8º Juzgado Civil de Santiago

MUNICIPALIDAD /ASESORIAS E IN

Rol

C-2168-2020

Fecha

27 de mayo de 2024

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentación de folio 1, ampliada en folios 7, 16 y 30, comparece don Omar Saffie Lamas, ingeniero agrónomo, alcalde subrogante de la Municipalidad de Las Condes y en su representación, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 3.400, comuna de Las Condes, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Asesorías e Inversiones Laura de Noves Limitada, representada por don José Ignacio Jiménez Parada, cuya profesión u oficio ignora, ambos domiciliados en Avenida Vitacura N° 2939, piso 8, comuna de Las Condes. Fundado su demanda, señala que la contribuyente antes individualizada, adeuda a la municipalidad ejecutante por concepto de Patente Comercial, los periodos que a continuación se individualizan, contenidos en los certificados que emitidos por el secretario municipal: 1. Certificado N° 160607 con vencimiento el segundo semestre del año 2018, por la suma de $265.669; 2. Certificado N° 172370 con vencimiento el primer semestre del año 2019, por la suma de $269.123; 3. Certificado N° 183500 con vencimiento el segundo semestre del año 2019, por la suma de $260.938; 4. Certificado N° 130395 con vencimiento el 31 de enero de 2017, por la suma de $249.789.- 5. Certificado N° 136347 con vencimiento el 31 de julio de 2017 por la suma de $290.224.- 6. Certificado N° 148164 con vencimiento el día 31 de enero de 2018 por la suma de $291.965.- 7. Certificado N° 202361 con vencimiento el día 31 de enero de 2020 por la suma de $264.330.- Código: XEXXXNRYQKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8. Certificado N° 213540 con vencimiento el día 31 de julio de 2020 por la suma de $254.038.- 9. Certificado N° 225645 con vencimiento el día 31 de enero de 2021 por la suma de $257.595.- Añade que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley de Rentas Municipales, en los certificados antes referidos consta la deuda del contribuyente, y tienen mérito ejecutivo; Por último refiere que la obligación reclamada

Fundamentos

motivos plausibles para litigar.

Fallo

Por tanto, previa mención de las disposiciones legales pertinentes, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la ejecutada antes individualizada, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por $2.153.882, más reajustes, intereses e interés penal del uno y medio por ciento mensual por cada mes o fracción de mes, según establece el artículo 48 de la ley de Rentas Municipales, en relación con los artículos 53, 54 y 55 del Código Tributario, ordenando en definitiva seguir adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas, bajo apercibimiento de la norma legal citada, con costas. En folio 46 compareció la ejecutada oponiendo a la ejecución la excepción de prescripción de la deuda o solo de la acción ejecutiva, contemplada en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Fundando su excepción, señala que las patentes reclamadas por la Municipalidad de Las Condes, correspondientes al período con vencimiento entre el primer semestre de 2017 y primer semestre de 2021, ambos inclusive, se encontrarían prescritas, por haber transcurrido más de tres años desde su vencimiento, hasta la fecha de notificación de la presente demanda ejecutiva, verificada en virtud de la presentación del escrito de excepciones. Por tanto, solicita tener por interpuesta la excepción de prescripción extintiva de la deuda y de la acción ejecutiva, admitirla a tramitación y, en definitiva acogerla en todas sus par

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2168-2020 CARATULADO : MUNICIPALIDAD /ASESORIAS E IN Santiago, veintisiete de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: En presentación de folio 1, ampliada en folios 7, 16 y 30, comparece don Omar Saffie Lamas, ingeniero agrónomo, alcalde subrogante de la Municipalidad de Las Condes y en su representación, ambos domic

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