RODRÍGUEZ/PROT SECURITY LTDA.
Rol
M-149-2024
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos a Probar Se fijan los siguientes hechos a probar en el presente juicio: 1. Efectividad de haber incurrido la demandada en los hechos y circunstancias que determinan la imputación de incumplimiento grave de las obligaciones señaladas en el contrato en los términos expresados por el actor. Medios de prueba. PARTE DEMANDANTE. Documental: Se procede a incorporar los siguientes documentos: 1. Contrato de trabajo, de fecha 24 marzo 2022. 2. Comprobante de vacaciones de fecha 17 de abril de 2023. 3. Activación de fiscalización de fecha 06 de septiembre de 2023. 4. Activación de fiscalización de fecha 07 de diciembre de 2023. 5. Informe de fiscalización de fecha 06 de septiembre de 2023. 6. Carta de autodespido de fecha 15 de diciembre de 2023. 7. Certificado de cotizaciones AFP PROVIDA. 8. Certificado de cotizaciones FONASA. El Tribunal resuelve: Téngase por rendida la prueba documental de la parte demandante, incorpórese al juicio, para tal efecto digitalícese. PARTE DEMANDADA. Se deja constancia que la parte demandada no rinde prueba atendida su incomparecencia. Constancia Se deja constancia que invitada la parte demandante hacer uso a su derecho de observaciones a la prueba, ésta no manifiesta observaciones. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA. Valparaíso, a dos días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones, vistos lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41 y siguientes, 63, 66 y siguientes, especialmente 73, 161, 162, 163, 171, 172, 173, 446 y siguientes, especialmente 453 N° 1 Y 453 N° 3 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, SE DECLARA: I. Que, se hace lugar a la demanda interpuesta por Manuel Orlando Rodríguez Arredondo en contra de Prot Security Limitada, declarándose que su relación laboral habida entre el 24 de marzo de 2022 y el 15 de diciembre de 2023, concluyó por incumplimiento grave de las obligaciones que el contrato le impuso a su empleador, lo que se reflejó en el despido indirecto de éste último, el que se declara justificado. En consecuencia se ordena a la demandada a pagar las siguientes indemnizaciones y recargos: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo $570.000.- b) Indemnización por años de servicio $1.140.000.- c) Recargo de la indemnización por años de servicio $570.000.- II. Que, se acoge la demanda en cuanto por éstas se persigue el pago de las siguientes prestaciones laborales: a) Remuneración correspondiente al mes de agosto de 2023 $570.000.- b) Indemnización compensatoria por feriado proporcional $131.480.- III. Que, se acoge la demanda de nulidad de despido, declarándose que, la separación que tuvo lugar el 15 de diciembre de 2023 es nula para los efectos remuneracionales, debiendo el demandado pagar remuneraciones post despido, esto es, las que se han devengado y se devenguen desde la fecha de la separación, a razón
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Valparaíso, a 02 de julio de 2024. RUC 24-4-0550618-8 RIT M-149-2024 MAGISTRADO Ximena Adriana Cárcamo Zamora ADMINISTRATIVO DE ACTAS Valentina Cornejos Vicent SALA VIRTUAL 1 HORA DE INICIO 10:51 horas. HORA DE TÉRMINO 11:31 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 2440550618-8-1338 PARTE DEMANDANTE Manuel
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