DAVID DEL CURTO SPA/CÓRDOBA
Rol
O-22-2024
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece DAVID DEL CURTO SpA, sociedad del giro agrícola, domiciliada para estos efectos en calle Candelaria Goyenechea 3900, oficina 501, comuna de Vitacura, quien interpone demanda de desafuero en contra de la trabajadora doña JENNIFFER CAROLINA CÓRDOBA LIZAMA, cedula de identidad número 15.527.076-4, trabajadora, domiciliada para estos efectos en Pasaje Las Azucenas 1313, Villa jardín, Comuna de Rengo, Región de O’Higgins. Funda su presentación, en síntesis, en que con fecha 24 de noviembre de 2023 contrató a la demandada para el cargo de “selección y embalajes” en la faena frutícola transitoria o de temporada de “Cerezas”, en las dependencias de la Central Frutícola de Requínoa. Dicho contrato de trabajo se pactó hasta la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato. De esta forma, las partes contrataron bajo la modalidad de contrato por obra o faena, pactando dichos términos con plena conciencia y conocimiento de que el contrato contenía un hito límite determinado, específico y acotado a la extensión convenida por las partes, por lo que procedería al término de la relación una vez concluido dicho hito. Asimismo, hace presente qua la demandada informó a la empresa de su estado de embarazo con fecha 3 de enero de 2024 y que con fecha 8 de enero último la empresa notificó por carta a la trabajadora respecto del término de la faena de cerezas para la cual había sido contratada, indicando que la misma había concluido el día 7 de enero de 2024, agregando que dado su estado de embarazo se procedería a solicitar judicialmente el desafuero. En atención a esta situación, y a la modalidad de contratación acordada entre las partes, argumenta que procede la autorización para que se le permita poner término a la relación laboral de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 159 número 5 del Código del Trabajo. Previas citas legales, y demás consideraciones de hecho y de derecho, que se dan por reproducidas por razones de economía procesal, solicita se acoja la demanda en todas sus partes, autorizándola a poner término al contrato en virtud de la causal consagrada en el artículo 159 número 5 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que no compareció la parte demandada, permaneciendo en rebeldía durante el transcurso del juicio. TERCERO: Que se llevó a cabo la audiencia preparatoria, en la cual se vio frustrado el llamado a conciliación, se fijaron los hechos a probar y se ofrecieron por la parte demandante los respectivos medios de prueba. Que, por su parte, la demandada no ofreció probanza alguna. CUARTO: Que, de conformidad con lo anterior, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 453, número 1 inciso séptimo del Código del Trabajo, el tribunal dará por tácitamente admitidos todos y cada uno de los hechos relatados en el libelo pretensor. Asimismo, atendida la incomparecencia injustificada de la demandada a la prueba confesional, y verificándose los supuestos previstos en el artículo 454 número 3 del mismo Código,
Fallo
se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda de desafuero interpuesta por DAVID DEL CURTO SpA, en contra de doña JENNIFFER CAROLINA CÓRDOBA LIZAMA y, en definitiva, se autoriza a la demandante a poner término a la relación laboral con la demandada por haberse configurado la causal del artículo 159 número 5 del Código del Trabajo. II.- Que no se condena en costas a la demandada, por no haber presentado oposición en juicio. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Quedan las partes notificadas de todo lo obrado y resuelto en esta audiencia, la parte demandante por encontrarse presente en la misma, y la parte demandada por encontrarse en rebeldía. Dirigió la audiencia y resolvió, don SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo. jl1_rengo@pjud.cl Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes. Rengo, 01 de julio de 2024.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 01 de julio de 2024 RUC 24-4-0549606-9 RIT O-22-2024 MATERIA Desafuero maternal MAGISTRADO d. DON SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ana María Arce Marmolejo HORA DE INICIO 09:35 horas HORA DE TÉRMINO 09:49 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440549606-9-111 PARTE DEMANDANTE DAVID DEL CURTO SPA. ABOGADO d.
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