Juzgado de Letras de Cauquenes

GONZÁLEZ/

Rol

V-215-2022

Fecha

15 de mayo de 2024

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 35, 44 N°5 y siguientes, 57, 58, 59, 60, 71 y siguientes, 79, 80, 81, 82, 85, 86, 87 del Código de Minería, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBAN el acta de mensura y plano de pertenencias acompañados; teniéndose como fecha de presentación de la manifestación el 26 de septiembre de 2019. II.- Que, SE DECLARAN constituidas las pertenencias mineras de explotación " VALDIVIA PRIMERA 2, 1 AL 60", en favor de VIÑA SANTA CAROLINA S.A, empresa chilena del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.644.340-5, ubicadas en la Región del Maule, Provincia de Cauquenes, Comuna de Cauquenes, lugar Oeste La Carolina, con una superficie total de 300 hectáreas y mensuradas el 22 de junio de 2023. III.- EXTRÁCTESE y PUBLÍQUESE la presente Sentencia Constitutiva en los términos a que se refiere el artículo 90 del Código de Minería. IV.- ENTRÉGUESE al interesado de copia de esta sentencia constitutiva – si la requiere - pudiendo obtenerla directamente del sistema de tramitación de causas por contar con firma electrónica avanzada en los términos del artículo 4 de la Ley 20.886.-, original del plano y copia del acta de mensura; CÚMPLASE por éste lo dispuesto en el artículo 42, inciso 1º del Reglamento del Código de Minería; entregando los mismos al Servicio Nacional de Geología y Minería. Código: CLXXXNTGKPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl V.- INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva, conjuntamente con copia del acta, en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Cauquenes, y archívese copia del plano de mensura en el mismo Registro del citado Conservador. Regístrese y notifíquese por estado diario, de conformidad al inciso 4° del artículo 86 del Código de Minería ROL V-215-2022 Dictada por la señora Andrea del Pilar Suazo Quiroz, Jueza Titular del Juzgado de Letras de Cauquenes. Con esta fecha se not

Fundamentos

CONSIDERANDO: ऀPRIMERO: Que, con fecha 25 de marzo de 2022, a folio 01, comparece don JOSÉ JOAQUÍN GONZÁLEZ ERRÁZURIZ, chileno, casado, abogado, cédula de Identidad Nº 6.550.944-K, en representación de “VIÑA SANTA CAROLINA S.A.”, empresa chilena del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.644.340-5, ambos con domicilio en Avda. El Bosque Norte 0177, Oficina 2202, Las Condes. ऀExpone que mediante sentencia de fecha 8 de abril de 2020, dictada por el Juzgado de Letras de Cauquenes, en la causa Rol V-160-2019, se constituyó la concesión de exploración denominada "VALDIVIA PRIMERA 2”, a nombre de su representada. Dicha sentencia se inscribió a fojas 199 vta. N° 54 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Cauquenes, correspondiente al año 2020. ऀEn mérito de ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el N° 5 del artículo 44 del Código de Minería, por este acto vengo en solicitar a S.S. tener presente que esta manifestación se hace en uso del derecho que otorga la mencionada concesión de exploración “VALDIVIA PRIMERA 2”, de propiedad de su representada.ऀ En este mismo sentido, señala que corresponde tener presente la norma contenida en el artículo 114 del Código de Minería, en cuanto dispone que: “durante la vigencia de la concesión de exploración, sólo su titular puede manifestar pertenencia dentro de los límites de aquella”. ऀIndica que conforme a lo dispuesto por el inciso 2° del artículo 41 del citado cuerpo codificador, esta manifestación debe tenerse por presentada el 26 de Código: CLXXXNTGKPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl septiembre de 2019, por corresponder a la fecha en que se presentó el pedimento denominado “VALDIVIA PRIMERA 2”, que dio origen a la concesión de exploración en que se funda esta manifestación. ऀPrecisado lo anterior, en ejercicio del derecho preferente establecido en las disposiciones citadas, vengo en manifestar los terrenos comprendidos por la citada concesión de exploración “VALDIVIA PRIMERA 2”, con el objeto de constituir una concesión de explotación de sustancias concesibles, de una superficie total de 300 hectáreas. Esta concesión de explotación comprende 60 pertenencias, de 5 hectáreas cada una, las que se denominarán sucesiva y correlativamente “VALDIVIA PRIMERA 2, 1 AL 60". El Punto de Interés del terreno manifestado se encuentra ubicado en la Comuna de Cauquenes, Provincia de Cauquenes, Región del Maule y sus coordenadas U.T.M. referidas al Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Huso 18, son las siguientes: Norte 6.010.200,00 metros y Este 741.200,00 metros. De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 46 del Código de Minería, hago presente que el terreno manifestado es el comprendido dentro de un rectángulo, trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto de interés ya mencionado, siendo la longitud de sus

Fallo

Por tanto, visto además lo dispuesto en los artículos 35, 44 N°5 y siguientes, 57, 58, 59, 60, 71 y siguientes, 79, 80, 81, 82, 85, 86, 87 del Código de Minería, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBAN el acta de mensura y plano de pertenencias acompañados; teniéndose como fecha de presentación de la manifestación el 26 de septiembre de 2019. II.- Que, SE DECLARAN constituidas las pertenencias mineras de explotación " VALDIVIA PRIMERA 2, 1 AL 60", en favor de VIÑA SANTA CAROLINA S.A, empresa chilena del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.644.340-5, ubicadas en la Región del Maule, Provincia de Cauquenes, Comuna de Cauquenes, lugar Oeste La Carolina, con una superficie total de 300 hectáreas y mensuradas el 22 de junio de 2023. III.- EXTRÁCTESE y PUBLÍQUESE la presente Sentencia Constitutiva en los términos a que se refiere el artículo 90 del Código de Minería. IV.- ENTRÉGUESE al interesado de copia de esta sentencia constitutiva – si la requiere - pudiendo obtenerla directamente del sistema de tramitación de causas por contar con firma electrónica avanzada en los términos del artículo 4 de la Ley 20.886.-, original del plano y copia del acta de mensura; CÚMPLASE por éste lo dispuesto en el artículo 42, inciso 1º del Reglamento del Código de Minería; entregando los mismos al Servicio Nacional de Geología y Minería. Código: CLXXXNTGKPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en htt

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Nomenclatura : 1. [40] Sentencia Juzgado : Juzgado de Letras de Cauquenes Juez : Andrea del Pilar Suazo Quiroz Causa Rol : V-215-2022 Solicitante : VIÑA SANTA CAROLINA S.A. R.U.N. : 96.644.340-5 Procedimiento : Voluntario. Materia : Manifestación Minera. Código : M01M Ingreso : 25 de marzo de 2022. Cauquenes, a quince de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO:

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