TORRES/SOC DE MANUFACTURAS TIMBERNI LIMITADA
Rol
O-133-2024
Fecha
10 de julio de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Descanso compensatorio, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la demanda y siendo así se dicte sentencia inmediata. Resolución: Teniendo presente que las demandadas no contestaron, fueron debidamente emplazadas, existen otras causas anteriores en que han tenido el mismo comportamiento y se realizaron las notificaciones en sus domicilios, también se han citados sentencias del Tribunal que se encuentran ejecutoriadas en las cuales ya se declaró la unidad de empleador de ambas que tiene carácter general respecto de los trabajadores, se da lugar a la petición conforme a lo dispuesto en el inciso 7 del número 1 del artículo 453 del Código del Trabajo, tener por tácitamente admitidos los hechos de la demanda, en virtud de ello no se va a recibir la causa a prueba y se va a dictar sentencia inmediata y que va quedar en el acta respectiva y se notificará por estado diario. Los Angeles, diez de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que compareció el abogado Waldo E. Figueroa Vásquez, domiciliado en calle Ricardo Vicuña 349, segundo piso, oficina 8, Los Ángeles, en representación de don LUIS RICARDO ESTRADA BELTRÁN, c.i. 8.074.310-6, doña JESSICA YOHANNA HERRERA SALAS, c.i.13.844.677-8, don NÉSTOR ELIAS MALDONADO POBLETE, c.i. 11.793.558-2, don JULIO ANDRÉS MOLINA MOLINA c.i. 10.090.446-2, don RICARDO ALFONSO SAGARDIA SAAVEDRA, c.i.10.386.322-8, don JOSÉ HUMBERTO TORRES VELOSO, c.i.15.207.161-2, todos empleados y domiciliados para estos efectos en mi mismo domicilio, deduciendo en procedimiento de aplicación general demanda de despido indirecto y cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales en contra del ex - empleador de su representado la SOCIEDAD DE MANUFACTURAS TIMBERNI LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rut. 77.956.740-0, representada por don Manuel Casais Fontenla, factor de comercio, ambos domiciliados en Lote 68, Hijuela 9, camino a Santa Laura, Sector Montenegro Los Ángeles, y en contra de la sociedad COLCURA S.A., Rut.96.607.760-3, persona jurídica del giro manufacturas de madera, representada por el mismo don Manuel Casais Fontenla, factor de comercio, ambos domiciliados en Lote 1, Hijuela 9, Sector Montenegro Los Ángeles, solicitando en definitiva declarar: 1.- Que Sociedad de Manufacturas Timberni Limitada y la sociedad Colcura S.A. constituyen un solo empleador para todos los efectos laborales y previsionales a que haya lugar, siendo responsables de pagar solidariamente las sumas demandadas en este juicio. 2.- Que conforme a lo anterior se condena a ambas demandadas Sociedad de Manufacturas Timberni Limitada y Colcura S.A., y en subsidio se condena solo a Sociedad de Manufacturas Timberni Limitada, a pagar las sumas que respecto de cada uno de los demandantes se indican a continuación por los conceptos que se detallan, o las sumas o suma que US. determine conforme a derecho, con más intereses y reajustes legales: 1.-LUIS RICARDO ESTRADA BELTRÁN Remuneración liquida adeudada Enero 2024 $ 973.809 Remuneración líquida adeudada Febrero 2024 $ 941.706 Remuneración líquida adeudada Marzo 2024 $ 984.510 Bono vacaciones febrero 2024 $ 200.000 Indemnización por falta de aviso art.162 inc.4 $ 1.070.120 Indemnización por años de servicios art.163 inc. $ 11.771.320 Recargo Legal 50% art.171 Código del Trabajo $ 5.885.660 Compensación feriado $ 713.413 2.-JESSICA YOHANNA HERRERA SALAS Remuneración adeudada Marzo 2024 $ 1.158.110 Bono vacaciones febrero 2024 $ 200.000 Indemnización por falta de aviso art.162 inc.4 $ 1.258.815 Indemnización por años de servicios art.163 inc. $ 13.846.965 Recargo Legal 50% art.171 Código del Trabajo $ 6.923.483 Compensación feriado $ 2.014.104 3.-NÉSTOR ELÍAS MALDONADO POBLETE Remuneración liquida adeudada Enero 2024 $ 733.882 Remuneración adeudada Febrero 2024 $ 709.688 Remuneración adeudada Marzo 2024 $ 741.947 Bono vacaciones febrero 2024 $ 200.000 Indemnización por falta de aviso art.162 inc
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 160 N°7, 162, 168, 171, 420, 423, se declara que SE ACOGE la demanda deducida por doña LUIS RICARDO ESTRADA BELTRÁN, doña JESSICA YOHANNA HERRERA SALAS, don NÉSTOR ELIAS MALDONADO POBLETE, don JULIO ANDRÉS MOLINA MOLINA, don RICARDO ALFONSO SAGARDIA SAAVEDRA, don JOSÉ HUMBERTO TORRES VELOSO, en contra SOCIEDAD DE MANUFACTURAS TIMBERNI LIMITADA, y COLCURA S.A., todo ya individualizados; en cuanto se declara: I.- Que Sociedad de Manufacturas Timberni Limitada y la sociedad Colcura S.A. constituyen un solo empleador para todos los efectos laborales y previsionales a que haya lugar, siendo responsables de pagar solidariamente las que se ordenen pagar en esta sentencia. II.- Que se condena solidariamente a las demandas al pago de las siguientes prestaciones 1.-RESPECTO DE LUIS RICARDO ESTRADA BELTRÁN .-Remuneración liquida adeudada Enero 2024 $ 973.809 .-Remuneración líquida adeudada Febrero 2024 $ 941.706 .- Remuneración líquida adeudada Marzo 2024 $ 984.510 .- Bono vacaciones febrero 2024 $ 200.000 .- Indemnización por falta de aviso art.162 inc.4 $ 1.070.120 .- Indemnización por años de servicios art.163 inc. $ 11.771.320 .- Recargo Legal 50% art.171 Código del Trabajo $ 5.885.660 .- Compensación feriado $ 713.413 2.-RESPECTO DE JESSICA YOHANNA HERRERA SALAS .-Remuneración adeudada Marzo 2024 $ 1.158.110 .- Bono vacaciones febrero 2024 $ 200.000 .- Indemnización por
Texto Completo (Preview)
ACTA AUDIENCIA PREPARATORIA EN PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL VÍA ZOOM Fecha Miércoles 10 de julio de 2024 RUC 24-4-0564358-4 RIT O-133-2024 Materia Demanda por despido indirecto, nulidad de despido, declaración único empleador, cobro de remuneraciones e Indemnizaciones legales, reajustes, intereses y costas Magistrado BÁRBARA ANDREA LEAL TORREALBA Administrativo de actas Madelein
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica