1º Juzgado Civil de San Miguel

SALVATIERRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE EL BOSQUE.

Rol

C-1329-2023

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Jaime Antonio Retamal Torres, abogado jefe de la Corporaci nó de Asistencia Judicial de San Miguel, en representaci n de do a Nancy del Carmenó ñ Salvatierra Pedreros, pensionada, domiciliada en Pasaje Once, casa 528, Villa Padre Hurtado, Hualp n, Regi n del Biob o, quien interpone demanda de prescripci né ó í ó extintiva de acciones de cobro de aseo municipal en juicio ordinario de menor cuant aí en contra de Ilustre Municipalidad de El Bosque, corporaci n de derecho p blico, RUTó ú 69.255.300-4, representada legalmente por su Alcalde don Manuel Z iga Aguilar,úñ ambos con domicilio en calle Javiera Carrera N 736, comuna de El Bosque.° Se ala que el inmueble de su propiedad ubicado en calle Lo Moreno N 0275ñ ° comuna de El Bosque, seg n consta en inscripci n a fojas 3137 bis, n mero 3775 delú ó ú Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel del a o 1994,í ñ conforme a los certificados de deudas extendidos por la Ilustre Municipalidad de El Bosque, en la Direcci n de administraci n y Finanzas, se encontrar a con deudas poró ó í derechos de aseo domiciliario con cuotas cuyo vencimiento abarca desde junio del a oñ 1998 a noviembre de 2022, encontr ndose prescritas las correspondientes al 15 de junioá de 1998 al 30 de noviembre de 2019, cuyo monto asciende a $3.348.699 (tres millones trescientos cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y nueve pesos). Funda su demanda en los art culos 200 y 201 del C digo Tributario, los art culosí ó í 2492, 2493,2497,2514, 2521 todos del C digo Civil, art culos 6 y 7 del Decreto Leyó í 3.063 sobre Rentas Municipales y 254 del C digo de Procedimiento Civil, art culo 63ó í letra a) de la Ley Org nica Constitucional de Municipalidades, art culos 134 y siguientesá í del C digo Org nico de Tribunales.ó á Solicita tener por interpuesta demanda de prescripci n extintiva de derechos deó aseo en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de la Ilustre Municipalidad elí Bosque, representada por don

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Jaime Antonio Retamal Torres, abogado en representaci n de do a Nancy del Carmen Salvatierra Pedreros, present demanda deó ñ ó prescripci n extintiva de la acci n de cobro de la deuda por conceptos de derechos deó ó aseo domiciliarios, en contra de la Ilustre Municipalidad El Bosque, correspondiente al periodo que va desde el 15 de junio de 1998 al 30 de noviembre de 2019, cuyo monto asciende a $3.348.699 (tres millones trescientos cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y nueve pesos). Y en subsidio, demanda ordinaria de m nima cuant a de prescripci ní í ó extintiva de largo tiempo de la acci n para el cobro de los derechos de aseoó correspondiente entre junio de 1998 hasta noviembre del a o 2016, por la suma deñ $2.965.417 (dos millones novecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos diecisiete pesos), SEGUNDO: Que la demandada Ilustre Municipalidad El bosque, contest laó demanda solicitando el rechazo de la misma, por no existir tales deudas en el periodo que contempla la normativa vigente en la materia. TERCERO: Que la parte demandante rindi la siguiente prueba documental:ó 1. -Informe hist rico de deudas de derechos de aseo emitido por la I.ó Municipalidad de El Bosque, con fecha 27 de mayo de 2022. Código: MXETXNHFPMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1329-2023 Foja: 1 2.- Copia de inscripci n del Registro de Propiedad emitido por el Conservador deó Bienes Ra ces de San Miguel.í CUARTO: Que la demandada por su parte aport la siguiente pruebaó documental: 1) Decreto Alcaldicio N 1003, de fecha 27 de abril de 2023° 2) Decreto Alcaldicio N 1714, de fecha 17 de mayo de 2023° 3) Certificado de Deuda Propiedad Rol 1542900010, Lo Moreno 275, El Bosque. QUINTO: Que dicho lo anterior corresponde analizar las normas pertinentes y de conformidad con lo dispuesto por el art culo 2492 del C digo Civil í ó La prescripci n“ ó es un modo de adquirir las cosas ajenas, o extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos duranteí cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales .á ” SEXTO: Que por su parte el art culo 2497 del mismo cuerpo legal se ala que:í ñ Las reglas relativas a la prescripci n se aplican igualmente a favor o en contra del“ ó Estado, de las iglesias, de las municipalidades, de los establecimientos y Corporaciones Nacionales y de los individuos particulares que tienen la libre administraci n de losó suyos”, raz n por la que es aplicable dicha instituci n a la situaci n sub-lite.ó ó ó S PTIMO:É Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del art culo 2521 del C digo Civil, í ó Prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra“ ñ del Fisco y de las municipalidades provenientes de toda clase de impuestos , ” siendo esta la norma que ha sido invocada por el actor en la demanda principal. OCTAVO: Que, no obstante lo anterior, el Decret

Fallo

se declara la extinci n del derecho de cobroó de los reajustes, intereses, multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al per odo antes referido.í Y vistos, adem s lo dispuesto por los art culos 144, 160, 170, 342 y siguientes delá í C digo de Procedimiento Civil, art culos 2492, 2493, 2497, 2521 y 2515 del C digoó í ó Civil, Ley sobre Rentas Municipales, se resuelve: I.- Que se rechaza la demanda principal. II.- Que, se acoge la demanda subsidiaria, en consecuencia, se declara que se encuentran prescritas las acciones para cobrar los derechos de aseo devengados dentro del periodo que va desde 30 de septiembre de 2018 y 30 de noviembre de 2018, ambas fechas inclusive, m s reajustes, intereses, multas y cualquier recargo, correspondiente alá inmueble ubicado en calle Lo Moreno N 0275 comuna de El Bosque, comuna El° Bosque. III.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C- 1329-2023 DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZAÑ Ó TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, diez de Mayo de dos mil veinticuatro Código: MXETXNHFPMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-10T13:48:52-0400

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C-1329-2023 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-1329-2023 CARATULADO : SALVATIERRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE EL BOSQUE. San Miguel, diez de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece don Jaime Antonio Retamal Torres, abogado jefe de la Corporaci nó de Asistencia Judicial de San Miguel, en representaci n de do a Nancy del

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