conocimiento por medio de Código: TXXHXNXSTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl vecinos que don Carlos René Díaz Godoy falleció y una hija de nombre Carolina Isabel Diaz González habitó el lugar un tiempo pero que ya no se veían personas en el inmueble hace varios meses. Es del caso que el ex arrendatario falleció con fecha 3 de enero de 2021 en esta ciudad. Indica que sus representados han acudido en reiteradas oportunidades y horarios al inmueble para tomar contacto con alguna persona, no encontrando a nadie al estar abandonado; en el lugar se observan dos vehículos en estado de chatarra y escombros en su interior, sin haber moradores y sin haber recibido información alguna por parte de la hija de don Carlos o de alguna otra persona que señale ser heredero de él, generando perjuicios a sus representados por la condición de abandono de la propiedad, el no pago de rentas y que ninguna persona les haya informado de lo acontecido, siendo los vecinos del sector quienes les informaron que el inmueble estaba abandonado y que don Carlos había fallecido. En cuanto al derecho, invoca y transcribe el artículo sexto de la Ley N°18.101; y, postula que nuestra Jurisprudencia ha entendido que entre los comuneros existe un “mandato tácito y reciproco”, encontrándose facultados cualquiera de los herederos para representar legalmente a la comunidad hereditaria, siempre y cuando, no se acredite ninguna de las excepciones que el art

Fallo

se declara: QUE, HA LUGAR a la solicitud deducida en lo principal del escrito de folio 1, en consecuencia se autoriza a doña CLAUDIA PAMELA ZUANIC CAMPOS, abogada, en representación de: don WALDO GEOVANNI VILLEGAS ARAYA, don WILLIAM ÁNGELO VILLEGAS ARAYA, doña MARÍA ELVIRA DE LA LUZ DÍAZ DÍAZ, doña MARISOL DE LAS MERCEDES VILLEGAS DÍAZ, don RODRIGO MARCELO GUENCHUMAN VILLEGAS, y don SERGIO PATRICIO ANTONIO VILLEGAS DIAZ, una vez ejecutoriada la presente sentencia, a ingresar en forma inmediata al inmueble ubicado en Pasaje Loa Nº5245, de esta ciudad; debiendo un Ministro de Fe levantar acta del estado en que se encuentre el bien raíz, y en caso de existir bienes del arrendatario, confeccionará un inventario de los mismos; remitiendo copia del acta e inventario al Tribunal. Regístrese y notifíquese. Dictada por doña Susana Tobar Bravo, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del C.P.C. Antofagasta, 28 Código: TXXHXNXSTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de mayo de 2024./paa. Código: TXXHXNXSTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-28T09:07:03-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-74-2024 CARATULADO : VILLEGAS Antofagasta, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, en folio 1, con fecha 4 de abril de 2024, comparece doña CLAUDIA PAMELA ZUANIC CAMPOS, abogada, con domicilio en esta ciudad en calle Sucre 220 Of. 406, actuando en representación de: don WALDO GEOVAN

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