1º Juzgado Civil de Santiago

BANCO ITAÚ CHILE S.A./GONZÁLEZ

Rol

C-13330-2023

Fecha

20 de mayo de 2024

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 04 de agosto de 2023, comparece Pablo del Campo Brahm, abogado, domiciliado en Avenida Apoquindo N° 3669, Oficina 801, comuna de Las Condes, en representación convencional del BANCO ITAU CHILE, antes Itaú Corpbanca, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por su gerente general Gabriel Amado de Moura, administrador de empresas, ambos con domicilio en Presidente Riesco N° 5537, piso 20, Las Condes, deduciendo demanda de cumplimiento forzado de contrato en procedimiento ordinario, en contra de RODRIGO EDUARDO GONZALEZ ESCOBAR, ingeniero en sistemas, domiciliado en calle Enrique Richard N° 3.390 departamento N° 1.302, comuna de Ñuñoa, y en Avenida Independencia N° 801, departamento N° 1.520, Torre Oriente, comuna de Independencia, con la finalidad de que se declare : 1) que el demandado debe dar cumplimiento al contrato de mutuo que individualiza, pagando a su representado la suma de dinero equivalente a 1.158,8262 Unidades de Fomento, más intereses pactados, hasta la fecha del pago total y definitivo de las obligaciones; 2) que, en subsidio, se deberán pagar las sumas, reajustes e intereses que se determinen conforme con el mérito del proceso, y 3) se condene en costas a la parte Código: EVXEXNBXKBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13330-2023 demandada. Funda la demanda expresando que, por escritura pública de Compraventa, Mutuo Vivienda Preferente con Tasa Fija e Hipoteca de fecha 27 de junio de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Corpbanca, hoy Banco Itaú Chile, dio en préstamo a Rodrigo Eduardo González Escobar, la cantidad de dinero equivalente a 1.523,05 Unidades de Fomento (U.F.), que se obligó a pagar en el plazo de 240 meses, a contar del día primero del mes siguiente al de la fecha de la escritura. Dicho pago lo efectuará por medio de cuotas mensuales, vencidas y sucesivas, las que comprenden amortización de c

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Pablo del Campo Brahm, abogado, en representación convencional del BANCO ITAU CHILE, antes Itaú Corpbanca, Código: EVXEXNBXKBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13330-2023 deduciendo demanda de cumplimiento forzado de contrato, en contra de RODRIGO EDUARDO GONZALEZ ESCOBAR, con la finalidad que se declare : 1) que el demandado debe dar cumplimiento al contrato de mutuo que individualiza, pagando a su representado la suma de dinero equivalente a 1.158,8262 Unidades de Fomento, más intereses pactados, hasta la fecha del pago total y definitivo de las obligaciones; 2) que, en subsidio, se deberán pagar las sumas, reajustes e intereses que se determinen conforme con el mérito del proceso, y 3) se condene en costas a la parte demandada. SEGUNDO: Que la parte demandada se mantuvo en rebeldía en la etapa de discusión, y la demandante evacuó la réplica reiterando sus argumentos. TERCERO: Que con el objeto de justificar sus dichos la demandante rindió la siguiente prueba: Instrumental A folio 1: 1) Copia con firma electrónica avanzada de escritura pública de Compraventa, Mutuo Vivienda Preferente con Tasa Fija e Hipoteca de EUROCORP S.A. a González Escobar, Rodrigo Eduardo y Corpbanca “Edificio Portal Independencia”, otorgada el 27 de junio de 2013 en la 19º Notaría de Santiago, repertorio Nro. 12.171. 2) Documento electrónico denominado Detalle dividendos pagados. CUARTO: Que la parte demandada no rindió prueba en el juicio. QUINTO: Que, a folio 49, se agregó a los autos Código: EVXEXNBXKBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13330-2023 como medida para mejor resolver, copia con firme electrónica avanzada de legajo de documentos protocolizados el 27 de junio de 2013 en la Décimo Novena Notaría de Santiago, bajo el repertorio Nº3559, entre ellos un instrumento denominado “Desarrollo de deuda”, el que también se contiene en un soporte pendrive custodiado en la Secretaría del Tribunal bajo el Nº5872-2024. SEXTO: Que la prueba allegada al proceso, así como los hechos en que las partes se encuentran contestes, permite tener por acreditado: 1) Que, según consta en escritura pública de fecha 27 de junio de 2013, la demandante dio en mutuo al demandado la cantidad de 1.523,05 Unidades de Fomento, la que éste tuvo por recibida y se obligó a restituir en el plazo de 240 meses, a contar del día primero del mes siguiente al de la fecha de la escritura, por medio de igual número de dividendos o cuotas mensuales, vencidas y sucesivas, que comprenden la amortización y el interés pactado de 4,25% anual. El monto mensual de las cuotas varía según se indica en la tabla de Desarrollo de Deuda a que se hace referencia en la escritura y que se agregó a los autos como medida para mejor resolver. Se estableció una cláusula de caducidad del plazo y que, en caso de que no se pagare cualqu

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo previsto en los artículos 1437 y siguientes, 1547, 1698 y 1793 y siguientes y 2196 y siguientes del Código de Civil; 144, 170 y 254 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda de folio 1, y condena a Rodrigo Eduardo González Escobar a dar cumplimiento al contrato de mutuo celebrado con la demandante Banco Itaú Chile S.A., pagando el saldo total adeudado, cuyo monto se determinará en la etapa de cumplimiento incidental del fallo, con los intereses que se indica en el motivo décimo. II.Que se condena en costas al demandado. Rol Nº C-13.330-2023 REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE PRONUNCIADA POR ISABEL MARGARITA ZÚÑIGA ALVAYAY, JUEZA TITULAR DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. rfu Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinte de Mayo de dos mil veinticuatro Código: EVXEXNBXKBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13330-2023 Código: EVXEXNBXKBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-20T11:14:12-0400

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C-13330-2023 FOJA: 40 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13330-2023 CARATULADO : BANCO ITA CHILE S.A./GONZ LEZÚ Á Santiago, veinte de Mayo de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, con fecha 04 de agosto de 2023, comparece Pablo del Campo Brahm, abogado, domiciliado en Avenida Apoquindo N° 3669, Oficina 801, comuna de Las Condes, en represent

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