Juzgado de Letras y Gar.de Santa Juana

CASTILLO/

Rol

V-74-2023

Fecha

3 de mayo de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1.° Que, comparece doña Magaly Marcelina Toledo Castillo, modista, con domicilio en sector Curalí, sin número, de la comuna de Santa Juana, quien solicita se ordene al Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana, doña María Isabel González Barrientos, que proceda a practicar la inscripción en el Registro de Propiedad a su cargo, de la cesión de derechos que consta en escritura pública de fecha 1 de diciembre de 1998, otorgada en la Notaría de Concepción, de don Patricio Aburto Contardo, en cuya virtud su padre, don Erasmo Castillo Mercado, le cedió los derechos que le correspondían sobre un predio denominado Curalí, de una superficie aproximada de una y media hectárea, ubicado en el sector del mismo nombre, de la comuna de Santa Juana, que deslinda: Norte, Nicolasa Catril y estero molino; Sur, Audito Conejeros; Oriente, Nicolasa Catril y en parte Audito Conejeros; y Poniente, Audito Conejeros, estero de por medio; rol de avalúo fiscal N° 231-5, de la señalada comuna. Fundando su solicitud, explica que por motivos netamente personales postergó la inscripción del título en el Conservador de Bienes Raíces de Coronel, ante quien correspondía practicarla en aquellos años, requiriéndola recién durante el año 2020, trámite que le fue denegado por resultar competente el Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana. Indica que la primera gestión que realizó fue la reinscripción de la cesión original (sic) de don Erasmo Castillo, ante el Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana, para luego requerir la inscripción del título de que se viene tratando, trámite que fue rehusado, fundándose la negativa en el hecho de que la escritura señala como título del cedente una inscripción que pertenece al Conservador de Bienes Raíces de Coronel y no a esta comuna, resultando un imposible rectificar la escritura por carecer la solicitante de mandato especial al efecto. Estima que la voluntad expresa de don Erasmo Castillo está contenida en la cesión de derechos y acciones realizada con su hija, y por el cambio de jurisdicción y competencia de los Conservadores dicho documento se encuentra paralizado en su inscripción debida. Luego de citar los artículos 13 y 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, termina solicitando, previo informe del Código: XCSXXNGLZMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana, se ordene la inscripción de la cesión de derechos de fecha 1 de diciembre de 1998, entre don Erasmo Castillo Mercado y doña Magaly Marcelina Castillo Toledo, y que recae sobre el inmueble ya singularizado. 2.° Que, a folio 12, informa doña María Isabel González Barrientos, Notario y Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana, quien solicita el rechazo de la reclamación deducida. Explica que por aplicación del artículo 447 del Código Orgánico de Tribunales y en virtud del decreto que crea la Notaría y Conservador de Santa Juana, e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo establecido en los artículos 688, 690, 952 y 954 del Código Civil; 13, 18, 78 y 80 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces; artículos 170, 817 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I. Que, se rechaza la reclamación deducida por doña Magaly Marcelina Toledo Castillo, en contra del Conservador de Bienes Raíces de Santa Juana, doña María Isabel González Barrientos. II. Que, no se condena en costas a la parte vencida. Notifíquese a la solicitante a través de su abogada, por correo electrónico. Anótese, regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Rol N° V-74-2023 Resolvió don Jaime Andrés González Orrico, Juez Titular del Juzgado de Letras de Santa Juana. Código: XCSXXNGLZMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-03T15:52:08-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Santa Juana CAUSA ROL : V-74-2023 CARATULADO : CASTILLO/ Santa Juana, tres de mayo de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: 1.° Que, comparece doña Magaly Marcelina Toledo Castillo, modista, con domicilio en sector Curalí, sin número, de la comuna de Santa Juana, quien solicita se ordene al Conservador de Bienes Raíces de

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