GONZÁLEZ/MARH SECURITY E.I.R.L. Y OTRO
Rol
M-92-2024
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda. El Tribunal Resuelve: El Tribunal comparte los argumentos planteados por el demandante y hará uso y aplicación de los apercibimientos legales respectivos y procede a dictar sentencia de inmediato, en este acto. Valparaíso, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro.- VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia.- se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160, 168, 446 al 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge la demanda deducida por VANESSA JOANNA GONZÁLEZ SANHUEZA, cédula nacional de identidad N° 14.544.177-3, en contra de su ex empleador MARH SECURITY SPA, empresa del giro de seguridad y vigilancia, Rut 77.422.569-2, estableciéndose que la actora prestó servicios, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para la demandada desde el 11 de febrero de 2022 al 30 de octubre de 2023, oportunidad en que es despedida de manera injustificada por la demandada. II. Que, en consecuencia, se acoge la demanda por despido injustificado interpuesta por doña VANESSA JOANNA GONZÁLEZ SANHUEZA en contra de su ex empleador MARH SECURITY SPA, ya singularizada, y se ordena pagar las siguientes prestaciones: a. $587.500.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. $1.175.000.- por concepto de indemnización por años de servicios. c. $705.500.-por concepto de indemnización de feriado legal y proporcional d. El recargo del 50% de la indemnización por años de servicios, equivalente a $587.500.- e. Las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía, correspondientes a todos el periodo trabajado, que corresponde entre el 11 de febrero de 2022 al 30 de octubre de 2023, que se encuentren impagas. III. Que, el despido del que fue objeto la demandante adolece de la nulidad del artículo 162 del Código del Trabajo, para efectos remuneracionales y,
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Valparaíso, viernes, 28 de junio de 2024 RUC 24-4-0544460-3 RIT M- 92 - 2024 MAGISTRADO Eduardo Saldivia Saa ADMINISTRATIVO DE ACTAS Samuel Rojas Díaz HORA DE INICIO 13:26 Horas.- HORA DE TERMINO 13:43 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala N° 2 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440544460-3-1338 PARTE DEMAN
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