1º Juzgado Civil de Talcahuano

ULLOA/

Rol

V-72-2023

Fecha

23 de mayo de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1 comparece ALEX GERVASIO ULLOA CIFUENTES, domiciliado en Avda. Santa María N°7550 Torre E, dpto. 301, Hualpén; y pide que se autorice su cambio de nombre, conforme sigue: Expone que nació el 23 de octubre de 1997, según rola en inscripción N° 5.109, sin registro, de 1997, de la circunscripción de Concepción. En tal inscripción figura como sus padres, Sofía Carmen Cifuentes Bueno y Alex Omar Ulloa Leal. Relata que aproximadamente desde los 15 años de edad, de manera continua y pública, se ha dado a conocer sólo por su primer nombre “ALEX”, omitiendo su segundo nombre “GERVASIO”, esto porque no le representa; y desde los 11 años de edad le ha generado bastante incomodidad al ser relacionado constantemente con el famoso y fallecido cantautor uruguayo, siendo precisamente el gusto musical de su madre, lo que motivó su segundo nombre, el cual no le agrada, lo ridiculiza y menoscaba moralmente. Por ello, ha sido conocido y reconocido por el nombre “ALEX ULLOA CIFUENTES”, por un lapso mayor a 5 años, de acuerdo a lo previsto en la letra b) del art. 1 de la ley 17.344, que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica, lo cual ahora solicita. Cita al efecto el art. 1° letra a) b) y c) de la ley 17.344 sobre cambio de nombre y apellido, refiriendo que cumple con las letras a) y b) de la norma legal citada. Termina pidiendo que se acoja su solicitud y se ordene la rectificación de su inscripción de nacimiento N°5.109, sin Registro, año 1997, Circunscripción Concepción, nacido el 23 de octubre de 1997, en el sentido de suprimir su segundo nombre “GERVASIO” y que el nombre de ALEX GERVASIO ULLOA CIFUENTES se inscriba como ALEX ULLOA CIFUENTES, oficiando al efecto. A folio 7 rola Oficio del Servicio de Registro Civil e Identificación N° 2934. A folio 9 rola información sumaria de testigos, declarando al efecto SILVI ESTER PEÑA TORRES y RODRIGO ALEJANDRO CONCHA NOVOA, quienes legalmente juramentados declaran de forma conteste y dando sufi

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- ALEX GERVASIO ULLOA CIFUENTES deduce solicitud de cambio de nombre, rectificándose su partida de nacimiento, en el sentido de eliminar su segundo nombre “Gervasio”, quedando en definitiva como ALEX ULLOA CIFUENTES. 2°.- El artículo 1º inciso 2° de la Ley Nº 17.344, dispone que: “Cualquier persona podrá solicitar, por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, y c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales”. 3°.- En este caso, presenciamos la situación que previene el art. 1°, letras a) y b) de la Ley N° 17.344, toda vez el solicitante ha indica que su nombre GERVASIO lo ridiculiza y menoscaba moralmente, y ha sido conocido durante más de 5 años sólo con el nombre “ALEX”, hecho que fue constatado por medio de la información sumaria de testigos rendida en el proceso. 4°.- Por las razones señaladas, no mediando oposición, habiendo procedido el tribunal con conocimiento de causa, previa información sumaria e informes del Ministerio Público, Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones de Chile, se Código: WVGDXNXQMKS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 estima que corresponde hacer lugar al cambio de nombre pedido en autos, en la forma que se dirá.

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo establecido en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la Ley N° 17.344 y art. 170 del CPC, se resuelve: - SE HACE LUGAR a la solicitud impetrada a folio 1 por ALEX GERVASIO ULLOA CIFUENTES y se autoriza el cambio de su nombre. En consecuencia, se autoriza también la modificación de su partida de nacimiento, debiendo el Registro Civil que corresponda, rectificar la inscripción de nacimiento N°5109, del año 1997, de la circunscripción de CONCEPCIÓN, siendo titular de ella ALEX GERVASIO ULLOA CIFUENTES, nacido el 23 de octubre de 1997, RUN N°19.812.923-2, en el sentido de eliminar su segundo nombre GERVASIO y dejar establecido que el nombre del inscrito es ALEX ULLOA CIFUENTES. Regístrese y archívese. Rol N° V-72-2023.- Dictada por Leonardo A. Llanos Lagos, Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Talcahuano. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talcahuano, veintitr s de Mayo de dos mil veinticuatroé Código: WVGDXNXQMKS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-23T10:01:41-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : V-72-2023 CARATULADO : ULLOA/ Talcahuano, veintitr s de Mayo de dos mil veinticuatroé VISTO: A folio 1 comparece ALEX GERVASIO ULLOA CIFUENTES, domiciliado en Avda. Santa María N°7550 Torre E, dpto. 301, Hualpén; y pide que se autorice su cambio de nombre, conforme sigue: Expone que nació el 23 de octubre

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