1º Juzgado Civil de Valdivia

SOC INFORMATICA I W LIMITADA/TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CHILE

Rol

C-2327-2023

Fecha

16 de mayo de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, don Mauricio M. Vel squez Guerra, abogado, chileno,á casado, Rut 13.320.153-k, con domicilio en calle Independencia 630, oficina 210, de la ciudad de Valdivia, correo electr nicoó abogavelasquez@gmail.com, en representaci n de ó Sociedad Inform ticaá I.W. Limitada, Rut 79.686.180-0, empresa del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por don Carlos Alberto Leandro Iribarne Wiff, Rut 8.640.167-3, chileno, casado y separado de bienes, empresario, ambos domiciliados en Fundo San Isidro, sin n mero, de la comuna de La Uni n,ú ó interpuso demanda de prescripci n, en Juicio de Hacienda, en contra de laó Tesorer a General de la Rep blicaí ú , RUT N 60.805.000-0, persona° jur dica de derecho p blico, representada conforme al art culo 186 delí ú í C digo Tributario por su abogada do a Lidia Odette Rodr guez Silva, oó ñ í quien la reemplace o subrogue legalmente, con domicilio en calle San Carlos N 50 de la ciudad de Valdivia, con el prop sito de que se declare° ó prescrita la acci n de cobro de dicha entidad, respecto de los siguientesó impuestos adeudados por su representado y que detalla (folio 1729566), de acuerdo al certificado de deuda que se acompa a.ñ Se ala que fundamenta la presente acci n, por cuanto ha transcurridoñ ó en exceso el plazo de 3 y 6 a os contemplados en los art culos 200 y 201ñ í del C digo Tributario, para hacer efectivo el cobro, contados a partir desdeó la fecha en que se hicieron exigibles dichos montos. Lo anteriormente se alado se ve reafirmado, por cuanto, a la fecha deñ presentaci n de esta demanda, no se ha efectuado requerimiento judicialó alguno en contra de su representado, destinado a obtener el pago por v aí judicial de los impuestos adeudados, de tal manera que incluso no ha operado la figura de la interrupci n de la prescripci n en favor de la parteó ó demandada, tal como lo dispone el C digo Tributario, en su art culo 201ó í Código: HMGQXNKVRGP Este documento tiene firma electrónica y su original puede s

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, al folio 1, la demandante, dedujo demanda, en juicio de hacienda, de prescripci n de las acciones en contra de la Tesorer aó í General de la Rep blica para el cobro de los impuestos cuyo vencimiento seú Código: HMGQXNKVRGP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl produjo el 14 de diciembre de 2015. SEGUNDO: Al tercer otros del folio 6, la demandada contest laí ó demanda solicitado su rechazo se alando que la acci n de cobro del Fiscoñ ó cuya declaraci n de prescripci n se ha solicitado en este procedimientoó ó ordinario, fue ejercida en su oportunidad por el Servicio de Tesorer a y queí la acci n de cobro del fisco no se encuentra prescita.ó TERCERO: Que corresponde al demandante el onus probandi, y de acuerdo a lo establecido en el inciso 1 del art culo 1698 del C digo Civil,° í ó ste acompa los documentos no objetados por la contraria, consistente en:é ñó 1.- Copia de mandato judicial en donde consta su personer a paraí representar a Sociedad Inform tica I.W. Limitada, Rut 79.686.180-0, la queá consta en copia de escritura p blica de fecha 27 de junio de 2023, otorgadaú ante Notario P blico de la ciudad de La Uni n, do a Alejandra Anguloú ó ñ Sandoval, con firma electr nica avanzada, anotado bajo el repertorioó N 848-2023, y cuyo c digo de validaci n es OTR-230628-1220-25225,º ó ó verificando su vigencia y cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley en el sitio web www.cbrchile.cl.- 2.- Certificado de deuda emitido por la Tesorer a General de laí Rep blica, con su respectivo c digo de barras, donde consta en detalle de laú ó deuda de su representada. CUARTO: Por su parte, la demandada rindi prueba documentaló consistente en: 1.- Resoluci n de nombramiento y resoluci n de pr rroga deó ó ó contrata. 2.- Certificado de deudas del contribuyente. 3. Notificaci n y requerimiento de pago respecto a los expedientesó que registra el demandante ante nuestra instituci n.ó 4.- Resoluci n Judicial que ordena el remate del inmueble de laó demandante. 5. Ley que ampl a la competencia de los abogados del Servicio.í QUINTO: Que conforme a los art culos 2492 y 2514 del C digoí ó Civil, para que opere la prescripci n que extingue las acciones y derechosó ajenos, s lo se exige cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayanó ejercido dichas acciones, el que se cuenta desde que la obligaci n se haó Código: HMGQXNKVRGP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl hecho exigible. Por su parte, el art culo 2521 del mismo C digo, establece queí ó prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos. Por su parte, los art culos 200 y 201 del C digo Tributario establecení ó que el plazo ordinario para perseguir el pago de los tributos adeudados es de tres a osñ , el cual se cuenta desde la fecha en que debi hacerse el pagoó del

Fallo

Por lo expuesto y las disposiciones legales que cita, pide tener por interpuesta demanda de prescripci n, en Juicio de Hacienda, en contra deó la Tesorer a General de la Republica, debidamente representada, acogerla yí en definitiva se declare prescrita la acci n de cobro que tiene dicha entidadó respecto de los impuestos adeudados, m s sus intereses, reajustes y multas,á seg n corresponda, lo anterior con expresa condena en costas, en caso deú oposici n.ó Al folio 5, con fecha 31 de julio de 2023, se notific a la representanteó de la demandada de la acci n deducida en su contra.ó Al tercer otros del folio 6, la demandada contest la demanda ení ó conformidad a los siguientes fundamentos. I.- ANTECEDENTES DE HECHO. La demanda interpuesta por el contribuyente, Sociedad Inform tica Iá W Limitada 79.686.180-0 debidamente representado, pretende la declaraci n de prescripci n de los folios que alude, los cuales, producto deló ó no pago de ste, el Servicio de Tesorer a, procedi a demandaré í ó ejecutivamente al contribuyente, existiendo los siguientes expedientes administrativos con cobranza VIGENTE seg n tabla que detalla y que elú caso del autos se encuentra contenido en el expediente administrativo 10.013-2016 La Uni n.ó II.- PROCEDENCIA DE DEMANDAR EN JUICIO ORDINARIO El C digo Tributario no define la prescripci n extintiva, raz n por laó ó ó cual es necesario remitirse al art culo 2492 del C digo Civil que se ala queí ó ñ la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajena

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-2327-2023 CARATULADO : SOC INFORMATICA I W LIMITADA/TESORER A GENERAL DE LA REP BLICA CHILEÍ Ú Valdivia, a diecis is de mayo de dos mil veinticuatro. é VISTOS: Al folio 1, don Mauricio M. Vel squez Guerra, abogado, chileno,á casado, Rut 13.320.153-k, con domicilio en calle Independencia 630, oficina 210, de la ciu

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