Juzgado de Letras de Vicuña

COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO/

Rol

V-1041-2023

Fecha

7 de mayo de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 24 de enero de 2024, comparecen las abogadas doña LORENA ANDREA HERRERA MADARIAGA, chilena, cédula de identidad N°16.100.166-K, y doña BEATRIZ DEL PILAR PIÑONES JIMENEZ, chilena, cédula de identidad N°18.179.020-2, en representación judicial de don LUIS FERNANDO PASTEN BINVIGNAT, chileno, Casado, Ingeniero Civil de Minas, cedula de identidad N°9.782.494-0, quien actúa a su vez en representación de COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO, Sociedad contractual minera, chilena, del giro de su denominación R.U.T. N°78.801.520-8, con domicilio en Quebrada de Marquesa S/N, Vicuña y para estos efectos ambos domiciliados en Avda. Talca N'101, Barrio Industrial Alto Peñuelas, comuna y región de Coquimbo, solicitando sentencia constitutiva de la concesión de exploración denominada “CHAPILCA 40”, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio son: Norte- 6.698.500,00 metros.- Este- 344.500,00 metros.-. Pedimento comprendido dentro de un rectángulo que mide 3.000 metros con orientación Norte-Sur U.T.M. por 1.000 metros con orientación Este-Oeste y 300 hectáreas de superficie y cuyos vértices del perímetro de la concesión de la exploración son: VÉRTICE NORTE (mts.) ESTE (mts.) V1 6.700.000,00 344.000,00 V2 6.700.000,00 345.000,00 V3 6.697.000,00 345.000,00 V4 6.697.000,00 344.000,00 Que, dicho pedimento fue presentado con fecha 16 de noviembre de 2023, se inscribió a fojas 1.574 N°871 en el Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Vicuña-Paihuano, con fecha 27 de noviembre de 2023 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería, con fecha 12 de diciembre de 2023. Que, con 24 de enero de 2024, se acompañan comprobantes de haberse pagado la tasa del pedimento, patente proporcional, copia autorizada de la Código: CYWCXNQGJGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl V-1041-2023 Foja: 1 inscripción del pedimento, plano y Boletín Oficial de Minería inserto en el Diario Oficial. Que, mediante ordinario 083

Fallo

SE RESUELVE: I. Se declara por constituida la concesión minera de exploración denominada “CHAPILCA 40”, de propiedad de COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO, ya individualizada, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio son: Norte- 6.698.500,00.- Este- 344.500,00.- pedimento comprendido dentro de un rectángulo que mide 3.000 metros con orientación Norte-Sur U.T.M. por 1.000 metros con orientación Este-Oeste U.T.M. y 300 hectáreas de superficie. II. Que se aprueba el plano acompañado en autos. III. Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Ministro de Fe del tribunal, en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. IV. Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vicuña y archívese una copia del plano respectivo. V. Remítase por el interesado, el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívense los antecedentes, en su oportunidad. Código: CYWCXNQGJGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl V-1041-2023 Foja: 1 Pronunciada por Jueza de Letras de Vicuña quien suscribe con firma electrónica avanzada. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vicuña, siete de Mayo de dos mil veinticuatro Código: CYWCXNQGJGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05

Texto Completo (Preview)

V-1041-2023 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Vicuña CAUSA ROL : V-1041-2023 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO/ Vicuña, siete de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, con fecha 24 de enero de 2024, comparecen las abogadas doña LORENA ANDREA HERRERA MADARIAGA, chilena, cédula de identidad N°16.100.166-K, y doña BEATRIZ DEL PILAR PIÑONE

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