Juzgado de Letras de La Ligua

GUERRA MUÑOZ Y OTROS/ABUGOCH

Rol

C-1678-2023

Fecha

22 de mayo de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En Folio N° 1, comparece don Cristián Francisco Zuleta Vega, abogado en representación de la sucesión propietaria del inmueble ubicado en calle Chorrillos N° 338, comuna de Papudo, Región de Valparaíso, e interpone demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas, contra don Daniel Sohel Abougoch Rabi, cédula nacional de identidad número 9.977.938-1, desconoce profesión u oficio, domiciliado en el inmueble dado en arrendamiento ubicado en calle Chorrillos N° 338, comuna de Papudo, Región de Valparaíso; solicitando se ordene se practiquen las reconvenciones legales de pago, la primera en la notificación de la demanda y la segunda en el comparendo de estilo, y en definitiva se declare terminado el contrato de arrendamiento por dicha causal, y se condene a la parte demandada a la restitución del inmueble haciendo la entrega del mismo en un plazo de tercero día, o el plazo que fije el Tribunal, libre de toda persona que a cualquier título ocupe el referido inmueble, y al pago de las rentas adeudadas como las que se devenguen hasta la entrega material del inmueble,

Fundamentos

considerando los reajustes e intereses; con costas. Funda la petición en las siguientes circunstancias: 1. Que, desde el mes de septiembre del año 2021, sus representados dieron en arrendamiento a don Daniel Sohel Abougoch Rabi, una propiedad, casa habitación, ubicada en calle Chorrillos N° 338, comuna de Papudo, Región de Valparaíso, que le sirve también de domicilio, por la renta mensual anticipada de $400.000 (cuatrocientos mil pesos), la cual se reajusta en forma anual, en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor, redondeándose el monto a la centena inmediatamente superior. 2. Que, dicha propiedad se arrendó para uso exclusivo de casa habitación, con la prohibición expresa de subarrendar. 3. Que, el demandado, don Daniel Sohel Abougoch Rabi, adeuda rentas anteriores, saldos de las mismas y últimamente rentas completas desde el mes de junio de 2023 al mes en curso, por la suma de $2.400.000 (dos millones cuatrocientos mil pesos); y, el pago de servicios básicos, más los derechos de aseos, en cuanto no le constan dichos pagos o que estén al día, pero si le costa que adeuda sumas superiores a los Código: QXEHXNPCWRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl $1.526.900 (un millón quinientos veintiséis mil novecientos pesos) en la empresa eléctrica CGE (cliente Nº 1339128) y a la empresa de agua ESVAL (Nº cliente 380222) por $547.210 (quinientos cuarenta y siete mil doscientos diez pesos), por lo que me adeuda en total a la fecha la suma de $4.474.110 (cuatro millones cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento diez pesos); sin perjuicio de las rentas y demás gastos por servicios que se devenguen en lo sucesivo. Al primer otrosí, y en subsidio, interpone demanda de desahucio de contrato de arrendamiento para el evento que la parte demandada, don Daniel Sohel Abougoch Rabi, enervaré la acción principal impetrada pagando o acreditando el pago en forma legal, manifestando su deseo de no perseverar en el contrato de arrendamiento, solicitando se notifique el desahucio a la parte demandada, para que desocupe la propiedad en el plazo que señale el Tribunal, bajo apercibimiento de ser lanzada con todos los ocupantes de dicha propiedad, con costas. En Folio N° 6, se encuentra agregado estampe de Receptor Judicial conforme al cual se notifica en la forma establecida en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, a la parte demandada, don Daniel Sohel Abougoch Rabi, practicándose la primera reconvención de pago, en rebeldía. En Folio N° 11, se llevó a efecto el comparendo de estilo con la asistencia de la parte demandante, representada por su apoderado don Cristian Zuleta Vega, y en rebeldía de la parte demandada, don Daniel Sohel Abougoch Rabi. Se práctica la segunda reconvención de pago; no se produce el pago, por inasistencia de la parte demandada. La parte demandante ratifica la demanda deducida en contra de don Daniel Sohel Abougoch Rabi, por término de contrato de arr

Fallo

FALLO : 10 DE ABRIL DE 2024 La Ligua, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: En Folio N° 1, comparece don Cristián Francisco Zuleta Vega, abogado en representación de la sucesión propietaria del inmueble ubicado en calle Chorrillos N° 338, comuna de Papudo, Región de Valparaíso, e interpone demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas, contra don Daniel Sohel Abougoch Rabi, cédula nacional de identidad número 9.977.938-1, desconoce profesión u oficio, domiciliado en el inmueble dado en arrendamiento ubicado en calle Chorrillos N° 338, comuna de Papudo, Región de Valparaíso; solicitando se ordene se practiquen las reconvenciones legales de pago, la primera en la notificación de la demanda y la segunda en el comparendo de estilo, y en definitiva se declare terminado el contrato de arrendamiento por dicha causal, y se condene a la parte demandada a la restitución del inmueble haciendo la entrega del mismo en un plazo de tercero día, o el plazo que fije el Tribunal, libre de toda persona que a cualquier título ocupe el referido inmueble, y al pago de las rentas adeudadas como las que se devenguen hasta la entrega material del inmueble, considerando los reajustes e intereses; con costas. Funda la petición en las siguientes circunstancias: 1. Que, desde el mes de septiembre del año 2021, sus representados dieron en arrendamiento a don Daniel Sohel Abougoch Rabi, una propiedad, casa habitación, ubicada en calle Chorrillos N° 338, comuna

Texto Completo (Preview)

COMPETENCIA : CIVIL NEGOCIO : CONTENCIOSO MATERIA : TERMINO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEMANDANTE : SUCESION PROPIETARIA APODERADO : ZULETA VEGA, CRISTIÁN FRANCISCO DEMANDADO : ABOUGOCH RABI, DANIEL SOHEL APODERADO : MORENO MORALES, CARMEN LAURA ROL : C-1678-2023 FECHA INICIO : 22 DE NOVIEMBRE DE 2023 FECHA PARA FALLO : 10 DE ABRIL DE 2024 La Ligua, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO

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