FLORES/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (DS 755, LOTE 69-A)
Rol
C-17636-2023
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 17 de octubre de 2023, folio 1, comparece don Mario Armando Cortez Mu oz y don Alex Esteban Sep lveda Rodas, abogados,ñ ú mariocortezabogado@gmail.com, en representaci n de don ó Pedro Willy Flores Lagos, empleado, todos con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat N 407,° departamento 501, de la comuna de Santiago, quienes vienen en deducir demanda de indemnizaci n de perjuicios, en juicio de hacienda, en contra del ó Fisco de Chile, representado legalmente por don Ra l Letelier Wantenberg, presidente del Consejoú de Defensa del Estado, con domicilio en Agustinas N 1225, 4 piso, de la comuna deº ° Santiago, por los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expone. Con fecha 22 de enero de 2024, folio 11, consta la notificaci n de la demandaó al demandado, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Con fecha 12 de febrero de 2024, folio 12, comparece do a Danielañ Dom nguez Dom nguez, Abogado Procurador Fiscal de Santiago (s), del Consejo deí í Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, contestando la demanda de autos. Con fecha 20 de febrero de 2024, folio 16, la parte demandante evac a elú tr mite de r plica.á é Con fecha 06 de marzo de 2024, folio 20, la parte demandada evac a elú tr mite de d plica.á ú Con fecha 12 de marzo de 2024, folio 21, se recibi la causa a prueba, siendoó la resoluci n notificada a la parte demandante expresamente el d a 25 de marzo deó í 2024, folio 23; y por c dula a la parte demandada, el 27 de marzo de 2024, folio 24,é sin que se haya deducido recurso alguno en su contra. Con fecha 06 de mayo de 2024, folio 27, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 17 de octubre de 2023, folio 1, don Mario Armando Cortez Mu oz y don Alex Esteban Sep lveda Rodas, abogados, enñ ú representaci n de don Pedro Willy Flores Lagos, ya individualizado, deducenó demanda de indemnizaci n de perjuicios, en juicio de hacienda, en contra del Fiscoó de Chile, tambi n ya individualizado, fundado en los antecedentes expuestos por elé propio demandante, quien se ala que el 17 de julio de 1989, para efectos de llamar lañ Código: XWDXXNWSWXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:mariocortezabogado@gmail.com C-17636-2023 Foja: 1 atenci n de las autoridades sobre el problema de pobladores sin casa, junto a otrosó vecinos que viv an de allegados con familiares, realiz una toma pac fica de unasí ó “ í ” viviendas en construcci n en la poblaci n Salvador Dal de la comuna de La Pintana.ó ó í Explica que en un determinado momento llegaron Fuerzas Especiales de Carabineros, quienes ingresaron a la poblaci n disparando sus armas, lanzando bombasó lacrim genas y arrestando con gran violencia a los afectados, siendo v ctima de golpesó í con las culatas de sus fusiles y testigo de c mo un Carabinero dispar a una vecinaó ó embarazada, causando su muerte y la de su beb en gestaci n. Menciona que losé ó sacaron del lugar con golpes, siendo trasladados a la 41 Comisar a de La Pintana,° í donde los separaron por sexo, los dejaron sentados en el suelo y les gritaron que los fichar an de extremistas, siendo con posterioridad enviados a un lugar desconocido“ í ” donde escuchaban gritos de dolor de los detenidos, por lo que estima que deb a serí un lugar de tortura. Se ala que a eso de las 03:00 horas del segundo d a, los hicieronñ í desnudarse, mientras los intimidaban con golpes y amenazas y que al tercer d a loí llevaron a la Fiscal a Militar, donde amarrado y con los ojos vendados lo interrogaroní respecto a los dirigentes de la
Fallo
Por tanto, solicita al Tribunal tener por contestada la demanda de autos, y con su m rito, conforme a las excepciones, defensas y alegaciones opuestas, rechazar dichaé acci n indemnizatoria en todas sus partes, con costas, y en subsidio, rebajaró sustancialmente el monto indemnizatorio pretendido; TERCERO: Que con fecha 20 de febrero de 2024, folio 16, la parte demandante evac a el tr mite de r plica, ratificando los fundamentos de hecho y deú á é derecho contenidos en la demanda y adem s, exponiendo lo siguiente. á Respecto a la excepci n de reparaci n integral deducida por el Fisco, sostieneó ó que no existe norma alguna que d lugar a la incompatibilidad de los beneficiosé recibidos con la indemnizaci n solicitada. Adem s, expresa que la normativa citadaó á por el Fisco, de car cter asistencial y administrativa, fue dictada para reparar el da oá ñ moral sufrido por las v ctimas de violaciones a los Derechos Humanos, normativa queí es asumida voluntariamente por el Estado y que no significa en ning n caso laú renuncia de la v ctima a ejercer la presente acci n judicial. í ó Código: XWDXXNWSWXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17636-2023 Foja: 1 Luego, tras citar jurisprudencia y el art culos 5 inciso 2 de la Constituci ní ° ó Pol tica de la Rep blica y art culo 24 inciso 1 de la Ley N 19.123, destaca que laí ú í ° ° “ Comisi n consider que las v as de reparaci n administrativa y judicial sonó ó í ó comple
Texto Completo (Preview)
C-17636-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17636-2023 CARATULADO : FLORES/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO Santiago, trece de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 17 de octubre de 2023, folio 1, comparece don Mario Armando Cortez Mu oz y don Alex Esteban Sep lveda Rodas, abogados,ñ ú mariocortezabogado@gmail.com, en representa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica