3º Juzgado de Letras de Iquique

SIND DE TRABAJ INDEPEND DE PESCADORES ARTESANALES DE CAVANCHA/AGUAS DEL ALTIPLANO S.A.

Rol

C-3320-2022

Fecha

27 de mayo de 2024

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, el Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales de Cavancha, del giro de su denominación, representado por su directiva, todos domiciliados en Filomena Valenzuela N° 210, de esta comuna, interpone demanda de repetición de pago de lo no debido, en contra de Aguas del Altiplano S.A., del giro de su denominación, representada indistintamente por don Christian Sayel Barahona Rubio y don Nivaldo Guillermo Gatica Fuentes, todos domiciliados en calle Esmeralda N° 340, primer piso, Edificio Esmeralda, de esta ciudad. Expone, en síntesis, que desde muy antiguo desarrolla actividades gremiales, sociales y culturales en la denominada Caleta Cavancha, contando desde el año 2019 con un servicio de succión y retiro de los residuos que se generan, sin embargo, desde el año 2014, la demandada realiza, tres veces al año el cobro del servicio denominado “Control directo de riles”, sin que exista periodicidad exacta o constancia de haberse prestado efectivamente los servicios, fluctuando los montos entre $300.000 y $350.000, los que se han pagado íntegramente en su oportunidad. Afirma que los cobros realizados por la demandada se amparan en lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 609/98 del Ministerio de Obras Públicas el que fue derogado tácitamente por el Decreto Supremo N° 90/2020 de la Secretaría General de la Presidencia, que Código: HCEMXNSZPGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl establece normas de emisión para la regulación de contaminantes asociadas a las descargas de residuos líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales, en virtud del cual, y a fin de determinar si un establecimiento califica como “fuente emisora de RIL” debe someterse al procedimiento detallado en la Resolución Exenta N° 93 de 14 de febrero de 2014, que determine dicha calidad y le otorgue una Resolución de Programa de Monitoreo, la que es emitida exclusivamente por la Superintendencia de Medi

Fundamentos

CONSIDERANDO: I. EN CUANTO A LA TACHA DE LA TESTIGO DOÑA LUZ GERALDINE DURÁN GARRI DE FOLIO 48: PRIMERO: La demandada alegó la inhabilidad de la testigo antes individualizada, regulada en los numerales 4° y 5 ° del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, por mantener un contrato de Código: HCEMXNSZPGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl trabajo vigente e indefinido con el Sindicato, existiendo una relación de subordinación y dependencia, percibiendo una remuneración mensual por sus funciones. SEGUNDO: La demandante solicitó el rechazo de la incidencia, fundado en que de los dichos de la deponente se desprende que su vínculo no sería directo con el Sindicato, sino que con el presidente de turno. TERCERO: Con los propios dichos de la testigo, se acogerá la inhabilidad invocada a su respecto, desde que consta que se desempeña como trabajadora dependiente del actor, configurándose la causal del artículo 358 N° 5 del Código Procedimiento Civil, careciendo en consecuencia de la suficiente imparcialidad para declarar en autos; habiéndose acogido la inhabilidad referida, se omitirá pronunciamiento de aquella consagrada en el numeral 4° del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil. II. EN CUANTO AL FONDO: CUARTO: El Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales de Cavancha ha requerido de la demandada Aguas del Altiplano S.A., por lo reseñado en lo expositivo, la declaración de improcedencia del cobro por concepto de “control de riles”, mientras no exista una resolución por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente; asistiéndole el derecho a repetir contra la demandada la totalidad de las sumas pagadas por dicho concepto desde el año 2014 a la fecha o desde a la época que el tribunal determine, cuyo monto solicita sea determinado en la etapa de ejecución del

Fallo

por tanto, se trataría de un pago de lo no debido procediendo la restitución de lo pagado. Concluye solicitando se declare la improcedencia del cobro por concepto de “control de riles”, mientras no exista una resolución por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente; asistiéndole el derecho a repetir contra la demandada la totalidad de las sumas pagadas por dicho concepto desde el 2014 a la fecha o desde a la época que el tribunal determine, cuyo monto solicita sea determinado en la etapa de ejecución del fallo más reajustes e intereses hasta el pago íntegro y efectivo, con costas. A folio 5, la demandada solicitó el rechazo de la acción, con costas, señalando que ambas normas aludidas por el actor coexisten al tener un objeto de regulación diferente, lo que además ha sido reafirmado por la Contraloría General de la República, pues el Decreto Supremo N° 209, regula aquellas descargas que se hacen al alcantarillado, mientras que el Decreto Supremo N° 90, refiere a las descargas efectuadas en su totalidad en cuerpos de aguas marinas o continentales, lo que no corresponde al caso concreto; por otra parte, y de conformidad a los análisis técnicos de las descargas de aguas que efectúan al sistema de alcantarillado los afiliados al Sindicato, éstas sobrepasan las normas de emisión por lo que han sido calificadas de industriales, calificación que conforme el Decreto Código: HCEMXNSZPGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificado

Texto Completo (Preview)

FOJA: 53 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-3320-2022 CARATULADO : SIND DE TRABAJ INDEPEND DE PESCADORES ARTESANALES DE CAVANCHA/AGUAS DEL ALTIPLANO S.A. Iquique, veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio 1, el Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales de Cavancha, del giro de su denominación, r

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica