1º Juzgado de Letras de Arica

QUIBORAX S.A./

Rol

V-10-2024

Fecha

8 de mayo de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1, el 15 de enero de 2024, compareció Daniel Alejandro Ocqueteau Moreno, chileno, casado, abogado, en representación de QUIBORAX S.A., sociedad chilena del giro de su nombre, ambos domiciliados en Avenida Santa María N°2612, comuna de Arica. Sostuvo que desea constituir una concesión minera de exploración en terrenos abiertos e incultos, cuyo punto medio está ubicado en la comuna de Putre, provincia de Parinacota, región de Arica y Parinacota, siendo sus coordenadas U.T.M.: Norte: 7.911.500,00 metros, y Este: 489.500,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum la Canoa de 1956, Zona 19. Indicó que el pedimento se denominará YACHO 36, cuya cara superior tendrá una superficie de 300 hectáreas. Mencionó que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 46 del Código de Minería, el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado. Agregó que dos de sus lados medirán 1.000 metros con orientación U.T.M. Norte-Sur; y los otros dos, 3.000 metros con orientación U.T.M. Este-Oeste. Por último, y previa cita de normas legales pertinentes, solicitó tener por presentado este pedimento minero y ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió el 22 de enero de 2024, a fojas 209, bajo el Nº108, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica del 2024. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó el 5 de febrero de 2024, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, en el folio 9, mediante ordinario N°0310/2024, del 19 de abril de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente Código: CRXXXNNVNTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes; y, que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada “YACHO 36” son: VERTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) Punto Medio 7.911.500,00 489.500,00 V1 7.912.000,00 488.000,00 V2 7.912.000,00 491.000,00 V3 7.911.000,00 491.000,00 V4 7.911.000,00 488.000,00 SEXTO: Que la petición cumple con los requisitos legales, puesto que fue formulada dentro del plazo, se ha acreditado con los respectivos comprobantes el pago de la tasa de pedimento, patente proporcional y se ha cumplido con la presentación de los demás antecedentes exigidos por el artículo 55 del Código de Minería. Y visto además lo dispuesto en los artículos 43, 48, 55 y 87 d

Fallo

se resuelve: Que se aprueba el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada “YACHO 36”, con una superficie total de 300 hectáreas, en favor de QUIBORAX S.A., peticionaria de autos, ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia, a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívense estos antecedentes si no se impugnare. Rol V-10-2024 Dictada por Gonzalo Brignardello Cruz, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. tar Código: CRXXXNNVNTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Arica, ocho de Mayo de dos mil veinticuatro Código: CRXXXNNVNTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-08T11:41:07-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-10-2024 CARATULADO : QUIBORAX S.A./ Arica, ocho de Mayo de dos mil veinticuatro VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1, el 15 de enero de 2024, compareció Daniel Alejandro Ocqueteau Moreno, chileno, casado, abogado, en representación de QUIBORAX S.A., sociedad chilena del giro de

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