NOVOA/
Rol
V-223-2023
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 25 de septiembre de 2023, folio 1, comparece Javiera Ignacia Novoa Cortez, cédula de identidad N°21.419.614-K, no señala profesión u oficio, domiciliada en Villa Departamental, calle Simón Bolívar con Costanera, block 1400, departamento N° 22, de la ciudad de San Felipe, quien solicita el cambio de su nombre y se ordene la rectificación de la partida de su nacimiento. Sustenta legalmente su pretensión en lo dispuesto en el artículo 1° letra a) de la ley N°17.344. Pide suprimir el apellido “Novoa”, quedando en definitiva su nombre como Javiera Ignacia León Cortez. A folios 10, 11 y 14 consta Acta de Información sumaria de testigos. A folio 8, se agregó Informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, N°4845, de fecha 10 de octubre de 2023, y no advierte inconveniente en solicitud. A folio 12 se agregó publicación efectuada en el Diario Oficial, correspondiente al día 15 de noviembre de 2023, conforme a lo estipulado en el artículo 2° de la Ley N°17.344. A folio 25, rola certificado del Sr. Secretario del Tribunal que señala que no se formuló oposición por terceros contra la solicitud. A folio 21, se agregó Oficio proveniente de la Policía de Investigaciones de Chile, de fecha 01 de marzo de 2024. A folio 6, se agregó Oficio N°2887, proveniente de Carabineros de Chile de fecha 02 de octubre de 2023. A folio 5, se agregó Oficio N°OF.PHL-2023-116, proveniente de Ministerio Público de San Felipe, de fecha 02 de octubre de 2023. SEGUNDO: Que, de la prueba rendida en autos, se desprende que el solicitante, da cuenta de un menoscabo moral, en razón de llevar el apellido “Novoa”. En efecto, las declaraciones de los testigos presentados, y la prueba documental, hacen procedente acoger la solicitud de cambio de nombre en atención a lo dispuesto en el artículo 1° letra a) de la Ley N°17.344. Y visto lo dispuesto en el artículo 1° inciso segundo letra a) y siguientes de la Ley N°17.344; y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: I.- Que se hace lugar a la petición de fecha 25 de septiembre de 2023, folio 1, y en consecuencia, se accede al cambio de nombre solicitado por doña Javiera Ignacia Novoa Cortez, cédula de identidad N°21.419.614-K. En consecuencia el nombre completo de la solicitante queda como Javiera Ignacia León Cortez, manteniendo la cédula de identidad ya referida. II.- Rectifíquese la partida de nacimiento inscripción N°607, Registro no tiene, del año 2003, de la circunscripción de San Felipe, en los términos señalados precedentemente. Notifíquese legalmente. Rol V-223-2023. Código: XXPVXNXDNNL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictado por don Omar Antonio Cifuentes Mena, Juez Titular. Autoriza don Ricardo Araya Quiroga, Secretario Subrogante. En San Felipe, a nueve de Mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: XXPVXNXDNNL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-09T15:54:40-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 28 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : V-223-2023 CARATULADO : NOVOA/ San Felipe, nueve de mayo de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 25 de septiembre de 2023, folio 1, comparece Javiera Ignacia Novoa Cortez, cédula de identidad N°21.419.614-K, no señala profesión u oficio, domiciliada en Villa Departame
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