FAENADORA SAN VICENTE LIMITADA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SAN VICENTE
Rol
I-15-2023
Fecha
8 de julio de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don JUAN MANUEL PEREZ, abogado, con domicilio en calle Candelaria Goyenechea N° 3900, oficina 501, Santiago, en representación de la FAENADORA SAN VICENTE LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en Ruta H-66, Kilometro 19,2, Comuna de San Vicente de Tagua Tagua, quienes interponen reclamo judicial por la Resolución de Multa N° 1256/23/44-1-2 y N°1256/23/45-1-2, ambas de fecha 5 de junio de 2023, que consigno multas por un total de 240 UTM, equivalentes a la fecha en que se cursó multa a la suma de $15.183.120.-, en contra de la INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA, representada por don VICTOR INOSTRPOZA FLORES, ambos domiciliado en Carmen Gallegos Nº303, piso 2, San Vicente, solicitando sean dejadas sin efecto, una o ambas resoluciones de multas, en consideración a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que exponen: Señalan que con fecha 18 de mayo de 2023, doña María Antonieta Silva Rojas, Fiscalizadora, se constituyó en Faenadora San Vicente, realizando una fiscalización señalando que su parte había cometido infracciones a diversas disposiciones del Código del Trabajo, resultando de ello dos de Resoluciones de Multas, con dos multas por cada una, ambas fundadas en los siguientes hechos: 1-.- Multa 1256/23/44-1: “No entregar los beneficios contractuales acordados libremente por las partes a los trabajadores María Yañez, Susana Silva, Robinson Salas, Boris Turra, Hernan Torres, Magaly Pinto, Luis Fuenzalida, Mario Aguirre, y Pablo Miranda, respecto del beneficio y periodos siguientes; cajas con productos comestibles de la Linea Agrosuper (filetitos de pollo, pulpa de cerdo, longanicilla, etc, entregados en el día del trabajador de los años 2019, 2020, 2021, 2022)”.- 2.- 1256/23/44-2: “No consignar por escrito por escrito en el contrato de trabajo en documento anexo la modificación de la estipulación referida a la entrega del beneficio de caja de producto de la Línea Agrosuper (filetito de pollo, pulpa de cerdo, longanicilla, etc) entregadas en las celebración del día del trabajador en los últimos años 2019, 2020, 29021, 2022, respecto de los siguientes trabajadores María Yañez, Susana Silva, Robinson Salas, Boris Turra, Hernan Torres, Magaly Pinto, Luis Fuenzalida, Mario Aguirre, y Pablo Miranda”; 3.- Multa 1256/23/45-1: “No entregar los beneficios contractuales acordados libremente por las partes a los trabajadores Carlos Reyes, Paulo Molina, Victor Celis, Juan Nuñez, Marta Castro, Ivan Bodilla, Mario Zamorano, Sebastian Gonzalez” respecto del beneficio y periodos siguientes; cajas con productos comestibles de la Linea Agrosuper (filetitos de pollo, pulpa de cerdo, etc, entregados en el día del trabajador de los años 2019, 2020, 2021, 2022) 4.-Multa 1256/23/45-2: “No consignar por escrito por escrito en el contrato de trabajo en documento anexo la modificación de la estipulación referida a la entrega del beneficio de caja de producto de
Fallo
se declara: I.- Que, SE ACOGE el reclamo interpuesto, por don JUAN MANUEL PEREZ, en representación de FAENADORA SAN VICENTE LIMITADA, en cuanto SE DEJAN SIN EFECTO las multas administrativas Nº 1256/23/44-1-2 y N°1256/23/45-1-2, de fecha 5 de junio de 2023, por un total de 240 UTM, que le fueren aplicadas, por la Inspección Comunal del Trabajo San Vicente de Tagua Tagua. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: I-15-2023 RUC: 23-4-0500343-0 Dictada por doña SOLANGE DIUANA EADE, Juez Titular del Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua.
Texto Completo (Preview)
En San Vicente de Tagua Tagua, a cinco de julio de dos mil veinticuatro.- VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don JUAN MANUEL PEREZ, abogado, con domicilio en calle Candelaria Goyenechea N° 3900, oficina 501, Santiago, en representación de la FAENADORA SAN VICENTE LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en Ruta H-66, Kilometro 19,2, Comuna de San Vice
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