11º Juzgado Civil de Santiago

DIMACOFI S.A./VITAMINA CHILE SPA

Rol

C-170-2024

Fecha

17 de mayo de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que compareció don Francisco Ignacio Pulgar Rojas, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, en representación judicial de Dimacofi S.A., sociedad del giro de importación y distribución de máquinas de oficina, diseño e impresión de documentos, representada por doña Marisol Patricia Arellano Díaz, ingeniero comercial, todos con domicilio en calle Compañía de Jesús N°1390, oficina 806, comuna de Santiago, quien dedujo demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de Vitamina Chile SpA., antes conocida como Vitamina Work Life S.A., sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Alejandro Javier Bascuñán Droppelmann, ignora profesión u oficio, con domicilio en Avenida Apoquindo N°4501, oficina 1801, Las Condes, fundada en la existencia de una deuda insoluta, solicitando que se condene a la demandada al pago de la suma de $4.793.861.- más reajustes, intereses y costas judiciales. Manifestó que la deuda ha tenido su origen en la prestación de una serie de servicios de fotocopiado, celebrado entre su representada y la demandada de autos, por el cual su mandante emitió 17 facturas electrónicas, cuales corresponden, a saber: 1) Factura Electrónica Nº645958, fecha de emisión el 29-07-2022, por el valor total de $153.938.- con vencimiento al 28 de agosto de 2022; 2) Factura Electrónica Nº646547, fecha de emisión el 29-07-2022, por el valor total de $393.733.- con vencimiento el 28 de agosto de 2022; 3) Factura Electrónica Nº649195, fecha de emisión el 24-08-2022, por el valor total de $89.872.- con vencimiento el 23 de septiembre de 2022; 4) Factura Electrónica Nº650104, fecha de emisión el 31-08-2022, por el valor total de $397.666.- con vencimiento el 30 de septiembre de 2022; 5) Factura Electrónica Nº653314, fecha de emisión el 22-09-2022, por el valor total de $431.243.- con vencimiento el 22 de octubre de 2022; 6) Factura Electrónica Nº653328, Código: PXLRXNDLKDQ Este documento tiene firma elect

Fundamentos

Considerando: Primero: Que ha comparecido don Francisco Ignacio Pulgar Rojas, en representación judicial de Dimacofi S.A., representada por doña Marisol Patricia Arellano Díaz, he interpuso demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de Vitamina Chile SpA., antes conocida como Vitamina Work Life S.A., representada legalmente por don Alejandro Javier Bascuñán Droppelmann, fundada en la existencia de una deuda insoluta, solicitando que se condene a la demandada al pago de la suma de $4.793.861.- más reajustes, intereses y costas judiciales. Código: PXLRXNDLKDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Fundó la demanda sobre cobro de pesos en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que la demandada se mantuvo rebelde a lo largo del proceso. Tercero: Que la acción de cobro de pesos intentada, de acuerdo al marco fáctico propuesto por el actor, se circunscribió al contrato de compraventa mercantil, por las cuales la demandante emitió las facturas en cuestión. Cuarto: Que dicho lo anterior y a partir de la rebeldía constatada en la contestación de la demanda, como efecto natural de la denominada “ficta contestatio”, será carga de la parte demandante probar todos y cada uno de sus asertos, cuestión que se traduce, en que debe probar la existencia del contrato de compraventa de servicios de fotocopiado, así como sus estipulaciones, pues, justamente, son esas relaciones contractuales las que le permitieron accionar. Quinto: Que de conformidad con lo expuesto en el fundamento precedente, lo primero que debía acreditar la parte demandante al tenor de lo dispuesto en artículo 1698 del Código Civil, era la existencia del contrato en referencia, siendo de carga de la demandada el acreditar el cumplimiento de las obligaciones emanados de ellos. Sexto: Que para acreditar los presupuestos de la pretensión contenida en la demanda, la actora acompañó la siguiente prueba instrumental, no objetada de contrario: 1. Factura N°645958, emitida por Dimacofi S.A., fecha de vencimiento de 28 de agosto de 2022, detalle: copias de contrato, por la suma de $153.938.- (ciento cincuenta y tres mil novecientos treinta y ocho pesos) y aceptación o reclamo. 2. Factura N°646547, emitida por Dimacofi, fecha de vencimiento de 25 de mayo de 2022, detalle: mínimo global, por la suma de $393.733 (trescientos noventa y tres mil setecientos treinta y tres pesos) y registro de aceptación. 3. Factura N°649195, emitida por Dimacofi, fecha de vencimiento de 23 de septiembre de 2022, detalle: cargo fijo según contrato, por la suma de Código: PXLRXNDLKDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl $89.872.- (ochenta y nueve mil ochocientos setenta y dos pesos) y registro de aceptación. 4. Factura N°650104, emitida por Dimacofi, fecha de vencimiento de 30 de septiembre de 2022

Fallo

por tanto irrevocablemente aceptada. Precisó que la fuente de la obligación del demandado al pago, es la compraventa de los servicios de fotocopiado, prestados dentro del giro de su representada, los que fueron debidamente entregados y recibidos por el demandado en su oportunidad. No obstante ello, existe la constancia de no haberse pagado íntegramente el precio. Código: PXLRXNDLKDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Aludió al artículo 119 del Código de Comercio y los artículos 1545, 1546, 1151, 1559 y respectivos del Código Civil. Mediante resolución de 7 de marzo de 2024 se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. El 25 de marzo de 2024 se llevó a efecto la audiencia de conciliación, la que se tuvo por frustrada por la rebeldía de la demandada. El 3 de abril de 2024 se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1. Efectividad de existir entre las partes, un contrato y/o vínculo que justifique la emisión de las facturas N° 645958 de 29 de julio de 2022, N°646547 29- de julio de 2022, N° 649195 de 24 de agosto de 2022 y N°650104 31 de agosto de 2022, Nº 653314 de 22 de septiembre de 2022, Nº 653328 de 22 de septiembre de 2022, Nº 658183 de 21 de octubre de 2022, Nº 658296 24 de octubre de 2022, Nº 662432 de 24 de noviembre de 2022, Nº 662437 24 de noviembre de 2022, Nº 664309 30 de noviembre de 2022, Nº 664311 de 30 de noviembre de 2022,

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-170-2024 CARATULADO : DIMACOFI S.A./VITAMINA CHILE SPA Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veinticuatro. Visto: Que compareció don Francisco Ignacio Pulgar Rojas, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, en representación judicial de Dimacofi S.A., sociedad del giro de importación y distribución

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