CODELCO CHILE/
Rol
V-1354-2023
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de diciembre de 2023, siendo las 16:38 horas, don Daniel Ramirez Toledo, chileno, casado, empleado, cedula de identidad 10.592.425-9, en representación de la CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, ambos con domicilio en Avenida Nueva Oriente N°2696, Villa Exótica, Calama, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 200 hectáreas, a la que denominó “OMEGA N 6” cuyo punto medio se sitúa en la Provincia de El Loa, Comuna de Calama, Segunda Región de Antofagasta y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.506.500,00 metros; AL ESTE 483.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 8 de enero de 2024, a fojas 281 bajo el Nº245, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.024. TERCERO: Que con fecha 25 de enero de 2024, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N°43.759, CVE 2442422, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 2.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.506.500,00 483.500,00 V1 7.507.500,00 483.000,00 V2 7.507.500,00 484.000,00 V3 7.505.500,00 484.000,00 V4 7.505.500,00 483.000,00 Código: KWFXXNJSXBJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, mediante ordinario N°1820, de fecha 22 de abril de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano están correctos, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “OMEGA N 6”, sobre una superficie total de 200 hectáreas, a favor de CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO- CHILE, antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada la ejecutoriedad de la presente sentencia, remítase -por este Juzgado- dicha certificación, junto a la sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al cor
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-1354-2023 CARATULADO : CODELCO CHILE/ Calama, seis de mayo del dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de diciembre de 2023, siendo las 16:38 horas, don Daniel Ramirez Toledo, chileno, casado, empleado, cedula de identidad 10.592.425-9, en representación de la CORPORACION NACIONA
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