FRITIS/
Rol
V-111-2020
Fecha
20 de mayo de 2024
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Visto lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N°4.808; artículos 1, 2, 3, y 4 de la Ley N°17.344, y artículos 817, 818, 819, 820, 824, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.-) Que ha lugar a lo solicitado en lo principal de la presentación digital de 30 de diciembre de 2020 por doña Luisa Emilia Fritis Díaz, en representación de su nieto, Maximiliano Andrés Torres Arredondo, y en consecuencia, el señor oficial del registro civil de la circunscripción de El Salvador, rectificará la partida de nacimiento inscrita bajo el número 51, del año 2004, de la circunscripción El Salvador, en el sentido de modificar ambos apellidos “Torres Arredondo” por el de “Arredondo Fritis”, pasando éste a quedar inscrito en definitiva como; Maximiliano Andrés Arredondo Fritis, cédula nacional de identidad N°21.718.245-K, nacido el 29 de octubre de 2004. Requiérase las modificaciones a las inscripciones señaladas, por medio de receptor judicial, para cuyos efectos se autoriza desde ya a un Receptor Judicial de dicha jurisdicción Anótese, regístrese digitalmente, notifíquese, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Rol V-111-2020.- Dictada por don Jorge Vera Garvizo, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo. - Código: LWRQXNZNKGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO EN COQUIMBO, A VEINTE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, ANOTÉ POR EL ESTADO DIARIO LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE ANTECEDE. Código: LWRQXNZNKGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-20T15:31:00-0400
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: Señala que consta en el certificado de nacimiento, que acompaña en un otrosí, que el nombre de su nieto es Maximiliano Andrés Torres Arredondo y que su padre biológico es don Carlos Andrés Torres Valdivia, mientras que su madre biológica es doña Karla Alejandra Arredondo Fritis, de quienes desconoce su profesión u oficio y domicilio. Indica que por sentencia del Juzgado de Familia Diego de Almagro de fecha, 30 de marzo del año 2006, le otorga la tuición de su nieto, en atención que cuando Maximiliano tenía 6 meses de vida, su hija comienza Código: LWRQXNZNKGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO una nueva relación sentimental y se va de la casa dejándolo bajo sus cuidados, desde ese entonces ha sido ella quien lo ha criado junto con su marido, don Carlos David Arredondo Véliz, cédula de identidad número 10.130.266-0. Sostiene que además, su padre biológico nunca ha mantenido una relación emocional con su nieto, es más, no lo ha visitado desde que él era un recién nacido, y jamás han recibido ayuda económica de él. Expresa que Maximiliano desde hace varios años le ha manifestado que desea tener el apellido Arredondo Fritis, ya que no desea llevar el apellido de una persona que ni siquiera conoce, es más cuando él se presenta ante amistades, en redes sociales y en el colegio utiliza el apellido Arredondo Fritis, señalando que ella y su marido son sus padres, e incluso a su madre biológica la llama por su nombre de pila que es Karen, jamás la ha llamado madre, pues ellos le han entregado los cuidados afectivos y recursos económicos que ha requerido, además han cubierto todas sus necesidades desde que él tenía seis meses de vida hasta el día de hoy, haciéndolo sentir como un verdadero hijo desde siempre y así lo ha experimentado Maximiliano en todo instante, es más en su entorno familiar y de amistades su nieto es reconocido socialmente como Maximiliano Arredondo Fritis. Puntualiza señalando que
Fallo
FALLO: 02 DE ABRIL DE 2024 Coquimbo, veinte de mayo de dos mil veinticuatro. V i s t o; Primero: Que consta en carpeta digital que, con fecha 30 de diciembre de 2020, compareció doña Luisa Emilia Fritis Díaz, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad N°10.427.158-8, domiciliada en Pasaje Nuevo Diez 3438, Villa Talinay, La Cantera, Coquimbo, en representación de su nieto Maximiliano Andrés Torres Arredondo, de 16 años, estudiante, cédula nacional de identidad N.º 21.718.245-K, de su mismo domicilio, solicitando conforme lo dispuesto en los artículos 1º letra b) de la ley N.º 17.344 sobre cambio de nombres y apellidos y demás normas legales vigentes aplicables al caso. Ordenar la rectificación de la inscripción de nacimiento N.º 51 del año 2004 de la circunscripción El Salvador del Registro Civil de dicha comuna, en el sentido de que el nombre de su nieto Maximiliano Andrés Torres Arredondo sea modificado e inscrito con el nuevo nombre Maximiliano Andrés Arredondo Fritis oficiando al efecto. La peticionaria funda su solicitud en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Señala que consta en el certificado de nacimiento, que acompaña en un otrosí, que el nombre de su nieto es Maximiliano Andrés Torres Arredondo y que su padre biológico es don Carlos Andrés Torres Valdivia, mientras que su madre biológica es doña Karla Alejandra Arredondo Fritis, de quienes desconoce su profesión u oficio y domicilio. Indica que por sentencia del Juzgado de
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PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO MATERIA: RECTIFICACION DE PARTIDO REGISTRO CIVIL (R10A) ROL: V-111-2020 SOLICITANTE: LUISA EMILIA FRITIS DÍAZ AUTOS PARA FALLO: 02 DE ABRIL DE 2024 Coquimbo, veinte de mayo de dos mil veinticuatro. V i s t o; Primero: Que consta en carpeta digital que, con fecha 30 de diciembre de 2020, compareció doña Luisa Emilia Fritis Díaz, chilena,
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