2º Juzgado de Letras de Los Angeles

CONTRERAS/

Rol

V-212-2023

Fecha

24 de mayo de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, con fecha 11 de septiembre de 2023, en folio 1, se presenta don Hugo Danilo Castillo Macaya, abogado, con domicilio en Manuel Rodríguez N° 158, comuna y ciudad de Los Ángeles, en representación de don IGNACIO EDUARDO CONTRERAS CONTRERAS, ejecutivo de atención notarial, domiciliado en Río Duqueco N° 0228, comuna y ciudad de Los Ángeles y expone: Que, en representación de su mandante, viene en solicitar cambio de nombre del mismo, en la figura de modificar su primer nombre patronímico, pasando a llamarse, en definitiva, Ignacio Eduardo Manukian Contreras. Indica que, como consta en certificado de nacimiento que acompaña, su representado fue inscrito con los nombres, de pila y patronímicos, Ignacio Eduardo Contreras Contreras, sin embargo, desde hace más de 10 años ha pasado a ser conocido como Ignacio Eduardo Manukian Contreras. Refiere que, con el fin de ser individualizado socialmente con el apellido de su padre, es que se ha hecho conocer desde hace más de 10 años con el primer nombre patronímico Manukian, pasando a ser conocido por todo su entorno cercano con el nombre de Ignacio Eduardo Manukian Contreras. Agrega que, su representado no se encuentra casado ni bajo modalidad de acuerdo de unión civil, ni tampoco tiene hijos. En cuanto al derecho, cita el artículo 1° letra b) de la Ley N° 17.334. En mérito de lo expuesto y normas legales citadas, pide tener por iniciada la gestión voluntaria de cambio de nombre de su representado, quedando, definitivamente, como Ignacio Eduardo Manukian Contreras; acogerla a tramitación y, en definitiva, declarar el cambio de nombre en los términos señalados, ordenando al efecto que se practiquen las subinscripciones que sean correspondientes en su partida de nacimiento. En folio 1, se acompañó certificado de nacimiento de don Ignacio Eduardo Contreras Contreras. Código: VTXXNSHXFT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En folio 6, rola información sum

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que, según lo consignado en lo expositivo precedente, el peticionario don Ignacio Eduardo Contreras Contreras, solicita cambiar su primer apellido “Contreras” por Manukian, que corresponde al apellido de su padre, quedando en definitiva como Ignacio Eduardo Manukian Contreras, fundado en que hace más de 10 años, por su entorno cercano, ha sido conocido, tratado y responde a ese nombre. 2°.- Que, en folio 16, rola informe N°1072, de fecha 6 de marzo de 2024, del Servicio de Registro Civil e Identificación, en el cual se indica que consta en sus registros la inscripción de nacimiento N°553, Registro S, del año 2002, de la circunscripción de Los Ángeles, siendo titular de ella, don Ignacio Eduardo Contreras Contreras, nacido el 27 de febrero de 2022, consignándose en el rubro correspondiente a la madre a doña Valeska Contreras Contreras, y no indicándose el nombre del padre en el rubro respectivo. Asimismo, se consigna que no constan subinscripciones ni rectificaciones, no registra Código: VTXXNSHXFT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl matrimonio ni referencia de hijos, y que el solicitante no registra anotaciones en el Registro General de Condenas. 3°.- Que, con fecha 15 de diciembre de 2023, se realizó la publicación exigida por la ley en el Diario Oficial; y en folio 8, con fecha 2 de febrero de 2024, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de folio 1, en el plazo legal. 4°.- Que, el artículo 1º de la Ley 17.344, en lo pertinente, dispone que cualquier persona podrá solicitar por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos que indica, entre éstos en letra b) cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios. En la especie, el peticionario funda su solicitud en haber sido conocido con el nombre de Ignacio Eduardo Manukian Contreras hace más de 10 años. 5°.- Que en folio 6, rola información sumaria de las testigos don Wilson Alejandro Garrido Sanhueza y doña Sandra Marina Muñoz Cisternas, quienes declaran: El primero, señala que conoce al solicitante desde hace más de 10 años. Agrega que, en cuanto a su nombre, siempre lo ha conocido con el de Ignacio Eduardo Manukian Contreras, ya que siempre se ha identificado así, y que, desde que lo conoce ha asumido que su primer apellido es Manukian. El segundo, señala que conoce al solicitante desde hace más de 5 años. Añade que, en cuanto a su primer apellido, sabe que es Manukian, y señala que, tanto él como su entorno lo identifican como Ignacio Manukian Contreras. 6°.- Que, con los oficios de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y Fiscalía Regional del Biobío, se desprende que no existen impedimentos para autorizar el cambio de nombre o apellido, conforme a lo prescrito en el artículo 2 incisos 7 y 8 de la ley 17.344. 7°.

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas legales citadas, pide tener por iniciada la gestión voluntaria de cambio de nombre de su representado, quedando, definitivamente, como Ignacio Eduardo Manukian Contreras; acogerla a tramitación y, en definitiva, declarar el cambio de nombre en los términos señalados, ordenando al efecto que se practiquen las subinscripciones que sean correspondientes en su partida de nacimiento. En folio 1, se acompañó certificado de nacimiento de don Ignacio Eduardo Contreras Contreras. Código: VTXXNSHXFT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En folio 6, rola información sumaria de los testigos don Wilson Alejandro Garrido Sanhueza y doña Sandra Marina Muñoz Cisternas. En folio 7 consta publicación de la solicitud en el Diario Oficial de fecha 15 de diciembre de 2023; y en folio 8, con fecha 2 de febrero de 2024, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de folio 1, en el plazo legal. En folio 12, rola oficio N°81, de fecha 27 de febrero de 2024 de la Policía de Investigaciones de Chile, que informa que el peticionario no mantiene registros relacionados a esa fecha. En folio 13, rola oficio N°272/2024, de fecha 26 de febrero de 2024 de la Fiscalía Regional del Biobío, que informa que el peticionario no se encuentra formalizado, no tiene condenas pendientes, no tiene órdenes de arresto ni detenciones pendientes, ni está sujeto a medidas cautelares personales. En folio 16, rola infor

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : V-212-2023 CARATULADO : CONTRERAS/ Los Angeles, veinticuatro de Mayo de dos mil veinticuatro VISTO: Que, con fecha 11 de septiembre de 2023, en folio 1, se presenta don Hugo Danilo Castillo Macaya, abogado, con domicilio en Manuel Rodríguez N° 158, comuna y ciudad de Los Ángeles, en representación de don IGNA

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