ORELLANA CALQUIN GLADYS/ FISCO DE CHILE
Rol
C-163-2020
Fecha
4 de mayo de 2024
Materia
EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, rectificada a folio 9, comparecen do a Jenny Del Carmen Osorioñ Jerez, do a Mar a Loreto Quitral Veloso y don Luis Felipe Ossandon Guti rrez,ñ í é abogados, domiciliados en calle Doce Norte N 785, Oficina 410, Vi a del Mar, en° ñ representaci n de do a ó ñ Gladys De Las Mercedes Orellana Calquin, domiciliada en Las Casas de Pucalan, Parcela N 28, Nogales, Valpara so, quienes interponen reclamo° í en contra del monto provisional de la indemnizaci n por causa de expropiaci n enó ó contra del Fisco de Chile, representado legalmente por don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, Abogado Procurador Fiscal de Valpara so, ambos domiciliados para estosí efectos en calle Prat N 772, 2 Piso, Valpara so.° ° í Que, a folio 13 se tiene por contestado el reclamo Que, a folio 16 se abre t rmino probatorio. é Que, a folio 137 se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparecen los demandantes, quienes interponen reclamo en contra del Fisco de Chile, representado por don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, Abogado Procurador Fiscal de Valpara so, todos ya individualizados, elí cual fue rectificado a folio 9 en su parte petitoria. Se alan, que en virtud del Decreto Supremo Exento N 549 del Ministerio deñ ° Obras P blicas, de fecha 08 de julio de 2019, el Fisco de Chile, orden la expropiaci nú ó ó del Lote N 32, KM 3.115.50 al KM 3.198.80, individualizado en los Planos y Cuadros° de Expropiaci n elaborados por la Direcci n General de Concesiones de Obras P blicas,ó ó ú ubicado en la comuna de Nogales, Regi n de Valpara so, necesario para la ejecuci n deó í ó la obra Relicitaci n Concesi n Camino Nogales - Puchuncav . Sector 1 Ruta F-20.ó ó í Subsector Ruta 5 Norte Plaza Peaje KM 0.000,00 AL KM 6.500,00. Rol de Aval o– ú Fiscal es el N 171-864 de la comuna de Nogales, Provincia de Quillota, y que figura a° nombre de do a Gladys De Las Mercedes Orellana Calquin. El Lote posee unañ Código: DXSLXNWMDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 superficie de 721 metros cuadrados, y tiene los siguientes deslindes particulares: Norte: Camino P blico y Resto del Predio; Sur: Ruta F-20, Lote N 35 y Resto del Predio;ú ° Oriente: Camino P blico y Ruta F-20, y Poniente: Resto del Predio.ú Que, la propiedad afectada parcialmente por la expropiaci n por el Fisco deó Chile consiste en el inmueble denominado Lote N 28 A-1, 4-d, que result de la° ó subdivisi n que del Lote N 28 A-1,4, proveniente a su vez de la divisi n del Lote A 1,ó ° ó que result de la subdivisi n del Lote A de la divisi n de la Parcela 28 del Proyecto deó ó ó Parcelaci n Las Casas de Pucal n , ubicado en la comuna de Nogales, Provincia deó “ á ” Quillota, V Regi n, cuyos deslindes generales son, seg n sus t tulos y Plano deó ú í Subdivisi n archivado con el N 295 del Registro de Documentos del Conservador deó ° Bienes Ra ces de La Calera del a o 1996, son seg n sus t tulos, los siguientes: Alí ñ ú í NORTE, en trazos con Parcela veintinueve, camino a Los Cruceros, Parcela veintiocho C y Parcela veintis is; AL ORIENTE, con Parcela veintisiete; AL SUR, con Cerroé Reserva Cora Tres, camino p blico de por medio; y AL PONIENTE, con Parcelaú veintiocho C, Parcela veintinueve, ambas camino por medio, y con Parcela veintiocho A gui n uno punto tres.ó Los deslindes especiales de la Parcela 28 A-1,4-d, seg n Plano de Subdivisi nú ó archivado con el N 297 del Registro de Documentos del Conservador de Bienes Ra ces° í de La Calera del a o 2013, son los siguientes : Al NORTE, con tramo l nea delñ í pol gono perimetral compuesto por segmento M-D de 126,00 metros con Resto Parcelaí 28 A-1,4, camino Los Cruceros de por medio; AL SUR, en tramo lineal del pol gonoí perimetral compuesto por segmento N-L en 26,76 metros con Parcela 28 A-1,4-g; AL ORIENTE, en tramo lineal del
Fallo
por tanto elñ supuesto da o alegado por la expropiada, respecto de los supuestos ingresos por lañ presunta renta de local comercial, no poseen la naturaleza exigida conforme el art culoí 38 del DL 2.186. No se puede ni se debe indemnizar la posible o potencial ganancia esperada, y por tanto futura, no es cierta, sino una esperanza o expectativa, porque la misma aun no integra el patrimonio del expropiado. Cabe recordar que lo que se expropia en este caso es un lote de terreno, no la operaci n comercial que en ella seó efectuaba, ni menos las ganancias del Restaurant ya que estas se incorporaron al patrimonio del expropiado. La idea b sica que subyace al art culo 38, es que la indemnizaci n deje elá í ó patrimonio del expropiado lo m s cercano posible a la realidad del mismo al momentoá que el bien sali de ese patrimonio y entr al patrimonio fiscal. Y en esa realidad noó ó estaban las rentas futuras por ende mal pueden integrar la indemnizaci n, ya que por“ ” ó su misma naturaleza son una expectativa. En efecto, en materia de expropiaci n laó indemnizaci n es una compensaci n, vale decir, una suma de dinero que viene aó ó compensar o a reemplazar el bien expropiado en su real valor al dictarse el acto administrativo, por lo que es improcedente fijar el valor que pueda derivar de alguna circunstancia futura e incierta relacionada con actividades comerciales. En este sentido se ala que la mayor a de la jurisprudencia se ha manifestado en contra de la petici n deñ í ó indemnizac
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Foja: 1 FOJA: 113 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-163-2020 CARATULADO : ORELLANA CALQUIN GLADYS/ FISCO DE CHILE Valpara soí , cuatro de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, a folio 1, rectificada a folio 9, comparecen do a Jenny Del Carmen Osorioñ Jerez, do a Mar a Loreto Quitral Veloso y don Luis Felipe Ossandon Guti rrez,ñ í é a
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