Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

COMERCIAL MAICAO SPA./I. PROV. DEL TRABAJO BÍO BÍO

Rol

I-26-2024

Fecha

26 de junio de 2024

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° I-26-2024, compareciendo don Marcelo Campos Bustos, abogado, en representación de COMERCIAL MAICAO SPA, empresa del giro de su denominación, ambos domiciliados en avenida El Salto número 4875 de la comuna de Huechuraba, Santiago, asistida legalmente en audiencia por la abogada doña Paulina González Lorca, y la demandada INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE BIO BIO, representada por el Inspector Provincial del Trabajo de Bio Bio don Patricio Pinilla Valencia, ambas domiciliadas en calle Mendoza número 276 de esta ciudad, asistida por la abogada doña Vanezza Seguel Lama.

Fundamentos

CONSIDERANDO:   PRIMERO: Que don Marcelo Campos Bustos, en representación de Comercial Maicao SpA, interpuso reclamo en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por don Patricio Pinilla Valencia, accediendo inmediatamente a la pretensión, dejando sin efecto la resolución de multa número 6220/24/83-1 de 01 de abril del año en curso por los motivos expuestos, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, pero estimó que no existían suficientes antecedentes para emitir un pronunciamiento de plano, razón por la que se procedió a fijar audiencia única de contestación, conciliación y prueba. TERCERO: Que la demandada al contestar el libelo deducido en su contra, solicita desde ya el rechazo de esa acción de reclamación en todas sus partes, con expresa condenación en costas. CUARTO: Que se estableció como antecedente indubitado que por resolución de multa número 6220/24/83 de 01 de abril del año en curso la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio impuso a la empresa reclamante Comercial Maicao SpA la sanción que reza lo siguiente “No indicar en el aviso de término de contrato enviado al trabajador don Luis Sáez Rocha, si se otorgará y pagará finiquito laboral en forma presencial o electrónica; que es voluntario para el trabajador aceptar, firmar y recibir el pago en forma electrónica y que siempre podrá optar por la actuación presencial ante un ministro de fe e informar al trabajador que al momento de suscribir el finiquito, si lo estima necesario podrá formular reserva de derechos.” QUINTO: Que a fin de acreditar sus pretensiones la empresa demandante Comercial Maicao SpA acompañó los siguientes documentos: a) Resolución de multa número 6220/24/83 impuesta a la actora el 01 de abril del año en curso por la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio. b) Correo electrónico remitido a la demandante el 03 de abril del presente año por la demandada que notifica resolución de multa administrativa número 6220/2024/83, vinculada al procedimiento de conciliación número 0803/2024/424. c) Carta de despido de don Luis Alberto Sáez Rocha de 01 de febrero del año en curso. d) Comprobante de envío de carta certificada a don Luis Alberto Sáez Rocha diligenciada por Correos de Chile el 02 de febrero del presente año. e) Acta de comparendo de conciliación celebrado el 26 de marzo del año en curso entre la empresa demandante y don Luis Alberto Sáez Rocha ante la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio. SEXTO: Que por su parte la demandada Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio incorporó los siguientes instrumentos: a) Informe egreso de reclamo número 0803/2024/424 presentado ante la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio en contra de la demandante. b) Presentación de reclamo número 803/2023/424 de 28 de febrero del pres

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la reclamación deducida por don Marcelo Campos Bustos, en representación de Comercial Maicao SpA, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por don Patricio Pinilla Valencia, dejándose sin efecto la resolución de multa número 6220/24/83 de 01 de abril del año en curso. II.- Que no se condena en costas a la demandada. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rit N° I-26-2024 Ruc N° 24-4-0569184-8 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DON SERGIO YÁÑEZ ARELLANO. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES.

Texto Completo (Preview)

Los Ángeles, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro.      VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° I-26-2024, compareciendo don Marcelo Campos Bustos, abogado, en representación de COMERCIAL MAICAO SPA, empresa del giro de su denominación, ambos domiciliados en avenida El Salto número 4875 de la comuna de Huechurab

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