Juzgado De Letras Y Gar. de Licantén

SOCIEDAD DE INVERSIONES LA BOCA SPA/

Rol

V-64-2021

Fecha

27 de mayo de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Sobre la solicitud. Comparece a fojas 1 JORGE ANDRES AHUMADA BELTRAN, abogado, cédula nacional de identidad N° 13.351.490-2, domiciliado en Carmen 752, oficina 404 de Curicó, en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES LA BOCA SpA, de su mismo domicilio, quien solicita que se ordene al ordene al señor Conservador de Bienes Raíces de Licantén practicar las inscripciones y subinscripciones que sean procedentes a fin de señalar que el inmueble de que es dueño tiene una superficie real aproximada de 42.16 hectáreas. Funda su petición en los siguientes hechos Que, tal como consta en el título de dominio que se encuentra inscrito a fojas 381 N° 221, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Licantén, en el año 2021, mi mandante, SOCIEDAD DE INVERSIONES LA BOCA SpA., adquirió para sí la propiedad denominada “CHACRA PILIGUA”, UBICADA EN LA COMUNA DE VICHUQUÉN, y que deslinda según su título: NORTE y ORIENTE, Propiedad fiscal; SUR, Laguna de Vichuquén y PONIENTE, playa del Mar. ROL AVALÚO N°161-7, de la comuna de Vichuquén. Señala que, revisados los títulos de dominio de la propiedad antes singularizada y de los predios colindantes de la misma y en definitiva, confrontados los planos archivados e inscritos en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con el Plano de Levantamiento Topográfico efectuado por don Cristian Adolfo Campos Galdames, que se acompaña oportunamente, y que estableció que la cabida real de la propiedad es de 42.16 hectáreas , es dable entonces señalar que existe respecto del predio, una especificación que es preciso rectificar en tanto esta no es señalada en su inscripción. Agregó que según los sistemas actuales utilizados para la medición exacta de la cabida del predio, se pudo determinar la cabida exacta de la propiedad, de forma que efectuado el cotejo de los predios colindantes de la propiedad denominada “CHACRA PILIGUA”, UBICADA EN LA COMUNA DE VICHUQUÉN, cuya rectificación se intenta por la presente solicitud. Señala que la indeterminación de la cabida en el título es clara, en tanto solo se señalan los deslindes de la propiedad, los que se han mantenido consistentemente determinados en el tiempo, pero sin nunca mencionar la superficie real del predio, lo que posiblemente se explica en razón del sistema de Código: WKMJXNPCWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl medición utilizado en la época en que se dieron origen y se adquirieron los títulos, ya que no existía tecnología suficiente para implementar un sistema de medición certero.- Previas citas legales, solicitó tener por interpuesta la presente solicitud de rectificación de superficie de bien raíz y en definitiva acogerla en todas sus partes, declarando que la superficie de la propiedad descrita en autos, a saber “CHACRA PILIGUA”, UBICADA EN LA COMUNA DE VICHUQUÉN, provincia de CURICÓ, descrito en el numeral 1 en el cuerpo de esta presentación; es la cantidad

Fallo

se resuelve: I. Que, SE ACOGE PARCIALMENTE la solicitud de lo principal de fojas 1, deducida por la Sociedad de Inversiones La Boca SpA”, ya individualizada y conforme al allanamiento efectuado a folio 38 por la misma, respecto a lo planteado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y en consecuencia, se ordena complementar la inscripción de dominio de Fojas 381 Nº 221 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del Año 2021, debiendo señalarse como superficie 40,38 hectáreas y cuyos deslinden son: deslindes: NORTE: en 1.609,8 metros con Propiedad Fiscal (Reserva Nacional Laguna Torca); ORIENTE: en 298 metros con Propiedad Fiscal (Reserva Nacional Laguna Torca); SUR: en 1.779,13 metros con Laguna de Vichuquén (también conocida como Estero Llico) y PONIENTE: en 47,25 metros con Propiedad Fiscal (Reserva Nacional Laguna Torca). II. SUBINSCRÍBASE al margen de la inscripción de dominio antes individualizada la presente sentencia. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copia a costa del solicitante y archívese en su oportunidad. Rol N° V-64-2021 Sentencia dictada por don Rolando Correa Pesante, Juez Titular del Juzgado de Letras de Licantén quien suscribe con firma electrónica avanzada. Código: WKMJXNPCWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-27T13:00:10-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado De Letras Y Gar. de Licantén CAUSA ROL : V-64-2021 CARATULADO : SOCIEDAD DE INVERSIONES LA BOCA SpA/ Licantén, veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Sobre la solicitud. Comparece a fojas 1 JORGE ANDRES AHUMADA BELTRAN, abogado, cédula nacional de identidad N° 13.351.490-2, domiciliado en Carmen 752, oficina 4

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