MELLA/
Rol
V-51-2021
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece GABRIELA CRISTINA MATUS COLLAO, abogada, cédula nacional de identidad N° 9.529.897-4, con domicilio en Barros 741, of. 35 Concepción, en representación judicial, de don LUIS ALEJANDRO MELLA MANRÍQUEZ, chileno, jubilado, cédula nacional de identidad N° 5.803.299-9, de 70 años de edad, domiciliado en Calle Los Copihues 137, Villa Nonguén, Concepción, solicitando el Nombramiento de Curador de don CARLOS JAIME MANRÍQUEZ MATAMALA, de 87 años, pensionado, domiciliado en Calle Los Copihues 137, Villa Nonguén, cuya incapacidad fue decretada en Sentencia del Segundo Juzgado de Letras de Talcahuano, actual Primer Juzgado del Crimen, de fecha 15 de diciembre de 1980, en causa ROL número 12.462, Concepción, en razón de los siguientes
Fundamentos
fundamentos que expone: Que don Carlos Jaime Manríquez Matamala, es familiar de su representado, siendo don Carlos Manríquez Matamala, hijo de doña Ema Rosa Matamala Valdebenito y de don Absalón Manríquez Golarte, quien era hermano de doña Olga del Carmen Manríquez Muñoz, quien era la mama de su representado don Luis Mella Manríquez. Que el año 1980, se declaró la interdicción de don Carlos Jaime Manríquez Matamala y se le nombró como curadora a doña Rosa Amelia del Carmen Manríquez Golarte, quien era su tía paterna, al fallecer esta, queda don Carlos en los hechos, bajo el cuidado de la hija de la curadora, doña María Nelly Alarcón Manríquez, quien posteriormente también falleció sin que esta situación se regularizase y se nombrase nuevo curador. Que don Carlos Manríquez Matamala vivía junto a su curadora doña Rosa Amelia Manríquez y la hija de esta, doña María Nelly Alarcón Manríquez, en Serrano 74, comuna de Talcahuano, en la propiedad de doña Rosa Amelia, esto hasta el fallecimiento de ambas el año 2019. Que don Carlos Jaime Manríquez Matamala, vivía en Talcahuano, en el domicilio Serrano 74, Talcahuano, en donde en encontraba en pésimas condiciones sanitarias, por lo cual su representado comenzó por un par de meses a asistirlo, yendo desde su domicilio en Concepción hasta Código: VFCPXNJSPVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Talcahuano, situación que con el correr de los meses se hizo pesada tanto para su representado como para su mujer doña María Elena Baquedano Morales, debido a que ambos son personas adultas mayores, por ello tomaron la decisión de trasladar a don Carlos desde su domicilio en Talcahuano hasta el domicilio de su representado en Concepción. Que en el mes de Abril de 2019, ante el fallecimiento de doña María Nelly Alarcón Manríquez y ante la condición de abandono de don Carlos Jaime Manríquez Matamala es que su representado don Luis Mella Manríquez, primo de don Carlos se vio en la obligación de trasladarlo a vivir a su casa bajo su cuidado personal, con la ayuda de doña María Elena Baquedano Morales, pareja de don Luis, quien ha asumido los cuidados en cuanto a preparación de comidas, lavado de ropa, mientras don Luis Mella se dedica a los cuidados sanitarios, curaciones, controles médicos e higiene personal de don Carlos Manríquez. Que su representado creció bajo el mismo techo con don Carlos Manríquez, por lo que a ambos los une una relación de afecto y cercanía, situación que motiva a su representado a asumir los cuidados de don Carlos Manríquez Matamala. Que actualmente don Carlos se encuentra viviendo en el domicilio de don Luis Mella Manríquez, quien ha asumido, los cuidados sanitarios, los controles médicos y todas las gestiones asociadas a su persona, preocupándose de llevarlo al Consultorio cercano a su domicilio, donde don Carlos Manríquez es atendido en sus controles y curaciones, ya que posee una herida en su pierna que gracias a los cuida
Fallo
por tanto la declaración de curador permitirá a su representado gestionar tramites en favor de don Carlos Manríquez Matamala, ya que debido a la misma situación el ha debido incurrir en gastos para los cuales no cuenta con los recursos necesarios, por lo que al poder actuar como su curador su representado Luis Mella Manríquez, podrá realizar por él y para él, todos los trámites que de acuerdo a su discapacidad no puede realizar por sí, velando por su cuidado y protección, pudiendo optar a beneficios y ayudas que en este momento resultan imprescindibles para su bienestar integral. Por lo anteriormente expuesto y normas legales citadas, solicita el nombramiento como Curador del incapaz Carlos Jaime Manríquez Matamala a don Luis Mella Manríquez, siendo este el único sujeto activo para solicitar este nombramiento, eximiendo al curador de la obligación de rendir fianza y de la realización de facción de inventario solemne. A folio 1 y 9, rolan los siguientes documentos: 1- Certificado de nacimiento de don Luis Alejandro Mella Manríquez, 2.- Certificado de nacimiento de Don Carlos Jaime Manríquez Matamala, 3.- Certificados de atención de fecha 28.01.2021, emitido por la profesional Srta. Yasna Matus Ceballos, Rut: 16.761.205-9, Enfermera del Centro de Salud Familiar Villa Nonguén, 4.- Certificado Médico de atención de fecha 02.02.2021, emitido por el profesional Dr. Bastián Flores Barría, Rut: 18.144.281-6, Médico Cirujano del Centro de Salud Familiar Villa Nonguén, 5.- A - Set de
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : V-51-2021 CARATULADO : MELLA/ Concepción, ocho de Mayo de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio 1, comparece GABRIELA CRISTINA MATUS COLLAO, abogada, cédula nacional de identidad N° 9.529.897-4, con domicilio en Barros 741, of. 35 Concepción, en representación judicial, de don LUIS ALEJANDRO MELLA MANRÍQUEZ, chil
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