14º Juzgado Civil de Santiago

BICE VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A./

Rol

V-339-2022

Fecha

16 de mayo de 2024

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece don Diego Benavente D az, abogado, domiciliado en Ahumada 254 oficinaí 802, comuna de Santiago, regi n Metropolitana, en representaci n convencional deó ó BICE VIDA Compa a de Seguros S.A. de sociedad an nima del giro de suñí ó denominaci n, cuyo Gerente General es don Andr s Varas Greene, ambos domiciliadosó é para estos efectos en Amanda Labarca n mero 96, oficina 92, comuna de Santiago,ú quien indica: Refiere que por escritura p blica de fecha 8 de septiembre de 2006, otorgada ante laú notar a de don Pedro Ricardo Reveco Hormaz bal, Notario P blico de la D cimoí á ú é Novena Notar a de Santiago, BICE Hipotecaria Administradora de Mutuos Hipotecariosí S.A. dio en pr stamo a do a B rbara Andrea V squez Gonz lez, chilena, casada,é ñ á á á separada totalmente de bienes, profesora, c dula de identidad N 13.773.986-0, y a doné ° Rodrigo Andr s Espina Labarca, chileno, casado, separado totalmente de bienes,é administrador agr cola, c dula de identidad N 14.367.315-4, ambos domiciliados ení é ° camino P blico Aculeo kil metro 7, comuna de Buin, Regi n Metropolitana y/o pasajeú ó ó Fernando P rez D az, n mero 24, sitio 2, comuna de Buin, Regi n Metropolitana, uné í ú ó Mutuo por la cantidad de 580 Unidades de Fomento, por su equivalente en pesos moneda legal a la fecha del presente contrato, la que se dio por recibida a su entera satisfacci n.ó A ade que el deudor se oblig a pagar a la Mutuaria, la suma antes indicada,ñ ó conjuntamente con los correspondientes intereses, en el plazo de 360 meses, contados desde la fecha de la citada escritura por medio de igual n mero de dividendosú mensuales, vencidos y sucesivos, que comprender n la amortizaci n y los intereses. Laá ó tasa de inter s, real, anual y vencida que devenga dicho contrato es del 7,10% anual.é Sostiene que se estipul un inter s penal igual al inter s m ximo convencional, que la leyó é é á permite estipular para este tipo de operaciones de cr dito de dinero en monedaé Código: CGDGXNSHQHP Este

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho rese ados en loñ expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que, el solicitante con la finalidad de acreditar sus dichos alleg al procesoó prueba documental, la que corresponde a: 1.- Copia autorizada de Contrato de Compraventa, Mutuo e Hipoteca, para la adquisici n de Vivienda mediante Mutuo Hipotecario Endosable, B rbara Andreaó á V squez Gonz lez y otro a Inmobiliaria Desarrollo de Viviendas Sociales S.A. y Biceá á Hipotecaria Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A., de fecha 8 de septiembre de 2006, otorgada ante don N stor Riquelme Contreras, Notario P blico Suplente de laé ú D cimo Novena Notar a de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormaz bal.é í á Repertorio N 15.487.-° 2.- Certificado de Hipotecas y Grav menes, Interdicciones y Prohibiciones de Enajenará del inmueble inscrito a fojas 2031 n mero 2344 del Registro de Propiedad en elú Conservador de Bienes Ra ces de Buin del a o 2006.-í ñ 3.- Certificado de Dominio Vigente del inmueble inscrito a fojas 2031 n mero 2344 delú Registro de Propiedad en el Conservador de Bienes Ra ces de Buin del a o 2006.-í ñ 4.- Copia autorizada Mandato Judicial Bice Vida Compa a de Seguros S.A. a Diegoñí Jos Benavente D az, de fecha 13 de octubre de 2022, otorgado ante don Andr s Felipeé í é Rieutord Alvarado, Notario P blico Titular de la Trig simo Sexta Notar a de Santiago.ú é í Repertorio N 26.163-2022.-° TERCERO: Que, con el m rito de los estampados receptoriales, agregados a folio 12 yé 24, queda acreditado en autos que con fecha con fecha 9 de enero de 2023 y 22 de mayo de 2023, se notific personalmente a do a B rbara Andrea V squez Gonz lez y aó ñ á á á don Rodrigo Andr s Espina Labarca, quienes legalmente emplazados, no dedujeroné Código: CGDGXNSHQHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 oposici n a la presente gesti n, dentro del t rmino de emplazamiento de cinco d as queó ó é í le otorga el inciso primero del art culo 89 de la Ley N 18.092, seg n consta a folio 37.-í ° ú CUARTO: Que, conforme a los documentos acompa ados y la respectiva certificaci nñ ó consta que en estos autos se ha dado cumplimiento a la publicaci n de la solicitud queó motiva la presente gesti n, la que se realiz en el Diario Oficial, con fecha 1 deó ó septiembre de 2023, sin que se dedujera oposici n a la solicitud materia de autos, dentroó del plazo de treinta d as corridos, contados desde la fecha de la referida publicaci ní ó seg n se desprende de la certificaci n efectuada con fecha 4 de septiembre de 2023, aú ó folio 33. QUINTO: Que asimismo, consta del Certificado de Hipotecas y Grav menes,á Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del inmueble inscrito a fojas 2031 n meroú 2344 del Registro de Propiedad en el Conservador de Bienes Ra ces de Buin del a oí ñ 2006, acompa ado a folio 45, que la hipoteca; Constituyente: ESPINA LABARCAñ RODRIGO, VASQUEZ GONZALEZ BARBARA ANDREA; Acreedor: BICE HIPOTECARIA ADMINISTRADORA DE

Fallo

Por estas consideraciones, y con el m rito de los antecedentes, habi ndose dadoé é cumplimiento a los tr mites y requisitos legales, establecidos en los art culos 88 y 89 deá í la Ley N 18.092 y Ley N 18.552, ° ° SE DECLARA: I.- Extraviada la copia nica endosable de la escritura p blica de fecha 8 de septiembreú ú de 2006, otorgada ante don Pedro Ricardo Reveco Hormaz bal, Notario P blico Titulará ú de la D cimo Novena Notar a de Santiago, Repertorio N 15.487, que da cuenta delé í ° contrato de compraventa, mutuo e hipoteca, para la adquisici n de vivienda medianteó mutuo hipotecario endosable celebrado entre do a B rbara Andrea V squez Gonz lez yñ á á á don Rodrigo Andr s Espina Labarca a Inmobiliaria Desarrollo de Viviendas Socialesé S.A. y BICE Hipotecaria Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A..- II.- Se autoriza a BICE VIDA Compa a de Seguros S.A., a requerir al Se or Notario,ñí ñ ante quien se extendi la escritura, o del Archivero Judicial, una nueva copia autorizadaó endosable, anot ndose dicha circunstancia al margen de la escritura matriz.á Notif quese, reg strese y dese copia y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol V-339-2022.- DICTADA POR DON MARCELO REYES POZO, JUEZ DEL D CIMOÉ CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Código: CGDGXNSHQHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Autoriza do a Fabiola Paredes A., Secretaria Subrogante.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-339-2022 CARATULADO : BICE VIDA COMPA IA DE SEGUROS S.A./Ñ Santiago, diecis is de Mayo de dos mil veinticuatroé VISTOS: Comparece don Diego Benavente D az, abogado, domiciliado en Ahumada 254 oficinaí 802, comuna de Santiago, regi n Metropolitana, en representaci n convencional deó ó BICE V

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica