PARIS/FUNDACIÓN URBANISMO SOCIAL
Rol
O-3469-2024
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado legal, Feriado progresivo, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. Se tiene por contestada la demanda en su rebeldía. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce, atendida la incomparecencia de la parte demandada. Solicitud parte demandante Consta en audio La parte demandante solicita que se haga efectivo las facultades del artículo 453 N° 1 penúltimo inciso del Código del Trabajo, en relación a tener por admitido tácitamente todo los hechos señalados en la demanda, atendida la rebeldía de la demandada. El tribunal resuelve Consta íntegramente en audio El tribunal atendido la rebeldía a la parte demandada de conformidad a lo dispuesto en artículo 453 N° 1 inciso séptimo el Código del Trabajo, en relación con el inciso final del N° 3 del mismo artículo, el Tribunal omitirá recibir la causa a prueba al no haberse controvertido los hechos expuestos en la demanda y va a dictar sentencias de inmediato. SENTENCIA Se deja constancia que la sentencia se transcribe únicamente en la parte resolutiva, de conformidad al artículo 62 inciso 3° del Acta 71 de la Excma. Corte Suprema, constando íntegramente en el registro de audio. Santiago, tres de julio de dos mil veinticuatro Visto, oído y
Fundamentos
considerando: Primero: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se inició esta causa RIT O-3469-2024, compareciendo la parte demandante doña Javiera Maria París Cameron, cédula de identidad N°15.529.224-5, con domicilio en Warren Smith N° 67 oficina 131, de la comuna de Las Condes, quién dedujo demanda en procedimiento de aplicación general por despido improcedente y cobro prestaciones en contra de la parte demandada Fundación Urbanismo Social, Rut N° 65.022.278-4, con domicilio en Santa Magdalena N° 75, Oficina 304, de la comuna de Providencia.
Fallo
Por estas consideraciones he visto además en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 159 y siguientes, 420, 446 a 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña Javiera Maria París Cameron, ya individualizada, en contra de Fundación Urbanismo Social, ya individualizada, declarándose en consecuencia que el despido de la actora ocurrido el día 1 de marzo del 2024 es improcedente. II.- En consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas por los siguientes conceptos: a) La suma de $1.055.570, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) La suma de $2.111.140, por concepto de indemnización por años de servicio. c) La suma de $633.342, por concepto de recargo legal conforme a lo dispuesto en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. III.- Que las sumas señaladas precedentemente se reajustarán y vengarán los intereses según lo Consigna los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Que cada parte pagará sus costas. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella dentro del quinto día en caso contrario certifíquese dicha circunstancia pase los antecedentes Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT O-3469-2024 Dirigió la audiencia y dictó sentencia don DANIEL EDUARDO LEIVA ROJAS, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario (Audiencia remota) FECHA 03/07/2024, Santiago RUC 24- 4-0574787-8 RIT O-3469-2024 CARATULADO PARIS/FUNDACIÓN URBANISMO SOCIAL MAGISTRADO DANIEL EDUARDO LEIVA ROJAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gerardine Castro Saavedra HORA DE INICIO 09:46 HORA DE TERMINO 09:56 SALA 1.2 Nº REGISTRO DE
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