DÍAZ/
Rol
V-118-2024
Fecha
17 de mayo de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 30 de enero de 2024, se presenta don Edgardo Daniel Diaz Luoni, chileno, divorciado, ingeniero civil industrial, c dulaé de identidad N° 12.441.501-2, con domicilio en Avenida Bernardo O’Higgins N° 1650, departamento 2504, comuna y ciudad de Antofagasta, quien solicitó concesi n minera de ó EXPLORACI NÓ , que denominar “á ANTONIA 28”, con una superficie de 300 hect reasá . 2.- Que, a folio 5, el solicitante de autos acompa a documentos. ñ 3.- Que, a folio 7, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a de II Regi n, Antofagasta. í í ó 4.- Que, a folio 8, con fecha 15 de mayo de 2024, se trajeron los autos para resolver.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Edgardo Daniel Diaz Luoni, solicita constituir concesi n minera de exploraci n, en terrenos ubicados en la provincia El Loa,ó ó comuna de San Pedro de Atacama, Regi n de Antofagasta, sobre una superficie deó 300 hect reas, la que denominar “á á ANTONIA 28”, conforme a los antecedentes presentados. SEGUNDO: Que, a folio 5, consta que el pedimento minero fue inscrito a fojas 844 bajo el N°591, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 06 de febrero del 2024. TERCERO: Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 26 de febrero del 2024, Diario Oficial, edici n Nº 43.786, seg n ejemplar acompa ado. ó ú ñ CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 10 de mayo del 2024, mediante ordinario N° 2180, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida se encuentran conforme con las disposiciones legalesó Código: TJSBXNCXPNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO: Que, seg n figura a folio 5, el peticionario dio cumplimiento a laú obligaci n de pago de la tasa de pedimento y la patente proporcional. ó SEXTO: Que, en el plano de la concesi n minera de exploraci n, consta queó ó las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superior delé pedimento minero denominada “ANTONIA 28””, con una superficie de 300 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son: á ó V RTICEÉ NORTE (metros) ESTE (metros) P.M 7.348.000,00 563.000,00 V1 7.349.500,00 562.500,00 V2 7.349.500,00 563.500,00 V3 7.346.500,00 563.500,00 V4 7.346.500,00 562.500,00 S PTIMOÉ : Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n de exploraci n o la declaraci nó ó ó ó de caducidad, raz n por la cual este tribunal acoger la solicitud impetrada enó á autos. Y, VISTO, adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,
Fallo
se resuelve: í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “ANTONIA 28”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci nó ó “ANTONIA 28”, con una superficie total de 300 hect reas a favor de á Edgardo Daniel Diaz Luoni, chileno, divorciado, ingeniero civil industrial, c dula de identidadé N° 12.441.501-2, con domicilio en Avenida Bernardo O’Higgins N° 1650, departamento 2504, comuna y ciudad de Antofagasta. III.- Una vez certificada -a petici n de la interesada- la ejecutoriedad de laó presente sentencia, rem tase -por este Juzgado- dicha certificaci n, junto a laí ó sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electr nico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto. ó Código: TJSBXNCXPNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 IV.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. Archívese un ejemplar del plano en el registro respectivo del Conservador de Minas. Con este objeto, la concesionaria deber requerir el inicio del tr mite alá á siguiente correo electr nico del Conservador de Minas:ó conservadordeminasly@gmail.com. V.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a lo dispuestoí ó en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í VI.- Rem tase -por este Tribunal- copia de los antecedentes refe
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : V-118-2024 CARATULADO : D AZ/Í Calama, diecisiete de Mayo de dos mil veinticuatro VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 30 de enero de 2024, se presenta don Edgardo Daniel Diaz Luoni, chileno, divorciado, ingeniero civil industrial, c dulaé de identidad N° 12.441.501-2, con domicilio en Avenida Bernardo O’H
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