COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/
Rol
V-738-2022
Fecha
16 de mayo de 2024
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 18 de mayo de 2022 a las 09:20 horas, don LUIS BARRAZA MUÑOZ, chileno, casado, Empleado, Cédula Nacional de Identidad N° 9.296.457-4 domiciliado en Gregorio Cordovez Nº 672, of.391-B, La Serena, en representación según se acredita en el otrosí, de la Compañía Contractual Minera Los Andes, Rut 78.860.780-6, Empresa minera, chilena, creada el 16 de mayo de 1996, del mismo domicilio, presentó manifestación Minera a fin de constituir la Concesión de Explotación denominada “EVANGELISTA M6, 1 AL 10”, de 100 hectáreas. En virtud del uso del Derecho que otorga la Concesión de Exploración denominada “EVANGELISTA M6” manifestación que en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 41 y 114 del Código de Minería, se tuvo por presentada con fecha de la presentación del pedimento, el 04 de mayo de 2020, dictándose sentencia constitutiva con fecha 21 de Octubre de 2020, la que fue inscrita a Fojas 4082 N.º 2590, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Diego de Almagro, del año 2020. SEGUNDO: Que, con fecha 23 de mayo de 2022 la manifestación minera se inscribió a fojas 2.079, N° 1.395, del Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas de Diego de Almagro del año 2022. TERCERO: Que, con fecha 13 de junio de 2022, la manifestación minera se publicó en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial. CUARTO Que con fecha 09 de diciembre de 2022 se solicitó mensura de la pertenecía minera denominada, “EVANGELISTA M6, 1 AL 10”. QUINTO. Que, con fecha 28 de diciembre de 2022 se publicó la solicitud de la mensura de autos, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial, no existiendo oposición a ésta dentro del plazo legal. SEXTO: Que en Ord. N°5544, rola informe con observaciones del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, de fecha 25 de octubre de 2023. Puesto en conocimiento del solicitante, este subsano con fecha 14 de noviembre de 2023. SEPTIMO: Que en Ord. N°40, rola informe con observaciones del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, de fecha 05 de enero de 2024. Puesto en conocimiento del solicitante, este subsano con fecha 16 de enero de 2024. Código: VXPQXNSDPHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl OCTAVO: Que en Ord. N°673, rola informe con observaciones del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, de fecha 21 de febrero de 2024. Puesto en conocimiento del solicitante, este subsano con fecha 25 de marzo de 2024. NOVENO: Que en Ord. N°2033, rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, de fecha 26 de abril de 2024. DECIMO: Que, las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión, expresadas en metros, son las siguientes: VERTICE N O R T E (m) E S T E (m) L1 7.030.000,00 417.000,00 L2 7.030.000,00 418.000,00 L3 7.029.000,00 418.000,00 L4 7.029.000,00 417.000,00 PI 7.029.500,000 417.500,00 DECIMO PRI
Fallo
SE DECLARA: I) SE APRUEBA EL PLANO Y ACTA DE MENSURA y queda constituida las Concesión de Explotación denominada “EVANGELISTA M6, 1 AL 10”. con una superficie total de 100 hectáreas a favor de, COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, RUT 78.860.780-6. II) Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo prescribe el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. II) Inscríbase la sentencia constitutiva y Acta de mensura archívese el plano correspondiente en el Conservador de Minas de Diego de Almagro. En su oportunidad dese copia autorizada al solicitante para dichos efectos. III) Hágase entrega al interesado de copia de esta sentencia y original del plano y copia del acta de mensura para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 inciso segundo del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. ROL N° V-738-2022.- Dictada por, la Juez que suscribe, mediante firma electrónica avanzada. Código: VXPQXNSDPHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Diego de Almagro, dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por estado diario la presente sentencia. Código: VXPQXNSDPHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-16T12:52:04-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 28 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-738-2022 CARATULADO : COMPA A CONTRACTUAL MINERA LOSÑÍ ANDES/ Diego de Almagro, dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 18 de mayo de 2022 a las 09:20 horas, don LUIS BARRAZA MUÑOZ, chileno, casado, Empleado, Cédula Nacional de Identidad N° 9.2
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica