2º Juzgado Civil de Valdivia

VILLARROEL/MUNICIPALIDAD VALDIVIA

Rol

C-967-2024

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: En el folio 1, doña BERTA PATRICIA VILLARROEL LARA, dueña de casa, domiciliada en calle Bombero Ricardo Eckhardt 262, Las Animas, Valdivia, en su calidad de residente del inmueble objeto de deuda por concepto de aseo domiciliario y a la vez cuidadora de su hijo Rodrigo Alejandro Muñoz Villarroel, dedujo demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA, representada legalmente por su Alcaldesa, doña Carla Andrea Amtmann Fecci, ambas domiciliadas en calle Independencia n.° 455, Valdivia, pretendiendo que se declare la prescripción de las acciones municipales para el cobro de las deudas por concepto de derechos de aseo domiciliario por el período comprendido entre septiembre de 2018 a diciembre de 2020, con fundamento en que el inmueble donde reside mantiene una deuda por concepto de aseo domiciliario por la suma total de $419.060.- de los cuales son susceptibles de prescripción extintiva de acciones, los montos hasta diciembre de 2020 y sus años precedentes, por el monto de $228.245.-, de conformidad a lo establecido en los artículos 2514 y siguientes y artículo 2521 todos del Código Civil. La demandante hizo presente que su hijo sufrió una hemorragia intercerebral hipertensiva el día 1° de mayo de 2021, debiendo ser operado de urgencia y que dicho suceso le causó hipertensión arterial severa, lo que le impide realizar trámites por sí mismo, motivo por el cual realiza esta presentación en su favor, como madre y como residente del inmueble. En el folio 15, se llevó a efecto la audiencia de contestación, conciliación y recepción de la causa a prueba, oportunidad en que la demandada contestó mediante minuta incorporada en el folio 9, allanándose a la pretensión de la actora por los periodos comprendidos desde septiembre del año 2018 hasta marzo del año 2021. Atendido el allanamiento de la parte demandada, y no existiendo hechos controvertidos se omitió el llamado a conciliación y la recepción de la causa a prueba. En el folio 16, se citó a las partes

Fundamentos

Considerando: PRIMERO: Que, teniendo presente el mérito del informe de deuda acompañado en el folio 1 de fecha 30 de noviembre de 2023, que da cuenta de deuda por concepto de aseo domiciliario a nombre de Rodrigo Alejandro Muñoz Código: XXYRXNNSSYK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Villarroel vinculado con la dirección “Bombero R Eckhardt 262, Valdivia”; certificado de nacimiento de Rodrigo Alejandro Muñoz Villarroel e Informe médico su hijo Rodrigo Alejandro Muñoz Villarroel, documentos con los cuales se tiene por acreditada su calidad de madre y estado de salud de su hijo, y especialmente, el allanamiento de la demandada expresado en el folio 9 y considerando que ha transcurrido el plazo de prescripción del artículo 2515 del Código Civil, se acogerá la pretensión de la demandante. SEGUNDO: Debe precisarse que respecto de las deudas por concepto de aseo domiciliario y convenios de aseo, no es aplicable el artículo 2521 del Código Civil, invocado por la demandante, sino lo dispuesto en el artículo 2515 del mismo cuerpo legal, por cuanto si bien, ambas normas tienen en común el plazo de prescripción de tres años, en el primer caso está referido a las acciones de la Municipalidad para el cobro de “toda clase de impuestos”, que en el sentido técnico del término, se refiere a aquellos que están regulados en el Título IV, “ De los impuestos municipales”, del Decreto Ley N° 3063 de 1979, sobre rentas municipales, y en tanto las deudas por “aseo domiciliario”, que presumiblemente corresponderían al servicio municipal de extracción de residuos sólidos domiciliarios, están regulados en los artículos 6, 7, 8 y 9 del mismo Decreto Ley, constituyen renta pero no están definidos como impuestos. Por tales motivaciones, las disposiciones citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 160, 170 y 254 del Código de Procedimiento Civil y 1567 n.° 10, 1698 y 2515 del Código Civil,

Fallo

se declara: Que ha lugar a la demanda contenida en el folio 1. En consecuencia, se declara la prescripción de las acciones para el cobro de las deudas por concepto de derechos de aseo domiciliario correspondientes al período comprendido entre septiembre de 2018 a diciembre de 2020, a que se encontraba obligado el hijo de la actora Rodrigo Alejandro Muñoz Villarroel para con la I. Municipalidad de Valdivia, sin costas. Regístrese, notifíquese por cédula. ROL C-967-2024 Resolvió doña Marcela Alejandra Robles Sanguinetti, Jueza titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil, en Valdivia, nueve de Mayo de dos mil veinticuatro. Código: XXYRXNNSSYK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-09T12:27:20-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-967-2024 CARATULADO : VILLARROEL/MUNICIPALIDAD VALDIVIA Valdivia, nueve de Mayo de dos mil veinticuatro Vistos: En el folio 1, doña BERTA PATRICIA VILLARROEL LARA, dueña de casa, domiciliada en calle Bombero Ricardo Eckhardt 262, Las Animas, Valdivia, en su calidad de residente del inmueble objeto de deuda por con

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