1º Juzgado de Letras de San Felipe

GÓMEZ/LÓPEZ

Rol

C-265-2023

Fecha

15 de mayo de 2024

Materia

SENTENCIA PENAL CONDENATORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que se ha iniciado este proceso Rol C-265-2023, juicio sumario sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, caratulada “Gómez con López” por demanda interpuesta por don Nelson Iván Gómez Mesa, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Toro Mazote N°191, comuna de San Felipe, en contra de don Guillermo César López Elgueda, ignora profesión u oficio, domiciliado en Pasaje Luis Rossi N°184, Villa Carmen y Dolores, comuna de San Felipe, solicitando se condene al demandado, al pago de la suma total de $738.580.-, por concepto de indemnización de perjuicios, a consecuencia de lesiones leves proferidas por el demandado, más reajustes e intereses, con costas. Funda su demanda en que el día 24 de julio de 2022, aproximadamente a las 21:00 horas, se encontraba en el restaurante de nombre “Santa Ana” ubicado en calle Dos Oriente sin N°, sector Huertos Familiares, comuna de Til Til, cuando repentinamente, sin mediar provocación alguna, el demandado, Guillermo Cesar López Elgueda, le agrede violentamente con un potente golpe de puño en sus ojos. Que a raíz de lo anterior, resultó con lesiones leves, consistentes en “trauma facial complicado con hemorragia subconjuntival”, según certificado médico que acompaña. Refiere que en sede penal, los hechos descritos, son constitutivos del delito falta de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal, en grado de consumado, siendo acogida la acción penal por sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Garantía de Colina de fecha 14 de octubre de 2022, se condenó al demandado a una multa a beneficio fiscal de una unidad tributaria mensual, como autor de la falta lesiones leves, descritas y sancionadas en el artículo 494 N°5 del Código Penal, perpetrado el 24 de julio de 2022, en contra de su persona, en la comuna de Til Til. Manifiesta que el daño ocasionado sigue estando presente, y es menester señalar que lo motivó la condena por el referido delito de lesiones

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de enero de 2023, folio 1, comparece don Nelson Iván Gómez meza, e interpone demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual, en contra de don Guillermo César López Elgueda, ambos ya individualizados, en la que solicita se condene al demandado, al pago de: $500.000.- por daño moral; 200.000.-, por lucro cesante, $38.580.- por daño emergente, con un total de $738.580.-, ello a consecuencia de lesiones que le profirió el demandado el día 4 de mayo de 2019, conforme a los fundamentos ya reseñados en lo expositivo del presente fallo, citando además como fundamento de derecho las disposiciones legales que señala. SEGUNDO: Que la parte demandante no contestó la demanda de indemnización de perjuicios deducida en su contra, la que se tuvo por contestada en su rebeldía, en el comparendo de estilo de rigor de folio 13, TERCERO: Que la parte demandante a fin de acreditar los fundamentos fácticos de su acción, rindió las siguientes probanzas: DOCUMENTAL: En su escrito de demanda de folio 1 y presentación de folio 24: 1.- Copia de resolución condenatoria emitida por el juzgado de garantía de Colina de fecha 14 de octubre. 2.- Diagnóstico médico y receta médica emitidos por oftalmólogo, con bono de atención de urgencia. 3.- Fotografías de ojos dañados. 4.- Informe psicológico emitido por psicóloga Romanette Aldunce Díaz. 5.- Bono de atención de salud de Fonasa, por consulta psicológica. 6.- Liquidación de remuneraciones. 7.- Boletas de pago en farmacia por medicamentos oftalmológicos. 8.- Información general de causa penal terminada, emitida por Fiscalía. 9.- Parte denuncia penal en Fiscalía. 10.- Orden del Juzgado de garantía de San Felipe de cumplir notificación a raves Código: RWYMXNSWMQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Centro Integrado de Notificaciones Judiciales. TESTIMONIAL: Con la declaración del testigo, Francisco Andrés Pamparana Barraza, quien en síntesis, a folio 29 expone: Que los hechos descritos son efectivos, los que presenció al estar almorzando en una meza distinta a la demandante, el agresor vino desde otra meza y le dio un golpe de puño en la cara; después él le indicó que el agresor era un compañero de trabajo y le indicó su nombre, quedando con su ojo izquierdo hinchado; que no presenció ninguna discusión previa ni motivo alguno que provocara la agresión; que el golpe ocasionó al actor una lesión en el ojo izquierdo, por el cual pagó la respectiva atención médica. CUARTO: Que la demandada por su parte, no rindió prueba alguna en la presente causa, encontrándose rebelde en la instancia. QUINTO: Que, de la prueba rendida en autos, ya reseñada, consistente en documental no objetada de contrario, en especial copia de sentencia ejecutoriada dictada en causa RUC 2200721143-4 del Juzgado de Garantía de Colina, copia antecedentes de denuncia de Carabineros de Fiscalía Chacabuco y copia de certific

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 159, 160, 170, 342, 346, 384 del Código de Procedimiento Civil; artículos 1437, 1698, 2314, 2320 y 2329 del Código Civil, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual deducida por la parte demandante, en cuanto se condena al demandado, Guillermo Cesar López Elgueda, a pagar al actor Nelson Iván Gómez Mesa, las siguientes indemnizaciones por daño causado: 1.- $18.422.- por concepto de daño emergente. 2.- $500.000.-, por concepto de daño moral. ll.- Que las sumas ordenada pagar se reajustarán de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor desde la fecha en que la presente sentencia quede ejecutoriada, percibiendo intereses corrientes para operaciones reajustables a contar de la misma fecha y hasta su pago efectivo. III.- Que no se condena en costas a la parte demandada por no haber sido totalmente vencida. Notifíquese legalmente. Rol C-265-2023. Código: RWYMXNSWMQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictado por don Omar Antonio Cifuentes Mena, Juez Titular. Autoriza don Ricardo Araya Quiroga, Secretario Subrogante. En San Felipe, a quince de Mayo de dos mil veinticuatro, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: RWYMXNSWMQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ver

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FOJA: 34 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-265-2023 CARATULADO : G MEZ/L PEZÓ Ó San Felipe, quince de mayo de dos mil veinticuatro Vistos: Que se ha iniciado este proceso Rol C-265-2023, juicio sumario sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, caratulada “Gómez con López” por demanda interpuesta por don Nelso

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