TILLERÍA/
Rol
V-208-2023
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos A folio 1, el 26 de julio de 2023, comparece don MARIO ANDRÉS ESPINOSA VALDERRAMA, abogado, en representación judicial y convencional de don MARCELO EMILIO TILLERÍA MAZUELA, trabajador independiente, cédula de identidad número 19.116.048-7, ambos domiciliados para estos efectos en Amunategui N° 232, oficina 701, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y solicita se rectifique su partida de nacimiento, en el sentido de cambiar el orden de sus nombres Marcelo Emilio por Emilio Marcelo y modificar su apellido paterno Tillería por Gaete, quedando en definitiva como EMILIO MARCELO GAETE MAZUELA, por las consideraciones de hecho y derecho que pasa a exponer. Señala que consta en certificado de nacimiento que acompaña, que su representado fue reconocido por su padre don Orio Marcelo Tillería Mena, sin embargo, no tiene ningún contacto con su padre desde que nació y menos una relación padre-hijo con él. Lo cierto es que, sólo lo vio en una oportunidad, en la cual le señalo que él no era su padre, ignorando en la actualidad su paradero. Refiere que desde temprana edad, la figura paterna de su representado ha sido don Marco Antonio Gaete Mena, quien desde que nació lo trató como un hijo y le entrego todo su apoyo y sustento. Código: TTTSXNSZZVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Destaca que Marcelo Emilio Tillería Mazuela, fue criado por su abuela doña Florentina Mena Álvarez y don Marco Antonio Gaete Mena, los cuales se encargaron de su crianza, educación y entrega de valores, tratándolo siempre como un hijo. Debido a la nula relación existente con su padre biológico, llevar su nombre y apellido tiene una carga emocional que no es posible de soportar, ya que él no significa nada en su vida, pues ha sido don Marco Antonio Gaete Mena, quien le brindó el sustento económico y emocional para salir adelante, entregándole la mejor educación y cariño, y son las razones por las que desea invertir
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que, con el mérito de los antecedentes que se han reseñado es posible tener por establecido que la solicitante se encuentra en las hipótesis contempladas en el artículo 1° a y b) de la ley N° 17.344, esto es “Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente” y cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes del propio”. 2° Que, la conclusión recién expuesta se fundamenta principalmente en la acreditación de sus dichos con la comparecencia de los testigos cuyas declaraciones consta a folio 11, de las cuales aparece con claridad que el solicitante hace más de 5 años es conocido con el nombre de “Emilio Gaete” 3° Que, por lo recién expuesto se accederá a lo solicitado, modificándose el orden de sus nombres “MARCELO EMILIO” POR “EMILIO MARCELO, en conformidad a lo por el solicitado, modificando su apellido paterno “TILLERÍA” POR “GAETE”, quedando en definitiva como “EMILIO MARCELO GAETE MAZUELA” Y visto además lo dispuesto en los artículos 1° y 3° de la ley N° 17.344
Fallo
se decide que se accede a lo solicitado en lo principal de folio 1, y en consecuencia: I -Se modifican en la inscripción de nacimiento N° 3872, del año 1995, de la circunscripción de SAN BERNARDO, sus nombres “MARCELO EMILIO” POR “EMILIO MARCELO, en conformidad a lo por el solicitado, modificándose su apellido paterno “TILLERÍA” POR Código: TTTSXNSZZVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 “GAETE”, quedando en definitiva como “EMILIO MARCELO GAETE MAZUELA” Regístrese y archívese en su oportunidad. N° V-208-2022 Pronunciada por doña María Soledad Oyanedel Rodríguez, Juez Suplente. Autoriza doña Ximena Andrade Hormazabal, Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, ocho de Mayo de dos mil veinticuatro Código: TTTSXNSZZVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-08T12:50:56-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-208-2023 CARATULADO : TILLER A/Í Santiago, ocho de Mayo de dos mil veinticuatro Vistos A folio 1, el 26 de julio de 2023, comparece don MARIO ANDRÉS ESPINOSA VALDERRAMA, abogado, en representación judicial y convencional de don MARCELO EMILIO TILLERÍA MAZUELA, trabajador independiente, cédul
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