1º Juzgado de Letras de Punta Arenas

SANTANA/

Rol

V-116-2023

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 11 de octubre de 2023, folio 1, comparece doña KATALINA JAVIERA SANTANA ALVARADO, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad N°21.431.756-7, con domicilio en calle Alejo Marcou N°2945, Población Pedro Aguirre Cerda, de la ciudad de Punta Arenas, y solicita que se autorice el cambio de su apellido paterno “SANTANA”, sustituyéndolo por el apellido “AGUILAR”, y a su vez, se invierta el orden de los apellidos, quedando en consecuencia su nombre completo de la siguiente manera: KATALINA JAVIERA ALVARADO AGUILAR, y en consecuencia, se oficie al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de que rectifique la partida de nacimiento en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen. Señala que el nombre es la designación que sirve para individualizar a una persona en la vida social y jurídica, es un elemento que identifica nuestra personalidad sustancialmente y en forma, en principio, perpetua. Es un hecho que toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Manifiesta que sin perjuicio de lo anterior, y a pesar de ser el nombre un atributo de la personalidad Código: RFBXXNZVFXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con características de inmutable, la Ley N°17.344, autoriza el cambio de nombre y apellidos, por una sola vez y en los casos que la misma ley señala; cuales son, cuando el nombre o apellidos menoscaben moral o materialmente a la persona, cuando la persona ha sido conocida por un nombre distinto en la vida civil por más de cinco años, y para que la inscripción no haga manifiesta una filiación ilegítima. Indica que en el caso de marras se encuentra en la hipótesis de que es conocida hace más de 5 años por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, por cuanto si bien es cierto fue inscrita al momento de su nacimiento con el nombre KATALINA JAVIERA SANTANA ALVARADO, ha sido conocida por más de 5 años con el nombre KATALINA JAVIERA ALVARADO AGUILAR. Aduce que así las cosas, nació el día 26 de octubre del año 2003, estando inscrito su nacimiento con el número 1.101 del registro de nacimientos de la oficina del Servicio de Registro Civil de Punta Arenas del año 2003. Dice que sus padres son Paola Andrea Beatriz Alvarado Garrido y Cristian Andrés Santana Cárcamo. Expone que, sin embargo, desde pequeña ha sentido como su padre a quien hasta la actualidad es pareja de su madre, don Miguel Ramón Aguilar Oyarzo, con quien se crió y ha sido su figura paterna desde que está en su vida. Añade que aproximadamente a los 10 años, comenzó a tomar conciencia de quien era para ella en su vida Miguel Aguilar, por lo que en varias oportunidades manifestó a su madre que su figura paterna era él y que Código: RFBXXNZVFXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl quería tener su apellido, sin embargo su madre en ese entonces decidió esperar por si cambiaba de opinión en atención a que consideraba que todavía se encontraba muy inmadura como para tomar una decisión tan importante como decidir cambiar su apellido. Con el paso del tiempo, lejos de arrepentirse de su decisión, siguió pensando lo mismo y reafirmando cada vez que su figura paterna era Miguel Aguilar, pues él era y es quien cumple con ese rol en su vida. Para ella, Miguel Aguilar, su padrastro, siempre ha sido y siempre va a ser su papá, él la crió, él la ha ayudado en todo siempre, él ha sido una de las personas que la ha impulsado a ser alguien mejor en la vida,

Fallo

SE RESUELVE: I.- HA LUGAR a la solicitud de 11 de octubre de 2023, folio 1 y, en consecuencia, SE AUTORIZA a la solicitante, doña KATALINA JAVIERA SANTANA ALVARADO, cédula de identidad N°21.431.756-7, ya individualizada, a cambiar sus apellidos “SANTANA ALVARADO”, y sustituirlos, por “ALVARADO AGUILAR”, quedando en definitiva su nombre completo como KATALINA JAVIERA ALVARADO AGUILAR. II.- Que ejecutoriada que sea esta sentencia, practíquense las rectificaciones y subinscripciones a que haya lugar, en su partida de nacimiento, registro general de condenas y demás del solicitante. Regístrese, notifíquese, publíquese, y archívese, en su oportunidad. Rol V-116-2023.- RESOLVIÓ DON CLAUDIO NECULMAN MUÑOZ, JUEZ TITULAR DEL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE PUNTA ARENAS. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Punta Arenas, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Código: RFBXXNZVFXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RFBXXNZVFXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-09T10:48:23-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Punta Arenas CAUSA ROL : V-116-2023 CARATULADO : SANTANA/ Punta Arenas, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 11 de octubre de 2023, folio 1, comparece doña KATALINA JAVIERA SANTANA ALVARADO, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad N°21.431.756-7, con domicilio en calle Alejo Marcou N°2945, Población Pe

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