22º Juzgado Civil de Santiago

TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/FUENTES

Rol

C-1799-2024

Fecha

27 de mayo de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 1 de febrero de 2024, comparece don Joaqu ní Carrillo Moreno, abogado, mandatario judicial, en representaci nó convencional del ITA CORPBANCA, Ú hoy BANCO ITA CHILEÚ , sociedad an nima bancaria, ste representado por su gerente general donó é Gabriel Amado de Moura, ingeniero comercial, y ste a su vez ené representaci n convencional de ó TESORER A GENERAL DE LAÍ REP BLICAÚ , representada legalmente por don Hern n Nobizelli Reyes,á contador auditor, cesionario de los pagar s de autos, todos domiciliados ené calle M laga N 89, piso 9, comuna de Las Condes, quienes vienen ená ° interponer demanda ejecutiva en contra de don JOS FERNANDOÉ FUENTES CUEVAS, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Olegarioó Henr quez N 1235, casa/depto. 68, y/o en Neltume N 1185, Coinas delí ° ° Mar, ambos de la comuna de San Antonio, Regi n de Valpara so.ó í Funda su pretensi n en que es due a de dos pagar s, uno suscrito poró ñ é un monto de 9,8404 Unidades de Fomento, y el otro por el monto de 371,1988 Unidades de Fomento, ambos con fecha de vencimiento el d a 10í de enero de 2024, los cuales fueron suscritos por apoderado del Banco Itaú Chile, quien comparece en representaci n del actor, y ste a su vez enó é representaci n del deudor, todo ello, en virtud del mandato conferido por laó parte ejecutada conforme el Contrato de Apertura para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal, seg n Ley 20.027, y cedidosó í ú mediante endoso a Tesorer a General de la Rep blica. En los citadosí ú Código: EBMBXNHDWGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1799-2024 Foja: 1 pagar s, se pactaron los intereses respectivos, la aceleraci n de la deuda, yé ó la liberaci n al tenedor de la obligaci n de protesto.ó ó Hace presente, que dichos t tulos se encuentran en mora, desde el d aí í de su vencimiento, ocurrido el d a 10 de enero de 2024, d a fijado para laí í fecha de pago respectiva, adeud ndose en

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Joaqu n Carrillo Moreno, ení representaci n convencional de ó ITA CORPBANCA, Ú hoy BANCO ITA CHILE, Ú sociedad debidamente representada por su gerente general, y sta a su vez en representaci n de TESORER A GENERAL DE LAé ó Í Código: EBMBXNHDWGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1799-2024 Foja: 1 REP BLICA, debidamente representada, quienesÚ accionan en procedimiento ejecutivo en contra de don JOS FERNANDOÉ FUENTES CUEVAS, seg n fuere anteriormente expuesto.ú SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso las excepciones del art culo 464 N 11, N 7, N 14, y N 4 del C digo de Procedimiento Civil,í ° ° ° ° ó conforme fuere anotado previamente. TERCERO: Que, en consecuencia, la debida decisi n del asuntoó pasa por corroborar si concurren los presupuestos f cticos de procedenciaá de las excepciones intentadas, estos son, si se han concedido esperas o pr rrogas para el cumplimiento de la obligaci n por parte del acreedor; si eló ó pagar materia de autos adolece de defectos que frustren su m ritoé é ejecutivo, si la obligaci n de autos adolece de un vicio de nulidad; y si eló libelo es inepto. CUARTO: Que, respecto de la excepci n de concesi n deó ó esperas o la pr rroga del plazoó , conviene dejar anotado que conforme a la regla del art culo 1698 del C digo Civil, í ó “incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o staó é é . En tal sentido, era” resorte de la ejecutada acreditar la concesi n de esperas o pr rrogas,ó ó situaci n que no aconteci en estrados, lo cual deviene en raz n bastanteó ó ó para desechar ntegramente la excepci n por falta de prueba.í ó QUINTO: Que, en lo relativo a la excepci n deó la falta de requisitos de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuera ejecutivaí , en cuanto a la ausencia del protesto, cabe hacer presente que conforme se lee del t tuloí (p rrafo quinto de la segunda p gina): á á El suscriptor renuncia a toda“ diligencia, presentaci n, protesto, y aviso de no pago en relaci n con esteó ó pagaré…” motivo suficiente para rechazar la excepci n a este respecto.ó En lo referente a que los pagar s no est n suscritos por el ejecutado,é á sino por trabajadores de la misma entidad bancaria, cabe hacer referencia al n mero Dos) de la cl usula D cimo Quinta del Contrato de Apertura deú á é Linea de Cr dito Para Estudiantes de Educaci n Superior, con Garant aé ó í Estatal seg n Ley 20.027, acompa ado a folio 1, firmado por el estudianteú ñ y autorizada su firma por Notario P blico, no objetado por causa legal, alú Código: EBMBXNHDWGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1799-2024 Foja: 1 que se le confiere valor probatorio conforme su naturaleza de instrumento privado. En ste se contiene Mandato para Suscripci n de Pagar s,é ó é otorgado por el ejecutado, se or Fuentes Cuevas, a fi

Fallo

POR TANTO, visto lo dispuesto en el art culo 1698, y siguientes delí C digo Civil, 139, 140, 170, 342, 346, 434, 438, 459 y siguientes, 464ó N 11, N 7, N 14 y N 4, 465, 466 y 471 del C digo de Procedimiento Civil° ° ° ° ó y la reglamentaci n pertinente de la Ley N 18.092 y Ley N 21.226, seó ° ° resuelve: I.- Que, SE RECHAZAN las excepciones del N 11, N 7, N 14, y° ° ° N 4 del art culo 464 del C digo del Ramo en forma ntegra, orden ndose° í ó í á Código: EBMBXNHDWGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1799-2024 Foja: 1 seguir adelante la ejecuci n, hasta hacer entero y cumplido pago aló ejecutante de lo adeudado. II.- Que, habiendo sido ntegramente vencida la parte ejecutada, lasí costas ser n de su cargo.á Reg strese y notif quese.í í Rol C-1799-2024 Pronunciada por MAR A CECILIA MORALES LACOSTEÍ , Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Mayo de dos mil veinticuatro Código: EBMBXNHDWGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-27T14:34:24-0400

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C-1799-2024 Foja: 1 FOLIO: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1799-2024 CARATULADO : TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/FUENTES Santiago, veintisiete de Mayo de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, con fecha 1 de febrero de 2024, comparece don Joaqu ní Carrillo Moreno, abogado, mandatario judicial, en representaci nó convenciona

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