LABRA/
Rol
V-105-2023
Fecha
22 de mayo de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Comparece a folio 1, con fecha 10 de mayo de 2023, doña KATHERINNE SOLANGE LABRA PEZOA, chilena, soltera, ejecutiva comercial, cédula nacional de identidad número 17.322.433-8, domiciliada en Carlos González, Pasaje 10 casa 277, Maule, región del Maule, en representación de su hijo GASPAR ALEJANDRO POBLETE LABRA, quien solicita el cambio de apellido paterno de su hijo GASPAR ALEJANDRO POBLETE LABRA, cédula nacional de identidad número 23.919.029- 4, de actuales 11 años de edad, en virtud de las circunstancias de hecho y fundamentos de derecho que expone: I. Consideraciones de hecho: Señala que como se acredita en certificado de nacimiento que acompaña en el tercer otrosí de su presentación, su hijo nació con fecha 05 de abril del año 2012, quedando inscrito en el Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de Talca, bajo el número de inscripción 1.350, del año 2012, con el nombre y apellido de GASPAR ALEJANDRO POBLETE LABRA. Indica que como se comprueba en el mismo certificado de nacimiento, es madre del menor y su padre legal y biológico es don JOSÉ ALEJANDRO POBLETE PARRA, quien lo reconoció como su hijo al momento de su nacimiento. Sostiene que no obstante de ser Gaspar reconocido legalmente por quien se adjudicó el estatus de “padre”, su hijo nunca tuvo una figura paterna presente, atendido que, por diferencias irreconciliables, decidió alejarse completamente de su vida en cuanto supo que estaba embarazada, pues al comentárselo en su oportunidad, le ofreció pagar un aborto, argumentando que él ya se encontraba viviendo con su otra pareja con quien también sería padre. Indica que al quinto mes de embarazo de Gaspar, enfocada en su periodo de gestación, sin ni siquiera pensar en tener nueva pareja, la vida los unió con IGOR ADOLFO GUITÉRREZ MUÑOZ, formando una relación que mantienen en la actualidad y la cual se vio fortalecida con el nacimiento de su segundo hijo MARTIN IGOR GUTIÉRREZ LABRA, de actuales 5 años de edad. Código: QLFRXNVKKXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Sostiene que desde el nacimiento de GASPAR, este ha sido conocido por su familia, amigos, profesores, compañeros y la sociedad en general, con los nombres y apellidos de GASPAR ELIAS GUTIÉRREZ LABRA, siendo llamado “GASPAR ALEJANDRO POBLETE LABRA” solo en ocasiones formales por personas con las que no tienen una mayor cercanía ni contacto permanente. Señala que la circunstancia que motivó a su hijo a sentirse identificado y darse a conocer con el nombre y apellido de GASPAR ELÍAS GUTIÉRREZ LABRA, es la siguiente: Que su voluntad siempre fue que su hijo llevara como nombre GASPAR ELIAS, siendo su padre biológico quien, al momento de practicar su inscripción de nacimiento, lo inscribió con el nombre de GASPAR ALEJANDRO, por ende, desde el nacimiento de su hijo, todo su entorno lo llama GASPAR ELÍAS, son muy pocas las personas que saben que el verdadero n
Fallo
por lo expuesto, es que es el deseo de su hijo GASPAR ALEJANDRO POBLETE LABRA, el llevar como nombre y apellido GASPAR ELÍAS GUTIERREZ LABRA, apellido de su actual pareja, y a quien considera como su verdadero padre, siendo además conocido en el trato diario social, desde su nacimiento, es decir por más de cinco años, como GASPAR ELÍAS GUTIERREZ LABRA. II. Fundamentos de derecho: En cuanto al derecho, señala que el decreto con fuerza de ley N° 1 del Ministerio de Hacienda que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, en su artículo 1°, faculta a toda persona a solicitar por una sola vez a cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en determinadas situaciones. Afirma que en el presente caso se encuentra en la situación estipulada en la letra b) de la referida disposición legal por “haber sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos o ambos, diferentes de los propios”. Sostiene que cumple con este requisito dado que como ha señalado a GASPAR, le han llamado y se ha identificado desde su nacimiento con el nombre y apellido paterno “GASPAR ELÍAS GUTIERREZ LABRA”, y no con su apellido paterno de nacimiento “POBLETE”, -por cuanto a la vista de terceras personas, el padre de GASPAR, es IGOR- con lo que se ha cumplido de sobremanera el plazo estipulado en la disposición legal anteriormente transcrita, dado que actualmente tiene 11 años de edad. Añade que, en cua
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Foja: 1 FOJA: 45 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : V-105-2023 CARATULADO : LABRA/ Talca, veintid s de Mayo de dos mil veinticuatroó Visto y considerando: PRIMERO: Comparece a folio 1, con fecha 10 de mayo de 2023, doña KATHERINNE SOLANGE LABRA PEZOA, chilena, soltera, ejecutiva comercial, cédula nacional de identidad número 17.322.433-8, domi
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