Juzgado de Letras de Limache

ESTAY/ACEVEDO

Rol

C-540-2022

Fecha

13 de mayo de 2024

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 24 de junio de 2022, compareci do a Ximenaó ñ Jeanette Estay Valencia, labores de hogar, con domicilio en Pasaje Marta Brunet N 210, comuna de Limache, deduciendo solicitud de designaci n de° ó juez partidor en contra de Jos David Acevedo Flores, t cnico en topograf a,é é í con domicilio en Pintor Gustavo Cabello Olgu n N 864, departamento 118í ° A, Rancagua. Fund la solicitud en que ó con fecha 07 de febrero de 2002 ante Oficial del Registro Civil de Limache, y en el mismo acto, seg n inscripci nú ó n mero 26 del mismo a o, celebr contrato de matrimonio con elú ñ ó demandado, bajo el r gimen de sociedad conyugal, y que pese a que elé v nculo matrimonial no se ha disuelto, se encuentran separados de hechoí desde el 03 de mayo del a o 2020, motivo por el cual, present ñ ó demanda de separaci n total de bienesó , la cual se conoci ante el ó Juzgado de Familia de Rancagua bajo el RIT C-3895-2021, y cuya sentencia de fecha 18 de abril de 2022 que acogi la demanda y sustituy el r gimen patrimonial, seó ó é encuentra firme y ejecutoriada. Indic queó la sociedad existente con el demandado, es due a de unñ inmueble inscrito a fojas 1083 N mero 1006 del Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Limache del a o 2011í ñ , y que corresponde al sitio N 4, que seg n plano V-5-1370 SU, agregado con el N 284 en elº ú º Registro de documentos del Conservador de Bienes Ra ces de Limache, yí respecto del cual el demandado hace uso de forma gratuita, no teniendo ning n tipo de t tulo especial para ello, por lo que resulta necesario seú í designe a un juez rbitro para efectos de liquidar la sociedad existente entreá las partes. Citó, a modo general, los art culos 227 N 3 del C digo de Org nicoí º ó á de Tribunales, y art culos 628 y 693 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil, y 407 y siguientes del C digo de Comercio y 1098 yó siguientes del C digo Civil, y solicit se cite a las partes a audiencia deó ó designaci n de juez rbitr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: De la demanda.- Que compareci do a Ximenaó ñ Jeanette Estay Valencia, solicitando el nombramiento de un juez partidor para poner t rmino a la comunidad existente con el demandado, quienes seé encuentran separados de bienes, y conjuntamente, peticion el cese de goceó gratuito respecto del bien inmueble inscrito a fojas 1083 N mero 1006 delú Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Limache, delí a o 2011.ñ SEGUNDO: De la contestaci n de la demanda.-ó Que la parte demandada contest la demanda, oponi ndose a la designaci n de juezó é ó partidor por carecer de utilidad manifiesta y solicit el rechazo de laó demanda de cese de goce gratuito, toda vez que la propiedad se encontrar aí arrendada percibiendo la actora la mitad de la renta de arrendamiento. TERCERO: De la resoluci n que recibi la causa a prueba.-ó ó Que, con fecha 22 de diciembre de 2023, a folio 59, conforme a lo prevenido en los art culos 684 y 685 del C digo de Procedimiento Civil, seí ó Código: XTHEXNVHXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl recibi la causa a prueba, y se fijaron como hechos sustanciales, pertinentesó y controvertidos, los siguientes: 1. Efectividad de existir una comunidad sobre el bien inscrito a fojas 1083 N mero 1006 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú Ra ces de Limache del a o 2011. Hechos y circunstancias que lo acrediten.í ñ 2. Efectividad de estar usando el demandado uso gratuito del inmueble. Hechos y circunstancias que lo acrediten. 3. En su caso, efectividad de producir frutos civiles el inmueble de autos. Especie y monto de los mismos. Hechos y circunstancias que lo acrediten. CUARTO: De la prueba rendida por la demandante.- La parte demandante, a fin de acreditar los fundamentos de su acci n, acompa losó ñó siguientes documentos: 1.- Certificado de matrimonio emitido con fecha 24 de junio de 2022, por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, a folio 1.ó 2.- Expediente electr nico Rol C-3895-2021, sobre Separaci nó ó Judicial de Bienes, caratulado Estay con Acevedo, del Juzgado de Familia de Rancagua, a folio 1. 3.- Copia de inscripci n de fojas 1083 N mero 1006 del Registro deó ú Propiedad del a o 2011 del Conservador de Bienes Ra ces de Limache,ñ í emitida con fecha 15 de septiembre de 2022, a folio 42 y 63. 4.- Certificado de hipotecas y grav menes, interdicciones yá prohibiciones, emitido con fecha 15 de septiembre de 2022, por el Conservador de Bienes Ra ces de Limache, a folio 42 y 63. í 5.- Certificado de aval o fiscal emitido por el Servicio de Impuestosú Internos, con fecha 2 de enero de 2024, a folio 63. 6.- Informe de tasaci n de fecha 16 de octubre de 2022, a folio 63.ó QUINTO: De la prueba rendida por la demandada.- Que la parte demandante a fin de acreditar su pretensi n, rindi nicamenteó ó ú prueba instrumental, consistente en: 1.- Contrato de arrendamiento de fecha 1 de septiembre de 2021, a folio 69. 2.- Co

Fallo

Por lo expuesto, no ser a aceptable el hecho de que se nombrenñ í rbitros sin saber de manera cierta si se debe hacer o no dichoá nombramiento dado el perjuicio que podr a ocasionar a las partes, lo que seí ve reforzado con la idea de que los interesados, luego de someter esta materia a arbitraje, no podr n excusarse de pagar los altos honorarios delá rbitro.á Luego, al primer otros de la presentaci n de fecha 3 de agosto deí ó 2022, a folio 8, la parte demandada contest la demanda de cese de usoó gratuito deducida en su contra, solicitando se tenga como parte integrante del presente comparendo, se alando que existe una discordancia entre loñ solicitado por el demandante en lo principal de su demanda y el primer otros de la presentaci n, por medio de la cual por un lado, solicití ó ó designaci n de un juez arbitro y en otro otros , solicit cese del goceó í ó gratuito, poniendo de manifiesto el mal uso de las herramientas procesales, y principio de la econ mica procesal, ya que est sometiendo una materia queó á es de conocimiento del juez rbitro por su naturaleza, seg n se indica en el Titulo noveno, Libro terceroá ú del C digo de Procedimiento Civil, bajo el ep grafe de ó í De los Juicios sobre“ partici n de bienes .ó ” Explico que por lo expuesto, no ve la raz n de someter doblementeó esta materia tanto a un juicio sumario como arbitral, pues claramente podr a regular ambas materias bajo el mismo juicio arbitral. A adi que noí ñ ó procede que se acoja el cese de uso gratuito

Texto Completo (Preview)

FOJA: 61 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : Juzgado de Letras de Limache. CAUSA ROL : C-540-2022. CARATULADO : ESTAY/ACEVEDO. Limache, trece de Mayo de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio 1, con fecha 24 de junio de 2022, compareci do a Ximenaó ñ Jeanette Estay Valencia, labores de hogar, con domicilio en Pasaje Marta Brunet N 210, comuna de Limache, deduciendo solicitud de design

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