2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BRAVO/LEYTON

Rol

C-133-2021

Fecha

14 de mayo de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que a folio 01 comparece don Marcelo Díaz Sanhueza, abogado, en representación de doña Allyson Daniella Sofhia Bravo Muñoz, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N°548 oficina 801, de Antofagasta; quien deduce demanda en juicio ordinario de cobro de pesos en contra de don Mauricio Antonio Leyton Cortes, ingeniero ejecución industrial, domiciliado en Avenida Benito Ocampo N°10.825 departamento I-12, Condominio Plaza Norte VI y/o Santa Lucía N°544, Salitreras Unidas, ambas de Antofagasta. Funda su demanda en que con fecha 25 de noviembre de 2015, su representada y el demandado, constituyeron una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada cuya razón social es “Sociedad Ingeniería y Comercializadora Plenium Limitada”, RUT N°76.503.657-7, con domicilio en la ciudad de Antofagasta, cuyo giro corresponde a la actividad comercial en sus formas más amplias, incluyendo la compraventa, importación, exportación, distribución, comercialización, arrendamiento, mantenimiento y montaje de toda clase de bienes y obras. Indica que las facultades de administración comercial y financiera, las mantenía el demandado, quien, aprovechándose de esa circunstancia, el año 2016 se apropió indebidamente de la suma de $87.449.181.-, correspondiente a dineros que recibió de la empresa que no corresponden a utilidades y de parte de terceros, que no restituyó a la empresa, realizando giros en cajeros automáticos compras en retail y 1 Código: DCXSXNYNZCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl supermercados, comida, farmacias, veterinaria y transferencias de fondos a su hija, que no tienen relación con la empresa, como giros a favor de terceros sin respaldo o justificación, como de operaciones efectuadas con ocasión de factoring que recibió en su cuenta, de la empresa, sin reintegro, causando perjuicio a la demandante por el monto de dinero antes mencionado, que le correspondían por concepto de utilidade

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: En autos ha comparecido don Marcelo Díaz Sanhueza, abogado, en representación de doña Allyson Daniella Sofhia Bravo Muñoz, quien interpuso demanda de cobro de pesos en juicio ordinario en contra de don Mauricio Antonio Leyton Cortes, en virtud de la cual persigue el pago de la suma de $43.724.590.-, por concepto de 50% dineros sociales apropiados del ejercicio tributario 2016, verificado en operación renta 2017, más intereses corrientes a contar del 30 de abril de 2017, con costas. SEGUNDO: La parte demandada únicamente evacuó el trámite de dúplica, negando y controvirtiendo los hechos vertidos en el libelo, además de otras argumentaciones que ya fueron reseñadas supra. TERCERO: La parte demandante, con el fin de acreditar sus alegaciones, allegó los siguientes medios de prueba: I.- DOCUMENTAL: 1).- Copia de escritura pública titulada “Constitución de Sociedad, Sociedad Ingeniería y Comercializadora Plenium Limitad y/o Plenium Ltda.”, repertorio N°2697-2015, de fecha 25 de noviembre del año 2015, firmas autorizadas ante Notario Público Gabriel Guerrero González, de la Primera Notaría de Antofagasta. 2).- Copia escritura pública titulada “Delegación de Facultades, Sociedad Ingeniería y Comercializadora Plenium Limitad y/o Plenium Ltda., a María Lorena Mabel Muñoz Cáceres”, repertorio N°6985-2016, de fecha 13 de septiembre 5 Código: DCXSXNYNZCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del año 2016, firmas autorizadas ante Notario Público doña María Soledad Lascar Merino, de la Sexta Notaría de Antofagasta. 3).- Copia documento titulado “Listado de movimientos moneda nacional”, emitido por el Banco de Chile, con fecha 20 de enero del año 2017. 4).- Copia documento “Querella”, con cargo de autorización poder de fecha 26 de enero del año 2016. 5).- Copia documento compuesto por 335 páginas, alusivos a causa RUC N°1710003910-9, llevada ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta. 6).- Copia documento titulado “Informe Pericial Contable”, N°18/2020, de fecha 6 de marzo del año 2020, emitido por el Laboratorio de Criminalística Regional Antofagasta, Policía de Investigaciones de Chile. 7).- Copia documento titulado “Informe Pericial Contable”, N°54/2018, de fecha 5 de septiembre del año 2018, emitido por el Laboratorio de Criminalística Regional Antofagasta, Policía de Investigaciones de Chile. 8).- Expediente digital causa O-1436-2017, llevada ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, caratulada “Allyson Daniella Sofhia Bravo Muñoz/Mauricio Antonio Leyton Cortés”. 9).- Copia acta audiencia y resolución “Auto de apertura juicio oral”, de fecha 10 de junio del año 2022, RUC N°1710003910-9, RIT O-1436-2017, llevada ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta. II.- TESTIMONIAL: A folio 69, comparece doña Carmen Patricia Correga Burgos, quien debidamente juramentada, declara conocer a ambas partes desde el año 2012, por motivos del colegio, los hijos de los tres (A

Fallo

Por tanto, a partir de los hechos tenidos por acreditados reseñados supra, la normativa analizada y transcrita previamente, resulta posible colegir que en un principio ambos socios poseían facultades de administración en los distintos campos ya aludidos, posteriormente, con fecha 23 de junio del año 2016, la demandante delegó al demandado las facultades en orden bancario y crediticio; siendo en consecuencia este último mandatado para el manejo económico y contable de la sociedad. Además, se observa en la escritura de constitución que las ganancias y pérdidas se repartirán en proporción de sus aportes, es decir, cincuenta por ciento para cada socio. NOVENO: En resumidas cuentas, el quid del asunto consiste en determinar si el demandado incumplió con las obligaciones que le pesaban como socio con facultades de administración crediticia y bancaria, tanto en lo que respecta a la distribución de las ganancias y pérdidas, como a una eventual distracción de fondos sociales. 13 Código: DCXSXNYNZCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Resultan de suma relevancia para este punto, los documentos acompañados por la parte demandante, y no objetados de contrario, consistentes en el “Informe Pericial Contable” N°54/2018, de fecha 5 de septiembre del año 2018, emitido por el Laboratorio de Criminalística Regional Antofagasta, Policía de Investigaciones de Chile; e “Informe Pericial Contable” N°18/2020, de fecha 6 de marzo del

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NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ANTOFAGASTA. CAUSA ROL : C-133-2.021. CARATULADO : BRAVO/LEYTON MATERIA : ORDINARIO MAYOR CUANTÍA. COBRO DE PESOS. CÓDIGO : C08A DEMANDANTE : ALLYSON DANIELLA SOFHIA BRAVO MUÑOZ R.U.T. : 19.445.726-K DEMANDADO : MAURICIO ANTONIO LEYTON CORTES R.U.T. : 10.449.604-0 FECHA INICIO : 18.01.2.021. Antofagasta, a catorce de may

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