BANCO SANTANDER - CHILE S.A./ÁLVAREZ
Rol
C-17191-2023
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 5 de octubre de 2023, comparece don Pablo Andr s del Campoé Brahm, abogado, con domicilio en Avenida Apoquindo 3669, oficina 801, comuna de Las Condes, en representaci n judicial convencional del ó BANCO SANTANDER- CHILE, sociedad an nima bancaria, cuyo actual Gerente General es don Rom nó á Blanco Reinosa, ingeniero civil, ambos con domicilio en Bandera 140, comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de JUAN PABLO ALVAREZ ARRIAZA, cuya profesi n ignora, como suscriptor y contra de la sociedad ó ALVAREZ & ALVAREZ LIMITADA., sociedad del giro comercial, representada por don Juan Pablo lvarez Arriaza, cuya profesi n ignora, como aval, fiador y codeudor solidario,Á ó todos domiciliados en German Ebbingaus N 128, comuna de Puente Alto y en Los° Laureles N 11212, comuna de San Jos de Maipo.° é Indica que don Juan Pablo lvarez Arriaza, representado por el propio BancoÁ Santander-Chile, en virtud del mandato acompa ado en autos, suscribi en Santiago, elñ ó 21 de diciembre de 2022, el pagar N 650042710720, por $29.468.916.- de capital, m sé º á intereses, cantidad que debi pagar en 95 cuotas mensuales, sucesivas e iguales deó $486.549.- cada una, con vencimientos los d as 20 de cada mes, a contar del 20 deí febrero de 2023 y hasta el 20 de diciembre del 2030, m s una ltima cuota deá ú $486.528.- con vencimiento el 20 de enero del 2031. Se estableci que en caso de moraó o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se dividi laó obligaci n, se podr hacer exigible la totalidad de la deuda, consider ndose en tal caso laó á á obligaci n de plazo vencido y har que el capital adeudado devengue, desde el d a enó á í que debi haberse pagado y hasta su pago efectivo, intereses moratorios calculados seg nó ú la tasa m xima convencional vigente al d a de la mora o simple retardo. á í Hace presente que el deudor s lo pag la primera cuota, cuyo monto se aplicó ó ó ntegramente a intereses, dejando de pagar desde la cuota que venc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que notificada y requerida legalmente de pago, la parte ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones de los n meros 2, 4, 7, 9 y 11, todas del art culoó ú í 464 del C digo de Procedimiento Civil.ó SEGUNDO: Que, la primera excepci n opuesta es la contenida en el n mero 2ó ú del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, í ó la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombre,í ó argumentando que el apoderado del ejecutante no acompa los documentos fundantesñó de la representaci n legal de su supuesto mandante como el acta de sesi n de directorio,ó ó el de juntas ordinarias o extraordinarias de los directores o gerentes, donde se nombran a las personas como apoderados de la sociedad para representarla en diversos aspectos, escritura de poderes, nombramiento del gerente general, entre otros, o bien, la fuente de la cual emana dicha representaci n, la cual debe estar actualizada y vigente. En taló sentido, Banco Santander -Chile, demandante en estos autos, es representado legalmente por su gerente general don Rom n Blanco Reinosa, sin embargo a la luz de losá Código: THBXXNGSJGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17191-2023 Foja: 1 antecedentes que forman el expediente en esta causa y que incorpor el apoderado deló ejecutante en su libelo ejecutor, no existe tal instrumento con vigencia. Asimismo, sostiene que a ra z de lo anterior, como el representante legal o gerente general deí Banco Santander -Chile, en este caso don Rom n Blanco Reinosa, carecen comoá representante procesal de capacidad para pedir por no acompa arse los poderesñ actualizados y con vigencia, y a n menos, de mandato judicial, especialmente de laú facultad de delegar poder a los abogados comparecientes. TERCERO: Que, la ejecutante evacuando el traslado conferido, manifiesta que en autos encuentra acompa ada escritura p blica de mandato judicial en la cual constañ ú la personer a de don Pablo del Campo Brahm para representar a Banco Santanderí Chile, debidamente autorizada por el notario en donde se otorg . Dicha escritura fueó otorgada en la Notar a de Santiago de do a Nancy de la Fuente Hern ndez con fechaí ñ á 19 de agosto de 2022. El mencionado documento se encuentra firmado digitalmente conforme a la ley 19.799 y ha sido acompa ado con citaci n y de acuerdo con loñ ó dispuesto en el T tulo II N 34 de la Ley 20.886. En este caso, la escritura previamenteí ° se alada cumple con todos los requisitos se alados en el art culo 403 y siguientes delñ ñ í C digo Org nico de Tribunales y en el art culo 6 del C digo de Procedimiento Civil,ó á í ó por lo que se ha dado pleno cumplimiento a lo establecido en nuestro ordenamiento, a saber, acreditar la personer a de quien act a a nombre del demandante en estos autos,í ú por lo que el documento que solicita acompa ar la parte demandada en estos autosñ carece de toda relevancia. R
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, citas legales, y visto adem s lo dispuestoá en los art culos 160,170, 346 Ní º 3, 434 Nº 4, 464 N° 2, 4, 7, 9 y 11, 471 del C digo deó Procedimiento Civil, 1681, 1682, 1698, 1699, 1700, del C digo Civil, ó SE RESUELVE: I.- Que, se rechazan las excepciones de los n meros 2; 4; 7- en sus dos cap tulos-;ú í 9 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuestas por la parteí ó ejecutada en su escrito de fecha 6 de diciembre de 2023, y procede seguir adelante con la ejecuci n hasta hacerse completo e ntegro pago de lo adeudado a la ejecutante.ó í II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. ROL C-17191-2023 DICTADO POR DO A MONTSERRAT ORTIZ SILVA, JUEZÑ SUPLENTE DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de Mayo de dos mil veinticuatro Código: THBXXNGSJGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17191-2023 Foja: 1 Código: THBXXNGSJGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-06T15:05:30-0400
Texto Completo (Preview)
C-17191-2023 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17191-2023 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE S.A./ LVAREZÁ Santiago, seis de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 5 de octubre de 2023, comparece don Pablo Andr s del Campoé Brahm, abogado, con domicilio en Avenida Apoquindo 3669, oficina 801, comuna de Las Condes,
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