3º Juzgado Civil de Viña del Mar

BOÑAR/

Rol

V-37-2024

Fecha

14 de mayo de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: I.- De la solicitud de autorización judicial para enajenar. En lo principal de la presentación de 19 de febrero de 2024, que se lee en el folio 1, compareció doña Marcela Sánchez Valencia, abogada, cédula nacional de identidad N°9.569.462-4, en representación convencional de doña María Soledad Boñar Arenas, cédula nacional de identidad N°6.492.430-3, dueña de casa, domiciliada en Condominio Prados de Montemar, Blanca Estela 1055, departamento 643, comuna de Concón, en su calidad de curadora definitiva de su padre, don Manuel Boñar Alonso, quien solicitó autorización para enajenar el inmueble ubicado en el Edificio Alicante, Uno Norte 969, departamento 63 del piso 6, del estacionamiento 36 y de la bodega número 8, ambos del piso -1 (subterráneo), ubicado en la comuna de Viña del Mar, individualizados en los planos agregados con los números 3771 el departamento y 3770 el estacionamiento y la bodega, ambos en el Registro de Documentos del Conservador de Viña del Mar de 2006, en base a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expuso. Primeramente, refirió que la calidad de curadora definitiva de su padre don Manuel Boñar Alonso, consta en escritura pública inscrita en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar de 2022, a fojas 3141 número 3673. Asimismo, detalló que don Manuel Boñar, de 96 años de edad a la fecha de su solicitud, es dueño exclusivo del inmueble previamente singularizado, correspondiendo los deslindes del inmueble donde se levanta el edificio, al lote cuatro, individualizado en el plano de fusión agregado con el número 1765 al Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del 2005, encerrados en el Polígono A-B-C-D-A, son los siguientes: AL NORTE, en 28 metros con propiedad de don Miguel Acatini, hoy lote tres Rol 11-3 y en 12 metros con propiedad del vendedor, hoy lote seis, Rol 11-6; AL SUR, en 40 metros 20 centímetros con calle uno Norte; AL ORIENTE, en 30 metros con propiedad de las señoritas Errázuriz, hoy lote 5, Rol 11-5; y AL PONIENTE, en 30 metros con pasaje particular; encerrando una superficie de 1.206 metros cuadrados. Además, pormenorizó en que se comprenden los derechos de dominio proporcionales en los bienes comunes del edificio y en el terreno. Código: MJMXXNDVXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Agregó que el título de dominio a nombre de don Manuel Boñar Alonso se encuentra inscrito a fojas 6754 vuelta N°8390 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al 2006, siendo este inmueble un departamento ubicado en el Edificio Alicante, Uno Norte 969 de Viña del Mar. En cuanto al estado de necesidad y socorro; y la conveniencia de la venta, manifestó que es de gran utilidad para don Manuel Boñar, ya mayor de edad, que la propiedad referida se enajene, pues a pesar de todos los medios que sus hijas aportan, han llegado a un estado de necesidad económica para mantener el estándar de vida que don Manuel ha tenido durante toda su vida, irónicamente, indicó que pese a tener esa propiedad, no posee ahorros, y su salud es delicada, por lo tanto, requiere de ayuda permanente, atendida su condición de salud física y mental que se deteriora gravemente conforme sigue pasando el tiempo. Expuso que don Manuel Boñar y su señora, requieren cuidado y protección especiales y personalizadas, ya que a modo de ejemplo, él no puede realizar actividades cotidianas de la vida diaria, tales como alimentarse adecuadamente (no puede cocinar), preocuparse de su higiene personal, su entorno habitacional ha sido cómodo siempre y actualmente las hijas siguen procurando que sea así, y además debe someterse a tratamientos médicos que mejoren su calidad de vida (padece demencia senil), es decir, necesita derechamente de profesionales o dependientes que la asistan en todo ámbito y en todo momento, lo cual acarrea un gasto económico alto y p

Fallo

se declara: I.- Que se hace lugar a la solicitud de autos y en consecuencia, se concede autorización judicial a doña María Soledad Boñar Arenas, ya individualizada, en su calidad de curadora definitiva, para enajenar los derechos de dominio que tiene su pupilo don Manuel Boñar Alonso, que recaen en el conjunto de propiedades ubicadas en Uno Norte N° 969, comuna de Viña del Mar, que se encuentran inscritas a su nombre a fojas 6754 vuelta número 8390 del Código: MJMXXNDVXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Registro de Propiedad del año 2006, de cargo del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar; y que corresponden al departamento 63 del piso 6, al estacionamiento número 36 y a la bodega número 8, ambos del piso menos uno (subterráneo), todos del “Edificio Alicante”, en una suma no inferior a $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos), debiendo efectuarse dicha enajenación en pública subasta. II.- Que se concede un plazo de seis meses para hacer uso de esta autorización, contados desde que la presente sentencia definitiva se encuentre ejecutoriada. Notifíquese a la apoderada de la solicitante al correo electrónico indicado en el folio 3. Una vez hecho, regístrese, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Dictada en los autos Rol V-37-2024 por Esteban Andrés Gómez Barahona, juez del Tercer Juzgado Civil de Viña del Mar. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el i

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Viña del Mar CAUSA ROL : V-37-2024 CARATULADO : BOÑAR/ Viña del Mar, catorce de mayo de dos mil veinticuatro Visto: I.- De la solicitud de autorización judicial para enajenar. En lo principal de la presentación de 19 de febrero de 2024, que se lee en el folio 1, compareció doña Marcela Sánchez Valencia, abogada, cédula nacional de iden

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica