RODRÍGUEZ CON UNIVERSIDAD LA REPUBLICA
Rol
O-80-2024
Fecha
8 de julio de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda y en consecuencia se procederá a la dictación de sentencia. Dictación de sentencia tácita: El Tribunal procede a dictar sentencia de inmediato transcribiéndose sólo lo resolutivo del fallo (En conformidad a resolución de la Excma. Corte Suprema de fecha 22 de mayo de 2018, AD 267-2048), quedando las demás consideraciones debidamente registradas en la pista de audio respectiva. En Rancagua, a ocho de julio del dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en los arts. 1, 7, 63, 73, 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don JAVIER ALONSO RODRÍGUEZ MARTINI, en contra de UNIVERSIDAD LA REPÚBLICA, declarándose la existencia de la relación laboral desde el 01 de febrero de 2019 hasta el 31 de julio de 2023, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2019 a 01 de febrero de 2020 por una suma de $155.295.- b) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2020 a 01 de febrero de 2021, por una suma de $155.295.- c) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2021 a 01 de febrero de 2022, por una suma de $155.295.- d) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2022 a 01 de febrero de 2023, por una suma de $155.295.- e) Feriado proporcional correspondiente al periodo que va del 01 de febrero de 2023 a 31 de julio de 2023, por una suma de $77.536. f) Diferencias remuneracionales por el período que va de abril a julio de 2023, por la suma de $639.500.- g) Pago de cotizaciones previsionales, desde el 01 de febrero de 2019 hasta el 31 de julio de 2023, conforme a la remuneración de $221.850.-, en A.F.P. CUPRUM, CRUZ BLANCA y A.F.C. CHILE. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser pagadas con los reajustes e intereses legales, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas al demandado por no ha
Fallo
fallo (En conformidad a resolución de la Excma. Corte Suprema de fecha 22 de mayo de 2018, AD 267-2048), quedando las demás consideraciones debidamente registradas en la pista de audio respectiva. En Rancagua, a ocho de julio del dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en los arts. 1, 7, 63, 73, 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don JAVIER ALONSO RODRÍGUEZ MARTINI, en contra de UNIVERSIDAD LA REPÚBLICA, declarándose la existencia de la relación laboral desde el 01 de febrero de 2019 hasta el 31 de julio de 2023, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2019 a 01 de febrero de 2020 por una suma de $155.295.- b) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2020 a 01 de febrero de 2021, por una suma de $155.295.- c) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2021 a 01 de febrero de 2022, por una suma de $155.295.- d) Feriado legal por el periodo que va del 01 de febrero de 2022 a 01 de febrero de 2023, por una suma de $155.295.- e) Feriado proporcional correspondiente al periodo que va del 01 de febrero de 2023 a 31 de julio de 2023, por una suma de $77.536. f) Diferencias remuneracionales por el período que va de abril a julio de 2023, por la suma de $639.500.- g) Pago de cotizaciones previsionales, desde el 01 de febrero de 2019 hasta el 31 de julio de 2023, conforme a la remuneración de $221
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO APLICACIÓN GENERAL FECHA 08/07/2024 RUC 24-4-0546727-1 RIT O-80-2024 MAGISTRADO VANIA LEÓN SEGURA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ana B. Villagra Aránguiz SALA 2 HORA DE INICIO 11:55 horas HORA DE TERMINO 12:08 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440546727-1-1339 PARTE DEMANDANTE JAVIER ALONSO RODRÍGUEZ MARTINI C.I. N°13.549.033-4 (presencial) ABOGADO
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