MUÑOZ/ILISTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Rol
C-1564-2024
Fecha
17 de mayo de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 29 de enero de 2024, comparece EDILIA DEL CARMEN MU OZ MORENO, due a de casa, domiciliada en camino a Melipilla 3812, ParcelaÑ ñ 69, Comuna de Padre Hurtado, quien interpone demanda en juicio ordinario por prescripci n extintiva de permisos de circulaci n en contra de la ó ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA, persona jur dica de derecho p blico,í ú representada por su alcaldesa CAMILA MERINO CATAL N, ambas domiciliadas paraÁ estos efectos en Avenida Bicentenario 3800 comuna de Vitacura. Expone que es due a del veh culo ñ í marca JEEP, modelo Compass 4 X 4 2.4 auto tipo Station Wagon, placa patente TW 3344-5, modelo tipo Jeep, placa patente TW3344-5, seg n consta en el certificado de inscripci n que acompa a.ú ó ñ Se ala que existe una deuda a favor de la Ilustre Municipalidad de Vitacura, porñ cobro de permisos de circulaci n vehicular por un monto total a la fecha de $746.103.ó Plantea que, habiendo transcurrido m s de tres a os desde que se comenz aá ñ ó devengar dicha deuda, esta se encuentra en parte prescrita, de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil.í ó Previa cita de los art culos 2492, 2493 y 2521 del C digo Civil, solicita í ó en definitiva declarar prescrita la deuda por Permiso de Circulaci n Vehicular, respecto deló veh culo marca JEEP, modelo Compass 4 X 4 2.4 auto tipo Station Wagon, placaí patente TW 3344-5, correspondiente a los periodos comprendidos entre los a os 2016 yñ a os 2020 por la suma de $ 746.103 (setecientos cuarenta y seis mil ciento tres pesos)ñ ordenando que solo se pague el permiso de circulaci n desde el a o 2021 al a o 2023,ó ñ ñ con expresa condenaci n en costas.ó Con fecha 28 de marzo de 2024, se notifica la demanda y su prove do coní arreglo a lo dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil. í ó Con fecha 4 de abril de 2024, comparece Ximena lvarez Nazer, abogada,Á quien en representaci n de la Ilustre Municipalidad de Vitacura procede a contestar laó demanda y se allana
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece EDILIA DEL CARMEN MU OZÑ MORENO, quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva deó permisos de circulaci n, correspondiente al veh culo de su propiedad autom vil marcaó í ó Jeep, modelo Compass 4x4, tipo Station Wagon, placa patente TW 3344-5, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA. Funda su demanda en el hecho de haber transcurrido un plazo superior al establecido por el art culo 2521 del C digo Civil,í ó para que se declare la prescripci n de los permisos correspondiente a los a os 2016 aó ñ 2020, ambos inclusive. SEGUNDO: Que, la demandada evacua el tr mite de contestaci n y se allana aá ó la pretensi n de la actora.ó TERCERO: Que, para la prueba de sus asertos, la demandante acompa a enñ forma legal, dentro de plazo y sin objeci n de la contraria, la siguiente pruebaó documental: 1.-Certificado de deuda pendiente por concepto de Permiso de Circulaci nó vehicular, emitido por la secretaria Municipal de la Ilustre Municipalidad de Vitacura, con fecha 28 de septiembre del 2023. 2.-Certificado de inscripci n del veh culo marca JEEP, modelo Compass 4 X 4ó í 2.4, auto tipo Station Wagon , placa patente TW 3344-5, modelo tipo Jeep, placa patente TW 3344-5 emitido por el Servicio de Registro Civil e identificaci n.ó CUARTO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 12 del Decretoí Ley N 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, ubicado precisamente en su T tulo IV° í bajo el ep grafe De los Impuestos Municipales , los veh culos que transitan por lasí “ ” í calles, caminos y v as p blicas en general, estar n gravados con un impuesto anual porí ú á permiso de circulaci n, a beneficio exclusivo de la municipalidad respectiva, conforme aó las tasas que la citada disposici n se ala. ó ñ M s adelante, el art culo 16 dispone que no podr renovarse el permiso deá í á circulaci n de un veh culo mientras no se acredite el pago total del impuesto del a oó í “ ñ anterior , lo que no ser exigible respecto de cualquier tipo de veh culos, si en uno o” á í m s a os completos ha estado fuera de circulaci n y ello se acredita medianteá ñ ó declaraci n jurada simple que deber entregarse a la municipalidad respectiva, a m só á á tardar el 30 de noviembre del a o a que corresponda pagar el impuesto.ñ QUINTO: Que, por su parte, la jurisprudencia administrativa de la Contralor aí General de la Rep blica a trav s del N 3.145 de fecha 29 de enero de 2019, haú é ° impartido a los municipios del pa s instrucciones sobre los aspectos m s relevantes de laí á normativa legal y reglamentaria que regula su proceder en relaci n con el pago deló IMPUESTO POR PERMISO DE CIRCULACI N , precisando que ste debe“ Ó ” é Código: PHXMXNXZGXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1564-2024 pagarse por el due o de los veh culos en la municipalidad de su elecci n, previo cambio,ñ í ó cuando proceda, de la inscripci n en el registro de permisos de cir
Fallo
se declara: Código: PHXMXNXZGXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1564-2024 I.- Que, se hace lugar a la demanda ingresada con fecha 29 de enero de 2024, por haber prescrito las acciones que a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA correspond an para impetrar el cobro de los permisos de circulaci n delí ó veh culo inscrito a nombre de la demandante EDILIA DEL CARMEN MU OZí Ñ MORENO, Placa Patente TW 3344-5, tipo AUTOMOVIL STATION WAGON, marca JEEP, modelo COMPASS 4x4 2.4 AUT, A O 2007, devengados entre los a osÑ ñ 2016 y hasta el a o 2020, con sus respectivas multas e intereses. ñ II.- Que, se exime de la condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado totalmente a la pretensi n de la actora. ó REG STRESE, NOTIF QUESE, Y EN SU OPORTUNIDAD,Í Í ARCH VESE.Í ROL C-1564-2024. DICTADA POR MANUEL FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Mayo de dos mil veinticuatro Código: PHXMXNXZGXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-17T20:05:50-0400
Texto Completo (Preview)
C-1564-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1564-2024 CARATULADO : MU OZ/ILISTRE MUNICIPALIDAD DEÑ VITACURA Santiago, diecisiete de Mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 29 de enero de 2024, comparece EDILIA DEL CARMEN MU OZ MORENO, due a de casa, domiciliada en camino a Melipilla 3812, ParcelaÑ ñ 69, Comuna de Padre Hurtado, quien in
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica