Juzgado de Letras y Garantía de Quintero

VALDIVIA/COMERCIAL PUCALAN SPA

Rol

M-26-2024

Fecha

12 de julio de 2024

Materia

Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Trato

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, acogiendo la misma, con expresa condenación en costas. El tribunal resuelve: Atendido lo solicitado por la demandante, teniendo en consideración lo ya expuesto, en relación a la rebeldía de la demandada y que se tuvo por no contestada la demanda, en tiempo y forma, habiendo precluido su derecho a hacerlo, este tribunal hace efectivo el apercibimiento dispuesto en el artículo 453, inciso primero N°1 y N°3 del Código del Trabajo, se tienen por tácitamente admitidos los hechos de la demanda. Conforme lo señalado precedentemente, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que recibir a prueba, el tribunal procede a dictar sentencia. TRIBUNAL DICTA SENTENCIA Quintero, diez de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que conforme a los antecedentes acompañados con la demanda, y lo expuesto en la misma, se estima suficientemente fundadas las pretensiones del actor, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve: Que se acoge la demanda interpuesta por don MARIO JORGE VALDIVIA RIADI, trabajador con domicilio en Roberto Román 749, Viña del Mar, en contra de su ex empleador, la demandada COMERCIAL PUCALAN SPA, RUT 77.749.153-9, representada por doña María angélica Espinoza Espinoza, ambos con domicilio en El Rungue 45800, Puchuncaví, declarándose en consecuencia: I. Que, entre las partes existió una relación laboral desde el 02 de mayo de 2023 al 12 de febrero de 2024. II. Que, el despido del actor no produjo el efecto de poner término al contrato de trabajo por adeudarse cotizaciones de seguridad al actor en AFP Plan Vital S.A, FONASA y AFC CHILE S.A., siendo en consecuencia nulo, debiendo pagar la demandada, las remuneraciones y demás prestaciones pactadas desde el día 12 de febrero de 2024, y hasta la convalidación del despido, considerando para estos efectos, una remuneración mensual imponible de $750.000.- III. Que el despido del actor efectuado con fecha 12 de febrero de 2024, es injustificado. En consecuencia, la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: 1.- Indemnización Sustitutiva del aviso previo por la suma de $750.000. 2.- Feriado proporcional por la suma de $431.506.- 3.- Remuneración pendiente por el mes de octubre de 2023, por concepto de Tratos, por la suma de $900.000. 4.- Cotizaciones de seguridad social adeudadas por el periodo comprendido entre el día 02 de mayo de 2023, al 12 de febrero de 2024, adeudadas en AFP PLANVITAL S.A., AFC CHILE S

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 09/07/2024 RUC 24-4-0567719-5 RIT M-26-2024 MAGISTRADO CAROLINA DEL PILAR IBAÑEZ MENESES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paola Álamos Valencia HORA DE INICIO 12:33 PM HORA DE TERMINO 12:44 PM REGISTRO DE AUDIO M-26-2024 LABORAL /20240610-01 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE MARIO JORGE VALDIVIA RIADI RUT 8.145

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