CURICHE/ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA
Rol
O-5069-2023
Fecha
10 de julio de 2024
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto y además en lo dispuesto en el artículo 7, 41, 47 y siguiente, 63, 67, 73, 161, 162, 168, 172, 453 y siguientes, 459, 496 de Código del Trabajo, se declara: I.- Que se declara la existencia de una relación laboral continua ante la parte demandante doña Sandra de las Mercedes Curiche Cárdenas y la demandada Alimentos Food Solution SPA actualmente liquidación entre los días 1 de marzo de 2013 hasta el 13 de febrero del 2023. II.- Que el despido del que fue objeto lectura con fecha 13 de febrero del 2023 es nulo. III.- Que la demandada referida deberá pagar a la actora ya individualizada en acto las siguientes sumas por conceptos que se indican: a) Feriado legal por la suma de $1.1173.348.- b) Feriado proporcional por la suma de $533.340.- c) Remuneraciones de los meses de septiembre del 2022, octubre del 2022, noviembre del 2022, diciembre del 2022 y enero del 2023 por la suma de $4.000.000.- d) Remuneraciones por 13 días del mes de febrero del 2023 por $346.671.- e) Cotizaciones de seguridad social impagas AFP provida, Fonasa y AFC Chile correspondiente al periodo que va entre el 1 de marzo del 2013 hasta el 13 de febrero del 2023 sobre la base de una remuneración de $800.000.- f) Remuneraciones que se devenguen desde el despido de la trabajadora esto es del 13 de febrero del 2023 hasta el 25 agosto del 2023 a razón de una remuneración de $800.000.- IV.- Que la suma señaladas precedentemente se pagarán con reajustes e intereses que se indican Artículo 63 del Código del Trabajo. V.- Que cada parte pagará sus costas. VI.- Ejecutará la presente sentencia y cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifique dicha circunstancia y pase antecedentes a Juzgado Cobranza Laboral y Previsional. VII.- Que se rechaza en lo demás las demandas interpuestas de la presente causa. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia don FELIPE GARCIA RIFFO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes q
Fundamentos
considerando Primero: Que ha comparecido ante este 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago don Ángel Antonio Videla Landero, abogado en representación de doña Sandra de la Mercedes Curiche Cárdenas, trabajadora quién interpone demanda por declaración de existencia relación laboral, despido verbal y formal injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, subsidio demanda declaración de existencia y relación laboral despido justificado indebidos procedente, nulidad del despido por prestaciones y en subsidio de todo el anterior demanda de existencia de relaciones laboral nulidad del despido por no pago de cotizaciones y cobro prestaciones por despido por necesidad de la empresa todo ello en contra de Alimentos Food Solution SPA, empresa en procedimiento de liquidación concursal, representada legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Código del Trabajo, por su liquidador titular Francisco Javier Conejero Simon.
Fallo
Por estas consideraciones y visto y además en lo dispuesto en el artículo 7, 41, 47 y siguiente, 63, 67, 73, 161, 162, 168, 172, 453 y siguientes, 459, 496 de Código del Trabajo, se declara: I.- Que se declara la existencia de una relación laboral continua ante la parte demandante doña Sandra de las Mercedes Curiche Cárdenas y la demandada Alimentos Food Solution SPA actualmente liquidación entre los días 1 de marzo de 2013 hasta el 13 de febrero del 2023. II.- Que el despido del que fue objeto lectura con fecha 13 de febrero del 2023 es nulo. III.- Que la demandada referida deberá pagar a la actora ya individualizada en acto las siguientes sumas por conceptos que se indican: a) Feriado legal por la suma de $1.1173.348.- b) Feriado proporcional por la suma de $533.340.- c) Remuneraciones de los meses de septiembre del 2022, octubre del 2022, noviembre del 2022, diciembre del 2022 y enero del 2023 por la suma de $4.000.000.- d) Remuneraciones por 13 días del mes de febrero del 2023 por $346.671.- e) Cotizaciones de seguridad social impagas AFP provida, Fonasa y AFC Chile correspondiente al periodo que va entre el 1 de marzo del 2013 hasta el 13 de febrero del 2023 sobre la base de una remuneración de $800.000.- f) Remuneraciones que se devenguen desde el despido de la trabajadora esto es del 13 de febrero del 2023 hasta el 25 agosto del 2023 a razón de una remuneración de $800.000.- IV.- Que la suma señaladas precedentemente se pagarán con reajustes e intereses que se indica
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO Ordinario (Audiencia remota) FECHA 10/07/2024, Santiago RUC 23- 4-0499977-K RIT O-5069-2023 CARATULADO CURICHE/ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA MAGISTRADO FELIPE GARCIA RIFFO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gerardine Castro Saavedra HORA DE INICIO 11:09 HORA DE TERMINO 11:56 SALA 2.2 Nº REGISTRO DE AUDIO
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