Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

LLAMARA GROUP SPA/

Rol

V-5451-2023

Fecha

14 de mayo de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña FRANCISCA ARAYA CONTRERAS, chilena, casada, Ingeniero civil Oceánico, cédula nacional de identidad N° 16.552.130-7, en representación de LLAMARA GROUP SpA, sociedad de nacionalidad chilena del giro de su denominación, RUT 77.389.274-1, ambos domiciliados en Pasaje Carolinas 22, Lote 25 Jardines Mar, Huasco, presentó con fecha 18 DE DICIEMBRE DE 2023, el Pedimento Minero denominado “TRINIDAD A 2” solicitando la concesión de este. SEGUNDO: Que dicho pedimento se inscribió a fojas 73 bajo el número 73 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2024. TERCERO: Que el pedimento antes referido se publicó con fecha LUNES 15 DE ENERO DE 2024, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que con fecha 29 DE ABRIL DE 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley, y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento minero denominado “TRINIDAD A 2” materia de esta concesión son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) P.M 7.628.500,00 449.000,00 V1 7.629.000,00 448.500,00 V2 7.629.000,00 449.500,00 V3 7.628.000,00 449.500,00 V4 7.628.000,00 448.500,00 Y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería, y artículo 42 del Reglamento

Fallo

SE DECLARA: SE APRUEBA el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada “TRINIDAD A 2” con una superficie total de 100 HECTÁREAS, a favor de su solicitante LLAMARA GROUP SpA, ya individualizado. Código: GXQHXNGYTDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a quince de mayo de dos mil veinticuatro, notifíquese por el estado diario de hoy la sentencia que antecede. /mgr Código: GXQHXNGYTDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede se

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FOJA: 13 .- trece .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-5451-2023 CARATULADO : LLAMARA GROUP SPA/ POZO ALMONTE, QUINCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña FRANCISCA ARAYA CONTRERAS, chilena, casada, Ingeniero civil Oceánico, cédula nacional de identidad N° 16.552.130-7, en representación de LLAMARA GROUP

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