BANCO DE CHILE/GLOBAL CONSTRUCCIONES LTDA.
Rol
C-2929-2023
Fecha
20 de mayo de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol C 2929 2024, caratulados “Banco de Chile con Global Construcciones Limitada y otro”, comparece doña Paula Arancibia Rodriguez, Abogada, en representación convencional del Banco de Chile sociedad comercial bancaria, RUT 97.004.000-5, ambos con domicilio para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins N° 485, oficina 301 de esta ciudad, e interpone acción ordinaria en procedimiento de mayor cuantía emanada de cobro de pesos en contra de Global Construcciones SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.091.988-8 representada por don Hans Erick Hoffmann Cid, ignora actividad, RUN 20.968.335-0 y en contra de don Alberto Alfonso Hoffmann Brandt, ignora actividad, RUN 9.714.564-4, todos domiciliados en calle Isla Maullín N° 1843 de la ciudad de Osorno, en su calidad de fiador y codeudor solidario, quienes, en las calidades señaladas, le adeudan a mi representado la cantidad de $60.000.000.- todo más intereses y costas. Funda la demanda, señalando: “I.- Consta de documentos que se acompañan a la demanda, que con fecha 03 de agosto de 2022, GLOBAL CONSTRUCCIONES SPA, representada a esa época por don ALBERTO ALFONSO HOFFMANN BRANDT, como deudor principal, y este último como garante personal, reconocieron haber recibido del Banco de Chile a través de un préstamo, la suma de $60.000.000. La citada obligación no sería reajustable. II.- Es del caso que, con fecha 03 de agosto de 2022, se documentó la referida operación mediante la suscripción, por parte de GLOBAL CONSTRUCCIONES SPA, representada a esa época por ALBERTO ALFONSO HOFFMANN BRANDT como deudor principal, y este último como garante personal, del Pagaré a Plazo (Pesos, Tasa Fija) Número de operación 037806, por la suma de $60.000.000.- pesos 1 Código: LXBXXNHWXZQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl moneda legal. En el mismo documento se establecieron las condiciones del mutuo y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Paula Arancibia Rodriguez, Abogada, en representación convencional del Banco de Chile, dedujo demanda ordinaria de cobro de pesos, en contra de Global Construcciones SpA, sociedad del giro de su denominación, representada por don Hans Erick Hoffmann Cid, ignora actividad y en contra de don Alberto Alfonso Hoffmann Brandt, solicitando que en definitiva se declare que la demandada le adeuda $60.000.000.- más reajustes e intereses legales y costas. Fundó su acción en las razones de hecho y de derecho referidas en lo expositivo de esa sentencia y que se tienen por reproducidas para todos los efectos legales. 2 Código: LXBXXNHWXZQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que los demandados no evacuaron el trámite de contestación, ni la duplica por encontrarse rebelde en el juicio por lo que debe entenderse que niegan los hechos vertidos en la demanda TERCERO: Que entonces para efectos de acoger la demanda, es menester en primer lugar que se acredite que los demandados adeudan al Banco de Chile $60.000.000.- y obligación que la justifica. CUARTO: Que con tal fin, el demandante acompañó al proceso con la debida ritualidad procesal, en los folios 1 y 3 los siguientes documentos: 1.- Pagaré. 2.- Cuadro de Pago de Cuotas a Pagar.- QUINTO: Que además rindió prueba de absolución de posiciones ficta, en virtud de los atestados receptoriales de folio 51 y 54 constando a través de la resolución de folio 43 que tuvo a don Alberto Alfonso Hoffmann Brandt por confeso de todos los hechos del pliego de folio 34, abierto en el folio 42 relativo a la existencia de la deuda, el origen de la misma a través del préstamo, la suscripción del pagaré y al no pago a la fecha de $60.000.000.- y que como persona natural es fiador y codeudor solidario de dicha obligación; y que a esa fecha era socio de la empresa demandada. SEXTO: Que tal como lo señala la norma matriz en materia de prueba, incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta, de tal modo que corresponde al demandante acreditar la existencia de la obligación que reclama y el valor adeudado. SÉPTIMO: Que de la documental presentada por el demandante, particularmente el pagaré a plazo de folio 1, da cuenta de la deuda por $60.000.000.- contraída por la demandada en esta ciudad con fecha 3 de agosto de 2022; asimismo también se acreditó mediante la documental de folio 31, consistente en cuadro de pago de cuotas a pagar, que la 3 Código: LXBXXNHWXZQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deuda se encuentra morosa al 25 de abril de 2024. OCTAVO: Que lo anterior ha sido reforzado por la prueba confesional ficta donde la demandada reconoce el crédito contraído con el Banco de Chile, la suscripción de un pagaré por $60.000.000.- NOVENO: Que así las cosas, forzoso resulta acoger la demanda interpuesta por la suma solicitada, inclu
Fallo
En mérito de lo expuesto y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1437 y siguientes, 1567, 1568 y siguientes, y 1698 y siguientes del Código Civil; 144, 160, 170, 341, 346, 383, 384, 400 y 426 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda de folio 1, interpuesta por doña Paula Arancibia Rodriguez, Abogada, en representación convencional del Banco de Chile, en contra de Global Construcciones SpA, sociedad del giro de su denominación, representada por don Hans Erick Hoffmann Cid, ignora actividad y en contra de don Alberto Alfonso Hoffmann Brandt, este como fiador y codeudor solidario; declarando que estos adeudan al Banco de Chile $60.000.000.- por concepto del pago del precio adeudado de operación crediticia, más reajustes e intereses corrientes devengados a contar que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. II.- Que no se condena en costas a los demandados por no haber concurrido a litigar. Transcríbase y notifíquese por correo electrónico al Abogado del ejecutante, y por cédula a los demandados. Rol C 2929 2023.- Dictó Luis Meza Marín; Juez titular del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. 4 Código: LXBXXNHWXZQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-20T09:33:45-0400
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Osorno, veinte de mayo de dos mil veinticuatro.- VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol C 2929 2024, caratulados “Banco de Chile con Global Construcciones Limitada y otro”, comparece doña Paula Arancibia Rodriguez, Abogada, en representación convencional del Banco de Chile sociedad comercial bancaria, RUT 97.004.000-5, ambos con domicilio para estos efectos en c
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