1º Juzgado Civil de Temuco

BASTÍAS/

Rol

V-226-2023

Fecha

17 de mayo de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1. A folio 1, con fecha 29/09/2023, comparece do a ñ MAKARENA ALEJANDRA BASTIAS TAPIA, soltera, chilena, ingeniera comercial, Run 19.076.754-K, domiciliada en paseo del Prado 0820 Labranza, quien interpone solicitud de rectificaci n de partidaó de nacimiento, en virtud de lo previsto en los art culos 1 y siguientes de la ley N 17.344,í º º art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, a fin de que se autorice elí ó cambio de su primer apellido, siendo su nombre en la actualidad de MAKARENA ALEJANDRA BASTIAS TAPIA y quedando en definitiva para todos los efectos legales como MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA , ordenando as la rectificaci n“ ” í ó de su partida de nacimiento de la circunscripci n de Temuco, N 2.211 correspondienteó º al a o 1995, en atenci n a que le provoca perjuicio a su persona mantener el apellidoñ ó de su padre o en subsidio a ello ha sido conocida por m s de 5 a os comoá ñ MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA .“ ” Funda su solicitud indicando que su padre don CARLOS ALBERTO RUBILAR CERDA, C.I.N 11.501.829-9 ha estado con ella desde su nacimiento, quien no es su padre biol gico, pero s de crianza y de amor. Se ala que don Carlos conoci a suó í ñ ó madre estaba embarazada de ella, manteniendo una relaci n amorosa y posteriormenteó contraen matrimonio. Indica que desde el d a que naci fue l quien le dio suí ó é preocupaci n en todo mbito de su crianza, d ndole el cuidado correspondiente, inclusoó á á los padres de don Carlos fueron sus abuelos hasta el d a de hoy. í Refiere que cuando ten a ocho a os, su mam en conjunto con su padre biol gicoí ñ á ó decidieron que l la reconociera legalmente, lo cual trajo problemas e inestabilidades aé su vida. Menciona que es tanto el cari o y paternidad que existe entre ellos, que cuando suñ Madre y su pap no biol gico, deciden poner t rmino a su matrimonio, ella se fue aá ó é vivir con l, teniendo todo el apoyo de un hogar.é Afirma que con su padre biol gico jam s ha tenido cercan a ni relaci

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos,á ñ diferentes de los propios. Expresa que, en su caso, el menoscabo es llevar el apellido de una persona que no conoci y, por otra parte, lleva m s de 5 a os siendo conocida por sus pares,ó á ñ conocidos y familiares como MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA” ”. Finaliza solicitando la autorizaci n del cambio de nombre, es decir, es decir deó MAKARENA ALEJANDRA BASTIAS TAPIA , quedando en definitiva como“ ” “MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA, ordenando rectificar la partida de nacimiento, toda vez que provoca un perjuicio a su persona, o en subsidio, ha sido Código: YMGLXNYWZXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 conocida desde m s de 5 a os a la fecha como á ñ “MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA” 2. A folio 33, con fecha 22/04/2024, comparece el apoderado de la solicitante, quien expone que con fecha 15 de abril del a o 2024, nace un nuevo hijo de lañ solicitante en autos, de nombre SAMUEL LAUTARO Y EZ BAST ASÁÑ Í , n meroú de c dula de identidad 28.407.391-6, inscrito en la circunscripci n de Temuco, n meroé ó ú de inscripci n 754, del a o 2024. Refiere que en virtud a este nuevo antecedente seó ñ solicita que la sentencia definitiva del presente procedimiento de cambio de nombre en caso de ser acogida sea extensible al nuevo hijo de do a Makarena. En consecuencia,ñ pide se ordene que el segundo apellido de don Samuel, en este caso Bast as sea“ í ” modificado por el de Rubilar , quedando en definitiva como “ ” SAMUEL LAUTARO Y EZ RUBILAR. ÁÑ Todo lo mencionado en virtud del art culo 4, inciso 2 y 3 de laí ° ° ley 17.344” 3. A folio 15, con fecha 24/10/2023, rola informe del Servicio de Registro Civil e Identificaci n. ó 4. A folio 21, con fecha 26/12/2023, rola informaci n sumaria de testigosó rendida con fecha 20/12/2023. 5. A folio 30, con fecha 10/03/2024, se acompa la publicaci n de rigor. ñó ó 6. A folio 19, con fecha 13/11/2023, a folio 46 con fecha 08/05/2024, a folio 12 con fecha 23/10/2023 rolan informes del Ministerio P blico, Polic a deú í Investigaciones y Carabineros de Chile, respectivamente, indicando que la solicitante no registra formalizaciones, condenas, rdenes de detenci n o medidas cautelares personalesó ó vigentes. 7. A folio 40, con fecha 29/04/2024, rola declaraci n jurada de la solicitante,ó en que informa que es soltera y tiene un hijo conforme a lo informado a folio 33. 8. A folio 49, con fecha 13/05/2024, se trajeron los autos para resolver. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 29/09/2023, comparece do añ MAKARENA ALEJANDRA BASTIAS TAPIA, ya individualizada, quien solicita se autorice el cambio de su primer apellido, siendo su nombre en la actualidad de MAKARENA ALEJANDRA BASTIAS TAPIA y quedando en definitiva para todos los efectos legales como MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA . Lo anterior, por“ ” los fundamentos de hecho y de derecho ya indicados en lo expositivo del fallo, los q

Fallo

se resuelve:á í I. Que SE ACOGE lo solicitado a folio 1, solo en cuanto respecto de la causal dispuesta en el art culo 1 letra b) de la ley 17.344, y en consecuencia se ordena al se or Oficial delí ñ Registro Civil e Identificaci n, rectifique la inscripci n de nacimiento N 2.211 del a oó ó ° ñ 1995 de la Circunscripci n Temuco, correspondiente a MAKARENA ALEJANDRAó BAST AS TAPIAÍ , R.U.N 19.076.754-K, en el sentido de establecer que el nombre correcto de la inscrita es MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA .“ ” II. Que se acoge la solicitud de folio 33 y, en consecuencia, se ordena adem s al se orá ñ Oficial del Registro Civil e Identificaci n, que rectifique la inscripci n de nacimientoó ó N 754 del a o 2024 de la Circunscripci n de Temuco correspondiente a SAMUEL° ñ ó LAUTARO YA Z BAST AS, R.U.N 28.407.391-6, en el sentido de establecer que elÑÉ Í nombre correcto del inscrito es “SAMUEL LAUTARO YA Z RUBILARÑÉ , y el” nombre de la madre es MAKARENA ALEJANDRA RUBILAR TAPIA .“ ” Una vez ejecutoriada la presente resoluci n, pract quese las rectificaciones ordenadas.ó í Para efectos de lo anterior, estese a lo dispuesto en el art culo 56 inciso 3 del C digo deí ó Procedimiento Civil, a saber “Las inscripciones, subinscripciones o cancelaciones dispuestas por resoluci n judicial, podr n ser solicitadas al registro correspondienteó á directamente por la parte interesada, sin necesidad de receptor judicial, acompa andoñ las copias autorizadas de las resoluciones y actuaciones obtenidas

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Foja: 1 FOJA: 45 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-226-2023 CARATULADO : BAST AS/Í Temuco, diecisiete de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: 1. A folio 1, con fecha 29/09/2023, comparece do a ñ MAKARENA ALEJANDRA BASTIAS TAPIA, soltera, chilena, ingeniera comercial, Run 19.076.754-K, domiciliada en paseo del Prado 0820 Labranza, quien interpo

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