3º Juzgado Civil de Temuco

NAHUELHUIL/NAHUELHUIL

Rol

C-3893-2022

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don LEONARDO MOISES NAHUELHUIL MU OZÑ , supervisor, domiciliado en Pasaje Rayenco N 01865, comuna deº Temuco y ADRIEL ALEJANDRO NAHUELHUIL MU OZÑ , conductor, domiciliado en Pasaje 16 N 272, comuna de San Rafel, eº indican que por este acto vienen en solicitar disponer el cese de goce gratuito del bien que m s adelante se indica, en procedimiento sumario,á respecto de don FABIAN AAR N NAHUELHUIL MU OZÓ Ñ , t cnicoé nivel superior en la construcci n domiciliado en Pasaje Trabunco 0865,ó comuna de Temuco, en base a las consideraciones de hecho y de derecho que se pasan a exponer. ORIGEN DE LA COMUNIDAD. Seg n constaú en posesi n efectiva concedida por el Director Regional de la Regi n laó ó Araucan a del Servicio de Registro Civil e identificaci n, medianteí ó resoluci n exenta N 7134 de fecha 13 de julio de 2021, se concedi laó º ó posesi n efectiva de los bienes quedados al fallecimiento del causante donó Mois s Augusto Nahuelhuil Contreras, c dula nacional de identidad Né é º 8.783.874-9, a los siguientes herederos: do a DAMARIS SOLEDADñ NAHUELHUIL MU OZ, R.U.N. 21.441.330-2, do a MARIA ALICIAÑ ñ GALINDO SANDOVAL R.U.N. 12.537.990-7, don ADRIEL ALEJANDRO NAHUELHUIL MU OZ R.U.N. 21.107.516-3, donÑ LEONARDO MOISES NAHUELHUIL MU OZ, R.U.N. 22.229.900-4,Ñ don FABIAN AAR N NAHUELHUIL MU OZ, R.U.N. 17.260.925-2 yÓ Ñ don FELIPE ANTONIO NAHUELHUIL GALINDO, R.U.N. 23.365.235- 0. BIEN EN COMUNIDAD. Dentro de los bienes inventariados en la Código: XJVXXNERZXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl posesi n efectiva precedentemente indicada figura el siguiente bien mueble:ó Camioneta marca Toyota, inscripci n GFFK.99-9, a o 2014, modelo NEWó ñ HILUX D CAB 4X4 3.0, n mero de motor 1KDA209447, n mero deú ú chasis MR0FZ22G2E1076778, color ROJO SUPER. DETERMINACI NÓ DE CUOTA HEREDITARIA DEL DEMANDANTE Y DEM SÁ COMUNEROS SOBRE EL BIEN. 1.- Do a MARIA ALICIA GALINDOñ SANDOVAL: En calidad de c

Fundamentos

motivos de conveniencia haó ó í sido reglada dentro de la partici n, puesto que lo m s com n es que seaó á ú tratada dentro del juicio respectivo; sin embargo, corresponde a una de las cuestiones accesorias que pueden ser resueltas por el juez civil ante la ausencia de un partidor designado y por ende, no debe ser resuelta necesariamente por ste (Corte Suprema. Rol N 17.058-2017. 26 08 é ” ° – – 2021. C. 6 ), por lo que pide tener por interpuesta demanda de cese de goceº gratuito en contra del comunero FABIAN AAR N NAHUELHUILÓ MU OZÑ respecto del bien ya indicado, acogerla a tramitaci n y enó definitiva acogerla, reserv ndose esta parte para la etapa del cumplimientoá la determinaci n de la renta por el goce, conforme al art culo 173 deló í C digo de Procedimiento Civil, con expresa condenaci n en costas.ó ó A folio 9 consta notificaci n personal de la demanda al demandado.ó A folio 13, continuada a folio 19 consta acta de audiencia de estilo, ratificando los actores la demanda y contestando el demandado mediante minuta escrita de folio 11 del siguiente tenor: comparece don Luis Alejandro Orme o Ulloa, Abogado, en representaci n de la parte demandada donñ ó FABIAN NAHUELHUIL, en estos autos Rol C: 3893-2022, caratulada Nahuelhuil con Nahuelhuil e indica en el primer otros : Que, por este“ ” í acto y estando dentro de plazo, viene en contestar la demanda de Cese de Goce Gratuito de la cosa en com n, incoada en contra de su representado,ú don Fabian Nahuelhuil, solicitando desde ya su m s absoluto rechazo, porá improcedente, con expresa condena en costas, ello conforme los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho que pasa a exponer: 1. Es efectivo que los demandantes y su representado, son herederos en comunidad de los bienes quedados al fallecimiento de su padre don Mois sé Augusto Nahuelhuil Contreras. 2. Que, sin embargo y como se demostrará en la etapa procesal correspondiente, el certificado de posesi n efectiva,ó existe un n mero mayor de herederos, que conforman esta comunidadú hereditaria, mismos que no son se alados en el libelo, ni como demandanteñ ni demandados. Ni tampoco se alan la calidad en que comparecen, yñ malamente se alan la cuota o porci n que les corresponde dentro de lañ ó herencia, menos a n, la que les corresponder a sobre la camionetaú í Código: XJVXXNERZXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mencionada en su presentaci n. 3. Que de la sola lectura de la demanda seó puede extraer que los demandantes solo se intentan beneficiar con la entrega de la camioneta, misma que como se dijo anteriormente no“ ” se alan en que porcentaje les pertenecer a o se pudiera llegar a entenderñ í que la dividir an entre ellos 2. 4. Que omiten los demandantes que en el“ í ” certificado de posesi n efectiva adem s de la camioneta que intentan haceró á cesar en el uso a su representado, existen 5 propiedades inmuebles y otra camioneta de las mismas o similares caracter stica

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que HA LUGAR a la demanda de cese de goce gratuito de la cosa com n interpuesta a folio 1 por don ú LEONARDO MOISES NAHUELHUIL MU OZ Ñ y don ADRIEL ALEJANDRO NAHUELHUIL MU OZÑ en contra de don FABIAN AAR NÓ NAHUELHUIL MU OZ Ñ y en consecuencia SE DECLARA que el veh culo Camioneta marca Toyota, inscripci n GFFK.99-9, a o 2014,í ó ñ modelo NEW HILUX D CAB 4X4 3.0, n mero de motor 1KDA209447,ú n mero de chasis MR0FZ22G2E1076778, color ROJO SUPER constituyeú Código: XJVXXNERZXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cosa com n y que tienen derecho a usar y gozar todos los comuneros,ú mientras subsista la indivisi n.ó Que conforme lo dispuesto en el art culo 173 del C digo deí ó Procedimiento Civil, res rvase a los actores para la etapa de cumplimientoé del fallo la determinaci n de una renta por el goce del veh culo.ó í II.- Que cada parte soportar sus costas.á An tese, notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Rol Nro.- 3893 - 2022 Dictada por do a ñ MARIA CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADA, Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Código: XJVXXNERZXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, diez de mayo de dos mil veinticuatro Código: XJVXXNERZXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3893-2022 CARATULADO : NAHUELHUIL/NAHUELHUIL Temuco, diez de mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece don LEONARDO MOISES NAHUELHUIL MU OZÑ , supervisor, domiciliado en Pasaje Rayenco N 01865, comuna deº Temuco y ADRIEL ALEJANDRO NAHUELHUIL MU OZÑ , conductor, domiciliado en Pasaje 16 N 272, comuna d

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